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La tabla de las retenciones del IRPF en las pensiones de jubilación para este año: lo que te van a quitar

La tabla de las retenciones del IRPF en las pensiones de jubilación para este año: lo que te van a quitar
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Este año, las pensiones contributivas han experimentado un aumento del 3,8%, alineado con la media del IPC en los últimos doce meses, mientras que las no contributivas se han beneficiado de un incremento del 6,9%. Es importante que los jubilados ajusten las retenciones del IRPF, ya que las pensiones contributivas están sujetas a esta retención. La nueva tabla de retenciones del IRPF en 2024 se debe tener en cuenta al realizar este ajuste.

Todos los pensionistas jubilados deben gestionar sus retenciones con la Agencia Tributaria, considerando sus ingresos y situación personal. En particular, aquellos que perciban pensiones entre 15.000 y 21.000 euros anuales se beneficiarán de una reducción aplicada a ese tramo, según ha confirmado el Ministerio de Hacienda.

Tabla de retenciones del IRPF en las pensiones de jubilación en 2024

Aunque los pensionistas hayan finalizado su actividad laboral, la Agencia Tributaria sigue considerando sus ingresos como rendimientos del trabajo. En este sentido, están obligados a tributar cuando sus ingresos anuales se sitúan entre 15.000 y 21.000 euros, dependiendo del número de pagadores, según indicó la ministra María Jesús Montero.

Cabe destacar que los jubilados quedan exentos de presentar la declaración de la Renta en el mismo escenario que el resto de contribuyentes, es decir, cuando sus rendimientos del trabajo durante el año son inferiores a los 15.000 euros.

El artículo 17 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece que «las pensiones y haberes pasivos obtenidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas, así como otras prestaciones públicas relacionadas con situaciones de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad, u otras circunstancias similares, con las excepciones contempladas en el artículo 7 de esta Ley» serán consideradas rendimientos del trabajo.

Las retenciones del IRPF en 2024 varían según la cuantía de las pensiones de jubilación.

  • Para aquellos contribuyentes cuyos ingresos oscilen entre 0 y 12.450 euros, el tipo estatal y autonómico asciende al 9,5%, sumando un total del 19%.
  • En el rango de 12.450 a 20.200 euros, el tipo estatal y autonómico se sitúa en el 12%, totalizando un 24%.
  • Para ingresos comprendidos entre 20.200 y 35.200 euros, el tipo estatal y autonómico alcanza el 15%, totalizando un 30%.
  • En la franja de 32.500 a 60.000 euros, el tipo estatal y autonómico es del 18,5%, sumando un total del 37%.
  • Para ingresos de 60.000 a 300.000 euros, el tipo estatal y autonómico se eleva al 22,5%, totalizando un 45%.
  • En el caso de ingresos superiores a 300.000 euros, el tipo estatal y autonómico es del 24,5%, sumando un total del 47%.

Es esencial tener en cuenta estos porcentajes al calcular las retenciones del IRPF, considerando los diferentes tramos de ingresos de las pensiones de jubilación.

Nuevas cuantías de las pensiones mínimas y máximas

Según lo establecido en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 28 de diciembre, las pensiones contributivas, no contributivas, de viudedad, las mínimas y el Ingreso Mínimo Vital (IMV) han experimentado un incremento general del 3,8% desde el 1 de enero.

Es importante destacar que algunas pensiones han aumentado más del 3,8%, y se espera que esta revalorización permita a los pensionistas recibir un promedio adicional de unos 52 euros al año. En particular, las pensiones mínimas han registrado una subida de entre el 5% y el 7%. Este ajuste busca proporcionar mejoras significativas en los ingresos mensuales de los pensionistas.

En el año 2024, los pensionistas que perciban la pensión máxima de jubilación recibirán un total de 3.175,04 euros mensuales, lo que se traduce en 44.450,56 euros anuales, según lo establecido por el Real Decreto-ley 8/2023 del 27 de diciembre. Este importe máximo se aplica tanto a las pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social como a las del Régimen Especial de Clases Pasivas del Estado, siempre que los pensionistas cumplan con los requisitos de cotización establecidos por la ley.

Mientras, las pensiones mínimas de jubilación experimentarán un incremento superior al 3,8%, oscilando entre el 5% y el 7%. Para los jubilados de 65 años con cónyuge a cargo, la pensión mínima pasará de los actuales 966,20 euros al mes a 1.033,30 euros mensuales, representando un aumento del 7%. En el caso de los jubilados sin cónyuge, la prestación ascenderá a 825,20 euros mensuales, mientras que para aquellos con cónyuge no a cargo, la cuantía se situará en 783,30 euros mensuales.

Para los beneficiarios de pensiones menores de 65 años, la pensión mínima será de 1.033,30 euros al mes. En el caso de los jubilados sin cónyuge o con cónyuge no a cargo, las cuantías mínimas serán de 772,05 euros y 729,70 euros mensuales, respectivamente. Estos ajustes responden a la aplicación de la revalorización establecida por el Real Decreto-ley 8/2023 del 27 de diciembre.

El marco legal también contempla la cuantía correspondiente al complemento de pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social y de las pensiones de Clases Pasivas destinado a la reducción de la brecha de género. Este pago adicional se establece en 33,20 euros mensuales, calculado al sumar al importe de 2023 el 3,8% del IPC, junto con un complemento adicional del 5%, conforme a lo dispuesto por el Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo.

Las cuantías mínimas para acceder al complemento a mínimos son de 8.942 euros al año sin cónyuge a cargo y de 10.430 euros al año con cónyuge a cargo. Este complemento está diseñado para garantizar un umbral mínimo de ingresos.

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