Protestas en Ferraz

El PSOE apela a que fue perseguido por Franco para declararse «colectivo vulnerable» de un delito de odio

El PSOE presenta una denuncia ante la Fiscalía por los actos de Nochevieja en la calle Ferraz

PSOE delito de odio
Francisco Franco, Pedro Sánchez y la piñata de Ferraz
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

El PSOE ha presentado una denuncia ante la Fiscalía General del Estado por la protesta ocurrida en Fin de Año junto a la sede nacional del partido, en la calle Ferraz, en la que se apaleó una piñata con la imagen del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. Los socialistas apuntan a varios delitos, entre ellos, uno de incitación al odio, además de injurias contra la autoridad en ejercicio de su cargo, injurias y amenazas graves al Gobierno de la Nación, amenazas al presidente del Gobierno e incitación a la violencia. Para sostener el supuesto delito de odio -que sólo va dirigido a «colectivos vulnerables»-, el PSOE apela a su persecución durante el franquismo.

«Los hechos que denunciamos, incluyen reiteradas actitudes injuriosas respecto del PSOE y su secretario general, pero dan un paso más, utilizando un lenguaje absolutamente sacado de épocas pasadas, rojos de mierda, feliz 1936, a las puertas de nuestra sede, que suponen un señalamiento público de un colectivo, en este caso mediante el ataque a quien lo representa, por razones de carácter ideológico, colocando a este, al PSOE que representa, y sus miembros y afilados, en el centro de ataques fruto de ese señalamiento, como está ocurriendo durante los últimos meses, especialmente ante la sede del PSOE en la calle Ferraz, y respecto muchas de nuestras sedes en todo el territorio nacional», recogen los socialistas en la denuncia.

Asimismo, argumentan que «el PSOE, como grupo de personas que defienden los postulados socialistas y los gobiernos que los llevan a cabo, fue perseguido durante la dictadura franquista, y durante la Guerra Civil -como se nos recuerdan en los hechos descritos con la mención a 1936 -, y nuevamente sus sedes, sus afiliados y simpatizantes se ven asediados desde noviembre de 2023 por estas concentraciones violentas que no consisten exclusivamente en una crítica o protesta política legítima, si no que trascienden procediendo a descalificar a través del insulto gratuito y las acciones de llamada a la violencia visibles el 31 de diciembre, contra el presidente, su partido, el PSOE y sus propiedades, simpatizantes y afiliados al mismo».

Con ese argumento, y para sostener la acusación por delito de odio, el PSOE sostiene que se trata de un «colectivo vulnerable» ante «estas conductas, y por tanto, susceptibles de la protección que otorgan estos delitos».

El partido de Sánchez alega además que los hechos, que considera delito de odio, «exceden de la crítica política para colocar al PSOE, y en particular, al señor Pedro Sánchez Pérez-Castejón, en el objeto de la diana de una exaltación de conductas con tintes violentos, de odio, de hostilidad, y discriminación que estamos viviendo en estos momentos, que incitan a actitudes no legítimas, como es un magnicidio o un linchamiento».

Conductas, añaden, que «no pueden ser amparadas por la libertad de expresión, y debiera ser objeto de reproche penal».

Cabe recordar que el delito de odio está recogido en el artículo 510 del Código Penal, que castiga a quien incite al odio o la discriminación, violencia, etc. contra un grupo por su pertenencia a una raza, ideología, religión, sexo u orientación sexual, entre otros. Además, la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) precisan que, para que exista delito de incitación al odio, la acción debe dirigirse contra un colectivo especialmente vulnerable (una minoría discriminada por motivos raciales, religiosos, de orientación sexual, etc.)».

El Tribunal Supremo ha descartado en varias ocasiones que exista delito de odio, por ejemplo, en publicaciones que atacaban a la Policía o a un partido político, porque no son colectivos especialmente vulnerables o susceptibles de discriminación.

Injurias

Todo ello, mientras el PSOE, cabe recordar, impulsa una reforma del Código Penal que, precisamente, despenalizará el delito de injurias, también en el caso de la Corona.

El pasado 19 de diciembre, el PSOE dio su apoyo en el Congreso de los Diputados a la toma en consideración de una proposición de ley de Sumar, sus socios de coalición, para eliminar del Código Penal varios delitos, como las injurias a la Corona, las ofensas a España y el enaltecimiento del terrorismo. El portavoz socialista Patxi López argumentó la necesidad de «abrir un debate» con «seriedad y profundidad» sobre la libertad de expresión. Gracias al voto del PSOE, la iniciativa sigue ahora su tramitación parlamentaria.

En el texto, Sumar defiende la despenalización de los delitos contra la Corona, recogidos en los artículos 490.3 y 491 del Código Penal, alegando que «esta especial protección de la más alta institución política del país, en cuanto que ostenta la Jefatura del Estado, constituye un verdadero ataque contra la libertad de expresión». Y añade que: «En un sistema democrático cuanto más poder tiene una institución mayor ha de ser la exposición a la crítica legítima por parte de la ciudadanía» porque «de otra manera no se entiende la libertad política ni la democracia».

La proposición supondrá también despenalizar las injurias al Gobierno de la Nación, al Consejo General del Poder Judicial, al Tribunal Constitucional, al Tribunal Supremo, o al Consejo de Gobierno o al Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma y a los Ejércitos, Clases o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, recogido en el artículo 504 del Código Penal.

Un artículo, destacan, que «apenas se ha aplicado, pues lógicamente las instituciones en un sistema democrático tienen que estar expuestas a la crítica de la ciudadanía, aunque es preciso conjurar el riesgo de que se active su aplicación».

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