Conducir DGT

La señal de tráfico que lleva poco en España y que casi nadie conoce: te pueden quitar hasta 4 puntos

La señal de tráfico

Las señales de tráfico cumplen una función esencial en la seguridad vial. Con el paso del tiempo, el catálogo de señalización se ha ido adaptando a los cambios en la movilidad, la tecnología y los hábitos de conducción. En este contexto, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha incorporado nuevas señales en los últimos meses. Una de las más recientes es la señal de tráfico S-991c, cuyo incumplimiento puede suponer la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir y una multa de hasta 200 euros.

El 1 de julio de 2025, la DGT actualizó su catálogo oficial de señales de tráfico, y una de las principales novedades fue la señal S-991c, un pictograma que advierte de la presencia de cámaras destinadas a controlar que los conductores respetan a los semáforos. Su implantación comenzó en Valencia, Sevilla, Zaragoza y Madrid, y poco a poco se está extendiendo al resto de ciudades del territorio nacional.

La nueva señal de tráfico S-991c

La señal muestra un semáforo en rojo acompañado de ondas que simbolizan la detección por radar y la presencia de vehículos. Su objetivo es alertar a los conductores de que existe un sistema automatizado que vigila si se respeta la señal luminosa. El dispositivo asociado a la señal S-991c es un sistema compuesto por dos cámaras situadas aproximadamente a 25 metros del semáforo.

El mecanismo actúa en dos fases: «la primera cámara cruza la línea de detención y la segunda cuando ya ha rebasado el cruce. Si en ambas imágenes se aprecia que el semáforo estaba en fase no permisiva, la denuncia se considera válida y se tramita automáticamente», explican desde Pyramid Consulting.Además, el sistema está diseñado para garantizar la nitidez de la matrícula, requisito indispensable para tramitar la sanción.

El artículo 146 del Reglamento General de Circulación establece que «las señales luminosas para vehículos tienen por objeto regular la circulación asignando a los vehículos el derecho de paso o prohibiéndolo», mientras que el artículo 76 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial especifica que «constituye infracción grave no respetar la luz roja de un semáforo, pudiendo ser sancionada con multa y la pérdida de puntos del permiso de conducción».

Cuando el sistema S-991c detecta y acredita la infracción, la sanción puede ascender a 200 euros y conlleva la retirada de cuatro puntos del carné de conducir.

El debate del semáforo en ámbar

Uno de los aspectos que más controversia genera es la situación del semáforo en ámbar. El Anexo I, punto 4 del Reglamento General de Circulación determina lo siguiente:

  • Luz amarilla (o ámbar) no intermitente: significa que los vehículos deben detenerse en las mismas condiciones que si se tratara de una luz roja fija, salvo que, al encenderse, el vehículo se encuentre tan cerca del lugar de detención que no pueda parar de forma segura.
  • Luz amarilla (o ámbar) intermitente o dos luces amarillas alternativamente intermitentes: obligan a los conductores a extremar la precaución y, en su caso, ceder el paso. Además, no eximen del cumplimiento de otras señales que obliguen a detenerse.

Muchos conductores,  cuando el semáforo cambia a ámbar, optan por acelerar para evitar detenerse. Sin embargo, si el vehículo rebasa la línea cuando el semáforo ya ha cambiado a rojo, aunque sea por décimas de segundo, la infracción queda registrada. No se sanciona por cruzar en ámbar cuando no es posible detener el vehículo con seguridad, pero sí cuando el paso se produce con el semáforo ya en rojo.

La implantación de la señal de tráfico S-991c y del sistema de control asociado busca reducir los accidentes en intersecciones urbanas.

Madrid

El Ayuntamiento de Madrid prioriza la instalación de estos sistemas en aquellos cruces que, por diversas circunstancias, puedan resultar más peligrosos. Se consideran especialmente las intersecciones en las que los vehículos llegan en caída, ya que esto puede aumentar la tendencia a acelerar al atravesarlas; así como aquellas que dan acceso a vías rápidas o salidas del entorno urbano, donde los conductores también tienden a incrementar la velocidad.

Éstas son las ubicaciones en la capital: Alberto Aguilera – Baltasar Gracián (Distrito 1), Alcala – San Romualdo (Distrito 20), Ascao – Emilio Ferrari (Distrito 15), Avda. Andalucía – Metro San Cristobal (Distrito 17), Avda. Andalucía – Alcocer (Distrito 17), Avda. Cardenal Herrera Oria, 83 (Distrito 8), Avda. Ciudad Barcelona – Menéndez Pelayo (Distrito 3), Avda. Filipinas, 18 (Distrito 7), Avda. Ilustración – Betanzos (Distrito 8), Avda. Logroño, 44 (Distrito 21), Avda. Marqués Corbera – Ricardo Ortiz (Distrito 15), Avda. Mediterráneo, 32 (Distrito 3), Avda. America – Cartagena (Distrito 5), Camino de los Vinateros, 47 (Distrito 14), Cno Barrial – Fdo Lazaro Carreter (Distrito 9), Cea Bermúdez – Vallehermoso (Distrito 7), Francisco Pi y Margall Esq. Ana de Austria (Distrito 16), Francisco Silvela, 62 (Distrito 4), Francisco Silvela, 99 (Distrito 5), Hnos. García Noblejas 123 (Distrito 20), Joaquin Costa, 36 (Distrito 5), Joaquin Costa – Velazquez (Distrito 5), Jose Abascal – Santa Engracia (Distrito 7), Menéndez Pelayo – Niño Jesús (Distrito 3), Monforte de Lemos – Finisterre (Distrito 8), Po Castellana, 105 (Distrito 6), Po Castellana, 167 (Distrito 6), Sinesio Delgado Gta P. Cebrero (Distrito 8), Via Lusitana – Pl Elíptica (Distrito 11), Ventisquero de la Condesa, 42 (Distrito 8), Avda. de los Poblados, 45 (Distrito 10), Avda. de la Peseta – Ctra Barrio Fortuna (Distrito 10), Ctra. Carabanchel Aravaca – Villaviciosa (Distrito 10) y Fuente Carrantona – Hacienda Pavones (Distrito 14).

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