Unión Europea

El Tribunal de Justicia de la UE da la razón a Puigdemont: debió mantenerse su inmunidad como eurodiputado

El tribunal europeo anula las decisiones que suspendieron la inmunidad de Puigdemont, Comín y Ponsatí

Carles Puigdemont, UE, Eurodiputado
Carles Puigdemont. (EP)
Rodrigo Villar

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha tumbado las decisiones del Parlamento Europeo que en marzo de 2021 levantaron la inmunidad parlamentaria de Carles Puigdemont, Antoni Comín y Clara Ponsatí. La sentencia se basa en un vicio de forma: el ponente designado para instruir el suplicatorio no cumplía con las exigencias de imparcialidad.

Los hechos se remontan a octubre de 2017, cuando se celebró el referéndum ilegal de autodeterminación en Cataluña. Tras aquella jornada, el Ministerio Fiscal, la Abogacía del Estado y Vox iniciaron acciones penales contra los responsables del procés, incluidos Puigdemont, entonces presidente de la Generalitat, y los exconsejeros Comín y Ponsatí.

En marzo de 2018, el Tribunal Supremo procesó a los tres fugados por presuntos delitos de rebelión y malversación de caudales públicos. Como habían abandonado España, el proceso quedó suspendido hasta su localización, dictándose órdenes de detención contra ellos.

El problema llegó cuando los tres fueron elegidos eurodiputados en las elecciones de mayo de 2019. El Supremo solicitó entonces al Parlamento Europeo que suspendiera su inmunidad parlamentaria, petición que fue aceptada mediante sendas decisiones adoptadas el 9 de marzo de 2021.

Puigdemont, Comín y Ponsatí recurrieron esas decisiones ante el Tribunal General, que en julio de 2023 les dio la espalda. Pero ahora, el Tribunal de Justicia europeo ha dado la vuelta a la situación.

El quid de la cuestión está en la persona designada como ponente para instruir los suplicatorios. Según recuerda el tribunal, el Parlamento Europeo tiene establecida una regla clara: el ponente no puede pertenecer al mismo grupo político que el diputado cuya inmunidad se examina, para evitar cualquier sospecha de parcialidad.

Pues bien, en este caso el ponente pertenecía al mismo grupo político que los eurodiputados de Vox, el partido que precisamente había promovido el proceso penal contra los tres independentistas. Para el Tribunal de Justicia, esto vulnera el derecho a una buena administración y genera dudas legítimas sobre su imparcialidad.

Además, el tribunal ha destacado un detalle especialmente revelador: el 6 de marzo de 2019, la persona que después sería designada ponente organizó un acto con el secretario general de Vox sobre Cataluña es España. En aquella fecha, Vox ya había entablado el proceso penal. Para los jueces europeos, organizar ese evento no solo demuestra afinidad con las ideas de Vox sobre Cataluña, sino también una posición favorable al procesamiento de los diputados independentistas.

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