¿Qué son las empresas de economía social?

agentes económicos
¿Cuáles son y cómo se relacionan los agentes económicos? (Foto: GETTY).

Además de las sociedades mercantiles tradicionales, encontramos las llamadas empresas de economía social. Aunque también realizan una determinada actividad económica y presentan una estructura, se definen por el hecho de mostrar un componente social que las diferencia de las otras. Principalmente, encontramos dos tipos: la sociedad laboral y las cooperativas.

Sociedades laborales

Son un tipo de sociedad en la que los propios trabajadores participan en el negocio. Pueden ser tanto de responsabilidad limitada como anónimas. En cada caso, pues, se regirán por las condiciones específicas de cada una. Presentan las siguientes características principales:

– La mayoría del capital es del conjunto de los socios trabajadores: éstos deben trabajar en forma de contrato indefinido.

– Ningún socio puede tener más de una tercera parta del capital social total: para evitar que las decisiones las tome un solo socio, se estipula este límite. Solamente en el caso que la sociedad esté participado por alguna Administración Pública, la participación en el capital de éstas podrá enfilarse hasta la mitad.

– Encontramos dos tipos de acciones o participaciones: si los trabajadores son accionistas, hay las acciones o participaciones de clase laboral. En caso que no lo sean, las de clase general.

– Hay un máximo de horas que pueden trabajar los trabajadores no socios: el total de horas por año trabajadas por los trabajadores no socios a tiempo indefinido no puede ser superior al 15% del total de horas por año que trabajan los socios trabajadores. Este porcentaje puede elevarse al 25% para las sociedades de menos de 25 trabajadores.

– Existe el derecho de adquisición preferente: cuando algún socio quiera desprenderse de las acciones, los trabajadores no socios tendrán preferencia. Si éstos no las quieren, entonces el derecho preferente pasa a los otros trabajadores socios.

– Es obligatorio configurar un fondo de reserva especial: un 10% del beneficio de cada periodo debe ir a este fondo. Solamente puede utilizarse para compensar posibles pérdidas, no para otros fines distintos.

Sociedad cooperativa

Es una sociedad formada por un grupo de personas que comparten unos intereses comunes y que se asocian de forma voluntaria para realizar una determinada actividad económica que les permite satisfacer sus necesidades. Sus principales rasgos son:

– Libre adhesión y puerta abierta: los socios cooperativistas pueden salirse de la sociedad cuando lo deseen y, de la misma forma, pueden incorporarse de nuevo.

– Finalidad comunitaria y de satisfacción de las necesidades de sus miembros: la finalidad no es lucrativa, sino de conseguir un beneficio personal en términos de satisfacción que van más allá del beneficio puramente económico. Así pues, en caso que haya algún excedente, se debe repartir de forma equitativa entre los miembros según las operaciones que hayan hecho, no en relación al capital que hayan aportado.

– Funcionamiento democrático: cada miembro de la cooperativa, independientemente del capital que haya aportado, tiene el mismo valor y, por lo tanto, le corresponde un voto en la toma de decisiones. Así pues, las decisiones se toman a partir del consentimiento de la mayoría de los socios y se valora de la misma forma las ideas de cada uno.

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