Alquiler

Los caseros no podrán subirte el alquiler más de un 3% en 2024

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Los españoles cada vez pagan más por su alquiler.
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) regula el alquiler, especificando en su artículo 18 las normativas para la actualización de la renta. Esta actualización se realiza anualmente, siempre y cuando esté estipulada en el contrato de arrendamiento. Las modificaciones en el precio deben ajustarse a lo pactado en el contrato; si no se especifica claramente cómo se llevará a cabo la actualización o qué índice se utilizará, la ley establece una serie de criterios al respecto.

Subida del alquiler en 2024

La legislación establece que la actualización anual de la renta de alquiler se efectuará según la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad, si así está estipulado en el contrato. En ausencia de esta especificación, la subida no podrá exceder la variación porcentual del Índice de Precios al Consumo (IPC) publicado al momento de la actualización del contrato. Esta variación se calcula utilizando el mes de referencia del último índice publicado y puede consultarse a través de la calculadora de actualización de rentas proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Según lo dispuesto en el Real Decreto-ley 6/2022 para el año 2024, la variación anual de la renta del alquiler no puede exceder el 3%. Una vez el arrendador haya notificado por escrito al inquilino el aumento, indicando el porcentaje aplicado, la nueva renta se aplicará a partir del mes siguiente. Además, si el inquilino lo solicita, el arrendador deberá proporcionar una certificación del Instituto Nacional de Estadística (INE) que respalde el porcentaje de incremento comunicado.

Precio de la renta

La Disposición final sexta de la Ley 12/2023, que establece el derecho a la vivienda, ofrece condiciones específicas para los inquilinos con contratos de alquiler regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos durante 2024.

  • Si el arrendador es un gran tenedor, el aumento de la renta será el resultado de un nuevo acuerdo entre ambas partes, siempre que no supere una variación anual del 3%. En ausencia de este acuerdo, el incremento de la renta se ajustará a esta misma limitación.
  • Para los arrendadores que no sean grandes tenedores, la actualización del precio del alquiler será determinada por un nuevo acuerdo entre las partes. En caso de no existir este acuerdo, el incremento de la renta no podrá superar el 3%.

Según la Ley de Vivienda, si durante 2023 no se aplicó el aumento del 2% correspondiente, es posible que en 2024 se acumule dicho incremento junto con el 3% estipulado para este año, siempre y cuando cada aumento respete los límites fijados por la ley.

Esto implica que en 2024, si no hubo aumento en 2023, podrían aplicarse el 2% pendiente de ese año más el 3% previsto para 2024. Sin embargo, es importante señalar que cualquier subida correspondiente a 2023 aplicada en 2024 no podrá ser retroactiva, debiendo cobrarse a partir de la actualización del precio en 2024, siempre y cuando se notifique con 30 días de anticipación al vencimiento anual del contrato.

Ley de Vivienda

En respuesta a los efectos económicos derivados de la guerra en Ucrania en 2022, el Gobierno español implementó varias medidas. Una de estas medidas causó una gran controversia, especialmente entre los propietarios de viviendas en alquiler: la desvinculación temporal de las renovaciones de los alquileres respecto al Índice de Precios al Consumo (IPC), regulado por la LAU.

Debido a que el IPC alcanzó un promedio del 8,4% en 2022, se estableció que desde abril de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023, los contratos de alquiler se actualizarían utilizando el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), limitado a un máximo del 2%.

La medida temporal inicialmente implementada durante la crisis derivada de la guerra en Ucrania se ha integrado como parte de la nueva Ley de Vivienda. En 2023, el incremento de los contratos de alquiler estuvo limitado al 2%, mientras que a partir de 2024 se establece un máximo del 3%. Se prevé que antes del 31 de diciembre de 2024, el Instituto Nacional de Estadística definirá un nuevo índice de referencia para la actualización anual de los contratos de arrendamiento de vivienda, el cual entrará en vigencia a partir de 2025.

Bono de Alquiler Joven

El Gobierno ha decidido extender las ayudas al alquiler para jóvenes hasta el año 2025, una medida iniciada en 2022 que otorga un total de 250 euros mensuales a personas de entre 18 y 35 años que cumplan con requisitos específicos. Hasta ahora, Castilla-La Mancha es la única comunidad autónoma que ha ampliado el plazo para solicitar las ayudas del próximo año, cuya resolución se dará a conocer el 15 de enero. Por su parte, el resto de las comunidades autónomas implementarán nuevamente las ayudas con nuevas fechas de solicitud.

Para acceder a esta ayuda, debes figurar como titular en el contrato de arrendamiento o estar en condiciones para firmarlo en un plazo de dos meses después de la notificación de la ayuda. Además, el arrendador no puede ser un familiar o amigo. Existen límites en el precio del alquiler: hasta 600 euros para viviendas completas y 300 para habitaciones, aunque estas cifras pueden variar según la adaptación que cada comunidad autónoma realice según el contexto local.

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