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El Gobierno convierte a los sindicatos y ONGs en los gestores de la regularización masiva de inmigrantes

El Ejecutivo quiere "mejorar sustancialmente" los trámites para los inmigrantes

regularización inmigrantes
Luz Sela

El Gobierno impulsará a ONGs y sindicatos como «colaboradores de extranjería» lo que les permitirá ejercer de «representantes» de los inmigrantes en los trámites de autorización de residencia y trabajo. La habilitación se produce en pleno proceso de regularización de más de medio millón de inmigrantes irregulares impuesta por la vía del real decreto, es decir, sorteando el aval del Congreso.

El Ministerio de Inclusión prepara una orden para la creación de un registro de «colaboradores», que podrán ejercer la presentación electrónica de solicitudes. Permitirá que las organizaciones sindicales o entidades sin ánimo de lucro se inscriban como colaboradoras, con el fin de «mejorar sustancialmente la tramitación de los procedimientos de extranjería» previstos en la ley.

El Ejecutivo justifica que «con esta incorporación se amplían los sujetos legitimados para la presentación electrónica de los diferentes trámites de extranjería, otorgando a las personas interesadas, principalmente a personas vulnerables, una nueva vía para la presentación de sus procedimientos».

Regularización masiva

Esta orden se añade a la reciente polémica por la regularización exprés y masiva de inmigrantes impuesta por el Gobierno a través de un real decreto -sin control del Congreso-. El proceso beneficiará a todas aquellas personas que antes del 31 de diciembre de 2025 hubieran solicitado protección internacional así como a las que en esa fecha llevasen al menos cinco meses en España y carezcan de antecedentes penales.

Los inmigrantes irregulares que se encuentren en estas condiciones podrán presentar sus solicitudes de regularización desde abril y hasta el 30 de junio. La medida afectará a más de medio millón de personas. Además, el proceso permitirá la regularización simultánea de los hijos e hijas menores de las personas solicitantes que se encuentren en España, cuyo permiso será de 5 años.

Antecedentes penales

Los inmigrantes tendrán que acreditar que carecen de antecedentes penales en España y en los países anteriores en los que hayan residido durante los cinco últimos años anteriores a la fecha de entrada en España.

El texto del real decreto matiza, no obstante, que «la exigencia de carecer de antecedentes penales salvaguarda los intereses de la sociedad española, prestándose especial atención a aquellos delitos especialmente relevantes, sin perjuicio de la preservación de la situación jurídica de las personas que hayan podido actuar en estado de necesidad».

«Declaración responsable»

Igualmente, el decreto determina que si el inmigrante «acreditase haber solicitado el certificado de antecedentes penales de las autoridades del país de origen o de aquel donde hubiera residido durante los últimos cinco años, y hubiera transcurrido un mes sin haberlo recibido, el Gobierno, previa solicitud al efecto, podrá recabar la información necesaria directamente de la autoridad del país correspondiente».

«En caso de no recibir dicha información en el plazo de un mes, la Administración comunicará esta circunstancia al interesado, que podrá presentar declaración responsable de inexistencia de antecedentes penales. En ese caso, se entenderá, a los efectos de esta disposición transitoria, que el interesado carece de antecedentes penales en los citados países».

Igualmente, el Gobierno instruirá a los inmigrantes para que puedan cancelar sus antecedentes penales, de forma que «la Administración General del Estado requerirá al solicitante para que, antes de emitir resolución del procedimiento, se proceda a la cancelación de los mismos». Se añade que el solicitante no podrá «representar una amenaza para el orden público, seguridad o salud pública».

Acusados de delitos

Este criterio permitirá regularizar a inmigrantes que estén aún inmersos en procesos judiciales de distinta índole, pendientes de resolver y, por ello, carezcan aún de antecedentes. Por otro lado, no serán expulsados salvo en caso de cometer delitos cuya pena de cárcel sea superior a un año, según regula el Código Penal.

Desde el sindicato Jupol, mayoritario en la Policía Nacional, avisan que «en la práctica, una persona que haya sido detenida recientemente por hechos graves puede no contar todavía con antecedentes, debido a los plazos judiciales y a que muchos procedimientos tardan meses, e incluso años, en resolverse».

«La ausencia de antecedentes en un momento determinado no equivale necesariamente a la inexistencia de conductas delictivas previas o en investigación», alertan. Esto obliga a «extremar las comprobaciones, cruzar información con bases de datos policiales nacionales e internacionales y realizar verificaciones adicionales que consumen tiempo y recursos. Si no se refuerzan de forma inmediata las plantillas y los medios tecnológicos, el riesgo es que estas comprobaciones se vean limitadas por pura falta de capacidad material».

Un reciente informe de Funcas –Fundación de las Cajas de Ahorros– estima que unos 840.000 inmigrantes viven en España en situación administrativa irregular, lo que significa un 17,2 % de la población extranjera procedente de países no comunitarios.

Estos datos apuntan a un crecimiento notable y sostenido del número de inmigrantes en situación irregular desde 2017, cuando la cifra ascendía a unos 107.000.

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