Cerdán podría enfrentarse a penas que van de los cinco a los diez años de cárcel
La organización criminal se castiga de tres a seis años y el cohecho de dos a cuatro


El ex número tres del PSOE, Santos Cerdán, podría enfrentarse a condenas que van de los cinco a los diez años de cárcel por el presunto cobro de comisiones ilegales en contratos de obra pública, por el que declarará el próximo 25 de junio ante el Tribunal Supremo.
El magistrado Leopoldo Puente, instructor del caso Koldo en el Alto Tribunal, ha concluido este jueves que del informe de la UCO se desprenden «consistentes indicios» sobre su posible participación en la adjudicación ilegal de obras públicas junto al ex ministro José Luis Ábalos -ex número dos del PSOE-, y su ex asesor Koldo García, lo que, «podría constituir sendos delitos de integración en organización criminal (artículo 570 del Código Penal) y cohecho (artículo 419 del mismo texto legal)».
«El delito de organización criminal se castiga con penas que van de los tres a los seis años de prisión, mientras que el delito de cohecho, entendemos que del artículo 420 del Código Penal (cohecho impropio), que pena a aquella autoridad o funcionario que solicite o admita regalos o promesas a cambio de realizar un acto propio de su cargo o un acto no prohibido, la pena va de los dos a los cuatro años de cárcel y multa de 12 a 24 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público», señala a OKDIARIO el abogado penalista Juan Ignacio Fuster-Fabra.
«La organización criminal, en principio, va en concurso real con los delitos que se cometan en su seno, por lo que horquilla baja serían cinco años de cárcel y horquilla alta diez años», detalla este letrado.
La situación se le podría complicar si a estos presuntos delitos se les sumase también prevaricación (artículo 404 del Código Penal) y malversación (artículo 432). Preguntado por este supuesto, Fuster-Fabra indica que «el primero de ellos no lleva pena de cárcel y su tipo exigiría que no que se haya dictado resolución (a cambio de dádiva, como en cohecho) y que ésta sea arbitraria, mientras que la malversación se castiga con penas de dos a seis años».
El escándalo de Cerdán ha estallado este jueves a las 11:04 de la mañana, al conocerse el auto del Supremo y levantarse el secreto parcial de esta causa, y con ello el informe devastador de la UCO de la Guardia Civil del pasado cinco de junio.
Su dimisión ha llegado a las 15:53, con un comunicado. «Jamás he cometido una ilegalidad», ha asegurado en él, sin membrete del PSOE. También renunciará al acta de diputado, como ha anunciado. Así, la corrupción ha tumbado también al hombre que Pedro Sánchez eligió para suceder a Ábalos.
Demoledor informe de la UCO
En sus nada menos que 490 páginas, la UCO destapa que Cerdán, «gestionó» mordidas de obras públicas por 620.000 euros. No obstante, a partir de las grabaciones intervenidas, eleva las mordidas de toda la trama Koldo a 1.179.200 euros a cambio de adjudicaciones.
La UCO ha localizado mensajes que apuntan también a un posible amaño por parte de Santos Cerdán en las primarias de 2014 que ganó Sánchez. «Cuando termine apunta como que han votado esos dos que te faltan sin que te vea nadie y metes las dos papeletas», indicó Cerdán a Koldo el 13 de julio de 2014, durante las primarias del PSOE.
Asimismo, el informe de la Guardia Civil documenta entregas de efectivo en sobres por valor de 450.000 euros, según confiesa el propio asesor ministerial a Santos Cerdán y José Luis Ábalos en una conversación del 21 de enero de 2021.
También recoge cómo Koldo García contactó con un alto cargo del Ministerio de Transportes, encargado de las adjudicaciones de obra pública, para avisarle de que «desde la Gerencia del PSOE» le iban a pedir el «impuesto». La UCO considera que Koldo se «se valía» de Isabel Pardo de Vera como presidenta de Adif y de Javier Herrero, que fue director general de Carreteras, para la «manipulación» de procesos de contratación.
Además, cree que el PSOE cesó a Ábalos y a Koldo por cobrar mordidas al «ayudar a empresas a espaldas del partido».
Al renunciar al acta de diputado, Cerdán ya no estará aforado ante el Supremo, pero lo previsible es que el Alto Tribunal mantenga la competencia para investigarlo junto a Ábalos.
«En casos anteriores no se pudo aplicar porque no estaba tipificado, pero desde la Ley Orgánica 1/2015, la financiación ilegal de partidos y políticos es delito (artículo 304 bis del Código Penal. Y las personas jurídicas, incluidos los propios partidos, pueden cometer el delito (artículo 304 bis 5)», como ha recordado en X el letrado penalista José María de Pablo.