Estos son los cambios en el subsidio para mayores de 52 años que debes conocer
El subsidio para los mayores de 52 años va a sufrir una serie de cambios en el próximo año que todos los beneficiarios deberían de conocer. Esta ayuda está pensada para apoyar económicamente a los españoles que han rebasado los 52 años y sufren una situación de desempleo. Además, los afectados que pueden acceder a esta subvención no suelen tener acceso a una pensión de jubilación digna. Por tanto, la principal meta de este subsidio es intentar asegurar un ingreso mínimo mientras se cotiza para el día de mañana, aunque se esté en paro.
Por ello, los beneficiarios deben saber los posibles cambios que va a sufrir esta ayuda, especialmente en su cuantía, puesto que depende de variables externas que se van modificando, algo que puede provocar un aumento de la ayuda que provoque que muchas personas salgan ganando.
En general, cualquier cambio tiene que aparecer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), pues esta es la forma que utiliza el Gobierno para anunciar los asuntos más relevantes. Estas publicaciones tienen un efecto casi inmediato sobre los mandatos de la Administración.
Los cambios en el subsidio para mayores
En la actualidad, el monto del subsidio para mayores de 52 años se mantiene en 480 euros, que corresponde al 80% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), al menos mientras este indicador permanezca congelado en 2024.
Esto ha generado cierta confusión, ya que, a diferencia del resto de subsidios, la cuantía del subsidio para mayores de 52 años no ha aumentado ni ha sufrido los cambios que otras ayudas sí han vivido en el último año.
La razón detrás de esta decisión es que este subsidio puede cobrarse de manera indefinida hasta alcanzar la edad de jubilación, lo que lo hace más prolongado en comparación con otros subsidios, que tienen una duración limitada.
La base de cotización mínima para el subsidio de mayores de 52 años se mantiene en el 125% del tope mínimo vigente, asegurando así que no se reduzca la cotización para la jubilación del futuro. Los beneficiarios seguirán cotizando lo mismo que hasta ahora, que para este año es de 1.653,75 euros.
Una de las novedades más importantes de esta ayuda es la eliminación del plazo de espera de un mes tras haber acabado la prestación por desempleo. Anteriormente, quienes querían solicitar el subsidio después de haber terminado el paro tenían que esperar un mes antes de poder pedir la ayuda, pero ahora esa espera se elimina y ya no es necesario esperar para poder solicitarla.
Así, si un beneficiario llega al final del subsidio por desempleo y quiere pedir la ayuda para mayores de 52 años sin haber cumplido la edad, puede solicitar otro tipo de ayuda, siempre y cuando mantenga la inscripción como demandante de empleo de forma ininterrumpida. Una vez cumplidos los 52 años, se puede pedir el subsidio específico para mayores de 52 años.
Eso sí, quienes hayan agotado la Renta Activa de Inserción (RAI) o el subsidio extraordinario por desempleo no pueden solicitar esta otra ayuda. Estos dos subsidios desaparecerán con la actual reforma, y aquellos que las estén cobrando actualmente no podrán solicitar el subsidio para mayores de 52 años una vez que dejen de percibirlas.
Los que disfruten del subsidio no pueden estar obteniendo rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que equivale a 850,50 euros. En la última reforma, el Gobierno ha especificado que no se consideran rentas las indemnizaciones por despido o las de extinción del contrato hasta su límite legal, incluso si se cobran de forma periódica y fraccionada. Tampoco se contabilizan las cantidades que la empresa pague para sufragar un convenio especial con la Seguridad Social, algo muy común en los casos de EREs. Además, la Administración no considera rentas los salarios que se perciban mientras se compatibiliza el subsidio con un trabajo.
Por su parte, el subsidio es incompatible con tener un trabajo por cuenta propia, es decir, con ser autónomo. Sin embargo, sí es posible compatibilizarlo con el trabajo por cuenta ajena, una situación que ya existía, pero que ahora cuenta con un régimen distinto implementado en la última reforma del subsidio. Eso sí, la compatibilidad dependerá del número de meses que se esté cobrando el subsidio y del tipo de jornada laboral.
En cualquier caso, esta compatibilidad durará, como mucho, 180 días. Si el beneficiario trabaja durante más tiempo, el subsidio se suspenderá y, al finalizar el trabajo, será necesario comunicárselo al Servicio Estatal de Empleo (SEPE) en un plazo de 15 días.
En situaciones de cese laboral involuntario, el subsidio puede reanudarse siempre que el periodo trabajado no exceda los 12 meses. Si la persona ha trabajado por más de 12 meses, tendría derecho a recibir la prestación por desempleo. Una vez agotada esta última, se puede solicitar el subsidio para mayores de 52 años.
Por todo ello, los afectados deben de estar bien informados de su situación y de si cumplen con todos los requisitos para obtener esta ayuda, así como estar atentos a los futuros cambios en el subsidio para mayores.