Canalda no es alto cargo de la Comunidad y queda fuera del Código Ético de Cifuentes para las dimisiones

Cristina Cifuentes
Cristina Cifuentes, presidenta de la Comunidad de Madrid.
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

La imputación de Arturo Canalda, exgerente del Canal de Isabel II y actual presidente de la Cámara de Cuentas de la Comunidad de Madrid, no llevará necesariamente a su dimisión. La Comunidad no considera a la Cámara de Cuentas como un órgano del gobierno regional y, por tanto, no le sería de aplicación el Código Ético de Altos Cargos, que obliga a dimitir a aquellos dirigentes de la Administración regional que sean investigados por cualquier delito de corrupción. El nombramiento y cese de los miembros del organismo no depende del Gobierno autonómico, sino de la Asamblea.

El último cargo en dimitir del gobierno regional por su imputación, fue el exviceconsejero de Medio Ambiente, Miguel Ángel Ruiz, citado como imputado en el caso Púnica, y que presentó su dimisión inmediatamente después de recibir el auto en el que se le citaba como investigado.

Como avanza OKDIARIO, el  Juzgado Central de Instrucción nº 6 de la Audiencia Nacional ha acordado la citación en calidad de investigados (anteriormente, imputados) de Canalda y de los exconsejeros del Gobierno regional madrileño de Alberto Ruiz Gallardón, Juan Bravo y Pedro Calvo. El juez acepta así las diligencias solicitadas recientemente por la Fiscalía Anticorrupción que tienen como objetivo esclarecer la adquisición realizada en el año 2001 de la sociedad Inassa por 73 millones de dólares que se investiga en el caso Lezo.

Según la Fiscalía, el Consejo de Gobierno de la CAM que se celebró el 29 de noviembre de 2001 se dictó acuerdo, firmado por el Consejero de Hacienda –Juan Bravo Rivera– y el Presidente de la CAM –Alberto Ruiz Gallardón-, autorizando a CYII para “la constitución de la empresa pública CANAL EXTENSIA SA, en la que participará en un 75% de su capital social, autorizando a esta para, una vez constituida, adquirir el 75% del capital social de INASSA por un importe de 73.000.000 $ y concertar operaciones de crédito a largo plazo por un importe máximo de 51.100.000 $”, no conteniéndose en dicho acuerdo autorización para adquirir la sociedad panameña ni ningún activo distinto a ese 75% de acciones de Inassa.

El juez propone citar a declarar en calidad de investigados a las personas vinculadas en el momento de los hechos a Canal Isabel II que tuvieron una participación esencial durante la gestión y ejecución del proceso de adquisición de Inassa. Entre ellos, Arturo Canalda. 

OKDIARIO ya apuntó a Canalda

OKDIARIO ya publicó en exclusiva, en mayo, que Canalda fue uno de los cerebros de la operación para la compra de Inassa, pagando 10 veces más de lo que costaba la empresa de aguas colombiana.

Este periódico avanzó la operación por la que el Canal de Isabel II habría desviado 73 millones de dólares (83 millones de euros entonces y 67 al cambio actual) al paraíso fiscal de Panamá para la compra en 2001 de Inassa.

La operación se consumó a pesar de las contundentes advertencias del informe elaborado por el prestigioso despacho madrileño Garrigues, que consideraba dudosamente legal efectuar los pagos en un paraíso fiscal, además de poner en tela de juicio el precio: 73 millones de dólares. Un total de 83 millones de euros, moneda que entró en circulación por aquel entonces, concretamente el 1 de enero de 2002. Panamá estaba considerado en esa época “un paraíso fiscal a todos los efectos” por la Agencia Tributaria. En estos momentos no lo es técnicamente tras un acuerdo de colaboración suscrito en 2011 entre el fisco español y el centroamericano.

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