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El último aviso del Banco de España sobre tus recibos que debes de tener en cuenta

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Una persona leyendo una factura.
Benjamín Santamaría
  • Benjamín Santamaría
  • Economista, analista, conferenciante y máster de educación. Redactor de economía en OKDIARIO y autor de "La economía a través del tiempo" en el Instituto Juan de Mariana

El Banco de España ha lanzado un último aviso sobre los recibos que están domiciliados en una cuenta bancaria que todos deberían de tener en cuenta. Muchas personas pagan las facturas de forma automática cada mes, especialmente aquellas más rutinarias relacionadas con los suministros básicos, como las de la luz o la del agua. Sin embargo, el organismo regulador dependiente del Banco Central Europeo (BCE) pide que los españoles tengan algo muy importante en cuenta a la hora de gestionar estos pagos recurrentes.

El Banco de España es el banco central nacional de España, establecido en 1782. El organismo es el responsable de supervisar el sistema financiero español y garantizar la estabilidad del sistema financiero y el valor de la moneda.

Además, la institución actúa como agente financiero del Estado y gestiona las reservas de divisas extranjeras del país. El Banco de España también participa en la regulación y supervisión de las entidades financieras y en la emisión y distribución de billetes y monedas en España.

El último aviso del Banco de España

Sin embargo, el organismo también se preocupa por el bienestar de los usuarios españoles. Así, el Banco de España insiste en que es muy importante que los ciudadanos sean conscientes de que tienen derecho a pedir la devolución de forma puntual de algún recibo.

Esto se puede dar si los clientes consideran que la cantidad o la factura no son oportunas o no se ajustan a lo acordado con las compañías que lo cobran.

Hernández de Cos, hipotecas
Fachada del Banco de España en Madrid.

Eso sí, los afectados deben de tener en cuenta que llevar a cabo esta acción puede acarrear graves consecuencias para el usuario. En el caso de no explicar adecuadamente los motivos a las entidades pertinentes, existe el riesgo de que las compañías de servicios públicos como luz, agua o telefonía interpreten que se está renunciando a dichos servicios y decidan cortar el suministro.

Si se devuelve una factura a un organismo público, pueden surgir diversas consecuencias dependiendo del contexto. En primer lugar, la pérdida de alguna subvención es una posibilidad, ya que algunos programas de ayuda pueden requerir que los beneficiarios demuestren ciertos gastos o inversiones para mantener su elegibilidad. Devolver una factura podría invalidar este requisito y llevar a la pérdida de la subvención.

Además, es posible que se apliquen recargos o penalizaciones por la devolución de la factura, especialmente si se trata de pagos atrasados o incumplimientos de contratos. Estos recargos pueden incluir intereses por mora u otros costos adicionales asociados con el proceso de devolución.

Por tanto, según el Banco de España, para solicitar la devolución de un recibo autorizado previamente, es necesario cumplir con dos requisitos fundamentales.

El primero es que el usuario no tenga conocimiento del cargo realizado en su cuenta. Esto puede ocurrir en situaciones donde el cargo no se refleje claramente en el extracto bancario o cuando se haya autorizado el pago por error o de manera involuntaria.

El segundo requisito es que, tras varios pagos, se observe una cantidad que excede lo habitual y no se disponga del correspondiente recibo que justifique dicho cargo. En tales casos, se considera prudente y justificable solicitar la devolución del recibo para evitar posibles irregularidades o fraudes.

Devolver un recibo domiciliado

Con el objetivo de evitar posibles consecuencias negativas derivadas de la devolución de un recibo, el Banco de España recomienda que se especifique claramente la causa de la devolución al solicitarla. Según la normativa de servicios de pago, «el derecho del cliente a ordenar la devolución de los recibos o adeudos domiciliados que la entidad tiene que atender», afirma el organismo.

Según lo establecido en la normativa, los usuarios tienen un plazo para solicitar la devolución de un recibo que va desde las ocho semanas hasta los trece meses, dependiendo de si el cargo fue previamente autorizado. En el caso de cargos no autorizados, el banco debe proceder a la devolución del importe cobrado en un plazo máximo de 10 días hábiles, o en su defecto, justificar el cargo ante el cliente.

Estos plazos están diseñados para garantizar que los usuarios y clientes tengan la oportunidad de corregir errores o disputar cargos indebidos de manera oportuna y eficiente sin ningún problema. Por tanto, es importante que tengas en cuenta el último aviso del Banco de España.

Así, el Banco de España ha decidido poner algunos ejemplos para que los usuarios españoles tengan claro como proceder en estos casos: «Si domicilias el recibo de un seguro con una prima anual de 500 euros, importe que se especifica en la póliza en el momento de la contratación, y al año siguiente te cargan 510 euros, el recibo no podría ser devuelto».

Por otro lado, «si ese mismo seguro se contrata sin especificar un importe para la prima y un año te cargan 500 euros y, al año siguiente, 800 euros, el recibo podría ser devuelto dentro de las 8 semanas», explica la entidad en su página web.

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