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Cierre masivo de cuentas bancarias a partir de mañana: es oficial y te puede afectar

Cuentas bancarias
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

En los últimos meses, las entidades financieras en España han comenzado a aplicar medidas más estrictas en relación con la gestión de las cuentas bancarias, especialmente cuando se trata de identificar a sus titulares y conocer el origen del dinero que manejan. Esto no es una casualidad ni una decisión unilateral de los bancos, sino una exigencia legal derivada de la normativa vigente en materia de prevención del blanqueo de capitales.

A raíz de ello, el Banco de España ha emitido un recordatorio clave: los clientes que no entreguen la documentación requerida podrían ver bloqueadas o incluso cerradas sus cuentas en el mes de mayo. Esta advertencia ha generado inquietud entre muchos usuarios del sistema bancario, pero es importante entender que no se trata de una medida disciplinaria sino de una herramienta regulatoria para proteger la transparencia del sistema financiero.

Cierre de cuentas bancarias

La creciente preocupación por delitos financieros como el lavado de dinero o la financiación del terrorismo ha llevado a las autoridades españolas y europeas a reforzar sus mecanismos de control. En este contexto, las entidades bancarias actúan como un eslabón fundamental en la prevención de estas actividades ilícitas. De ahí que tengan la obligación de conocer bien a sus clientes, lo que en la jerga financiera se conoce como política de «conozca a su cliente» o Know Your Customer (KYC).

Esta normativa impone a los bancos la responsabilidad de verificar la identidad de sus clientes, así como el origen de los fondos. Esto significa que, además de solicitar documentos de identificación vigentes como el DNI o el NIE, también pueden requerir información sobre la actividad económica del cliente, nóminas, declaraciones de la renta, escrituras, o cualquier documento que permita rastrear la procedencia del dinero

El incumplimiento de estos requisitos no es una cuestión menor. Si el cliente ignora las solicitudes del banco o se niega a proporcionar la documentación exigida, la entidad está legalmente habilitada para tomar medidas. Una de ellas es el bloqueo temporal del acceso a la cuenta, lo cual puede implicar que el titular no pueda realizar ingresos, retiradas, transferencias ni domiciliaciones.

En los casos más extremos, si la situación no se regulariza, el banco puede proceder al cierre definitivo de la cuenta. Esta medida puede resultar perjudicial, especialmente si la cuenta está vinculada al cobro de una pensión, salario, pago de hipotecas o servicios domiciliados. Por eso es fundamental actuar con rapidez si se recibe una notificación de este tipo.

¿Cómo se realiza el bloqueo?

Según lo establecido por el Banco de España, el bloqueo de una cuenta no se puede hacer de manera arbitraria ni sin previo aviso. El banco debe justificar la medida y comunicarla al titular con suficiente antelación. Este procedimiento tiene como finalidad evitar perjuicios innecesarios y ofrecer al cliente la oportunidad de corregir la situación entregando la documentación pendiente.

El bloqueo, en principio, es una medida reversible. Si el titular de la cuenta responde a tiempo y proporciona la información requerida, el acceso a la cuenta se restablece en un plazo breve. Este proceso no implica penalizaciones ni genera antecedentes, pero sí puede causar molestias si se retrasa, por ejemplo, el pago de un recibo o el ingreso de una nómina.

Además de la falta de documentación, existen otros escenarios en los que los bancos pueden decidir suspender temporalmente el uso de una cuenta. Uno de los más comunes es el conflicto entre cotitulares. Por ejemplo, si dos o más personas comparten una cuenta y emiten instrucciones contradictorias al banco (como una orden de cancelación por parte de uno y una orden de transferencia por parte de otro), la entidad puede optar por congelar la operativa hasta que las partes lleguen a un acuerdo o intervenga la justicia.

Este tipo de bloqueos en las cuentas bancarias son más complejos de resolver, ya que no dependen exclusivamente del cumplimiento documental, sino de la voluntad de las partes o de una decisión judicial. En estos casos, el banco actúa como mediador pasivo y su prioridad es evitar que se realicen operaciones que puedan perjudicar a alguno de los titulares.

Documentación

La mejor forma de prevenir un bloqueo bancario es mantener la documentación personal actualizada. Si recibes una notificación del banco solicitando información adicional, no la ignores. Responde a la mayor brevedad posible y entrega los documentos requeridos. Estos pueden incluir:

  • Copia del DNI o NIE vigente.
  • Justificante de domicilio actualizado (factura de servicios, empadronamiento, etc.).
  • Documentación que acredite el origen de tus ingresos (nómina, pensión, declaración de IRPF, etc.).
  • Información sobre tu actividad económica o profesional si eres autónomo o empresario.

También es recomendable revisar periódicamente los datos registrados en el banco y asegurarse de que estén correctos, especialmente si ha cambiado tu situación laboral, domicilio o estado civil. Muchos bancos permiten actualizar esta información directamente desde sus plataformas digitales, lo que facilita el cumplimiento de estas obligaciones.

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