El Supremo dividido por la sentencia de Alsasua: discute si hay delito de odio a la Guardia Civil
La revisión del agravante "ideológico", que incrementó las penas a los ocho proetarras que agredieron a dos guardias civiles y sus parejas, centra las deliberaciones de la Sala
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El tribunal del Supremo que decidirá, definitivamente, sobre la causa contra los proetarras de Alsasua -condenados por agredir a dos guardias civiles y sus parejas en octubre de 2016- continúa deliberando para consensuar el fallo. El componente «ideológico» del delito de odio, que la Audiencia Nacional consideró probado, centra los debates de una Sala que, hasta la fecha, no ha alcanzado acuerdo en esta cuestión.
Los magistrados competentes para resolver el ‘caso Alsasua’ plantean algunas discrepancias sobre la agravante recogida y confirmada en las dos sentencias previas: que los ocho agresores actuaron movidos por su animadversión a la Guardia Civil. La Fiscalía ratificó este extremo en la vista pública celebrada el pasado 18 de septiembre en la sede del Alto Tribunal. Por su parte, las defensas insisten en que se trató de una mera ‘pelea de bar’ y solicitan una rebaja en las penas impuestas.
Fuentes jurídicas señalan a OKDIARIO que algunos de los cinco jueces que integran la Sala apuntalan la tesis de las instancias inferiores, al considerar que los proetarras actuaron de forma hostil y violenta contra el sargento y el teniente de la Guardia Civil por razón de su pertenencia a la institución.
Otros, por el contrario, plantearían matices a la concurrencia del dolo básico que exige el delito recogido en el Código Penal y que ha de ser demostrado, según la jurisprudencia del propio tribunal, a partir del contenido de las expresiones, descalificaciones o provocaciones utilizadas.
Esto es, se trata de perfilar si los ocho agresores actuaron de manera deliberada y voluntaria y que su comportamiento no se trató de una reacción momentánea o emocional, en un contexto de madrugada y a la salida de un bar de copas, tal y como sostienen los abogados defensores.
La Fiscalía tajante
Para la Audiencia Nacional que confirmó, hasta en dos ocasiones, la calificación jurídica de los hechos, no hubo dudas. Que un grupo de 25 personas rodease a los agentes, y sus parejas, tras identificarlos como miembros del Benemérito Cuerpo -destinados en el cuartel de Alsasua- para increparles a su salida del bar Koxka y gritarles que se fueran del pueblo con expresiones del tipo «os vamos a matar por ser guardias civiles» o «txakurras», justificaba la inclusión de una condena específica.
En el mismo sentido se pronunció la Fiscalía a través de su representante, el fiscal Álvaro Redondo -durante la vista pública celebrada en la sede del Alto Tribunal para escuchar las conclusiones de las partes- el ataque a los dos guardias civiles ocurrió por lo significa la «institución del Estado» a la que representan.
“La Guardia Civil asume unos valores constitucionales que pueden ser objeto de ataque y es fiel a España, al Rey y al pueblo español», afirmaba Redondo. «Y los hechos probados en la sentencia dejan claro que el ataque se produjo en tanto en cuanto las víctimas eran guardias civiles”, añadió.
De 2 a 13 años de cárcel
Iñaki Abad, Jokin Unamuno, Ohian Arnanz, Jon Ander Cob, Julen Goicoechea, Aratz Urrizola, Adur Ramírez y Ainara Urkijo fueron condenados por la Audiencia Nacional -a penas de prisión que van desde los 2 a los 13 años- como autores de varios delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas.