Importante aviso de un abogado penalista: haz esto si un okupa entra en tu casa
Un abogado penalista ha dado una serie consejos en el caso que entre un okupa en tu casa


España tiene un problema con los okupas, pese a que desde el Gobierno se empeñen en calificar como «bulo» a un mal que sufren muchos propietarios en nuestro país. Según datos proporcionados por el propio Ministerio de Interior, los delitos por allanamiento y usurpación de la vivienda aumentaron un 7% en 2024. Un abogado penalista y analista jurídico ha dado una serie de consejos en un vídeo sobre lo que tienes que hacer en el caso de que un okupa entre en tu casa.
Desde el Gobierno en 2024 se contabilizaron 16.426 casos de allanamientos y usurpación registrados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Esto supuso un incremento del 7% con respecto al pasado año, siendo Cataluña la comunidad autónoma en la que más delitos de okupación se produjeron, con 7.009 denuncias. Hay que tener en cuenta que estos datos proporcionados por el Ministerio de Interior tienen que ver con los hechos que han sido denunciados ante las autoridades. Así que es fácil que estos números sean mayores.
Sobre este problema que asola a España ha dado su opinión Miguel Ángel Mejías, un abogado y analista jurídico que ha dado una serie de consejos para saber lo que tienes que hacer en caso de que un okupa allane tu vivienda, ya sea la habitual del día a día o una segunda vivienda donde pasas las vacaciones. Dentro de este mal, este experto también toca el caso de la inquiokupación, que se ha convertido en una práctica de moda debido a lo bien que le está funcionando a muchas personas que alegan estar en situación de vulnerabilidad para dejar de pagar un alquiler.
Un abogado se pronuncia sobre si alguien okupa tu casa
«Propietarios vs okupas». Así reza el titular del vídeo publicado en YouTube en el que este abogado experto en la materia deja clara la definición de okupación. «Okupar es, a grandes rasgos, la acción de entrar en una vivienda o local sin el consentimiento de su propietario. En España cada día hay más y más propietarios que no pueden recuperar su vivienda por okupaciones ilegales o impagos de renta. Los inquilinos que no pagan la renta no son okupas, serían inquiokupas», comienza diciendo a la vez que deja claro que «cada día se dan más de 40 casos de okupaciones ilegales en España. Personas que acceden a un inmueble que no les pertenece».
Miguel Ángel Mejías también pone encima de la mesa el asunto de la vulnerabilidad, en la que se ampara el Gobierno para permitir que muchas personas sigan okupando una vivienda. «La vulnerabilidad no la tiene que soportar el propietario. Los plazos no pueden depender de que esas personas sean más o menos vulnerables. La cuestión es que no se puede legislar a gusto del consumidor. No se puede hacer un artículo en el código penal para desokupar a las mafias que negocian con casas para alquilarlas y no uno para las familias con menores a cargo que no pueden pagar una renta. Como excepción se podría dejar fuera a los ancianos, ya que no pueden cometer delitos de allanamiento. Los desahucios se deben a la falta de recursos económicos. Hay que recordar la vulnerabilidad del propietario», recuerda. Este abogado penalista también diferencia entre tres tipos de okupaciones:
- Delito de allanamiento
- Delito de usurpación de bienes inmuebles
- Delito de inquiokupación
«El delito de usurpación castiga la okupación de bienes inmuebles que no constituyen morada, como puede ser una tercera residencia o un local. El delito de allanamiento que castiga a un particular que entre en una morada o se mantenga en ella. La inquiokupación no está definida como delito, pero se puede catalogar como delito de esta inmobiliaria. Hacen esto porque va por la vía civil, ya que muchos jueces no lo consideran delito. Son procesos civiles que tardan su tiempo en desahuciar», dice sobre los distintos tipos de okupación.
Las posibles soluciones a la okupación
Miguel Ángel Mejías también ha develado las tres posibles soluciones para la okupación en el caso de que se cuele un okupa en tu casa. Por ejemplo, este abogado cita el caso en el que haya una okupación de una casa o segunda vivienda y el periodo de tiempo en el que hayas sido consciente de la situación. Esto puede ser clave. «Por ejemplo, si te vas a comprar el pan y okupan tu casa, la policía tiene que desalojar y detenerles. Podrán echarles si se acredita la flagrancia delictiva, que son los hechos que prueban que acaban de okupar la casa. Tienes que grabar todo y denunciar en comisaría por un delito de allanamiento de morada. También acompáñalo de una solicitud de medidas cautelares de desalojo para que echen a los okupas de forma cautelar: luego ya se resolverá quién es el verdadero propietario», dice en el vídeo.
«En caso de que hayan okupado el inmueble que no era tu morada, tendrás que ir a la vía civil a poner una demanda o por la vía penal con una denuncia por delito de usurpación de bienes inmuebles. Para la inquiokupación, igual que cuando sucede un allanamiento, hay que interponer una denuncia, en este caso por estafa, para que se solicite de forma cautelar la expulsión inmediata de los okupantes», finaliza.