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Condenan a un transportista de animales por la muerte de un caballo de competición que fue atacado por otro

El conductor del camión de transporte lo dejó suelto con otro caballo en un corral, y éste le propinó una coz

Muerte de un caballo

Un Juzgado de Palma ha condenado a una empresa de transporte de animales a indemnizar a la propietaria de un caballo de competición, que tuvo que ser sacrificado tras un ataque de otro equino mientras se encontraba bajo la custodia de la transportista. En concreto, el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Palma ha estimado una demanda presentada por la propietaria, y obliga a la empresa a pagar una compensación de 15.840 euros más los intereses por la muerte de un caballo de competición.

Los hechos tuvieron lugar en 2021. El caballo era un ejemplar de nueve años de edad de la raza american quarter -que se cría habitualmente para carreras-. El conductor del camión de transporte lo dejó suelto con otro caballo en un corral, y éste le propinó una coz que le fracturó una tibia.

La veterinaria determinó que, aunque se hubiera podido intervenir la lesión, el resultado era incierto por riesgo de infección y el animal no podría volver a competir, por lo que recomendó el sacrificio del animal.

La propietaria y la empresa habían acordado verbalmente los términos del contrato para transportar al caballo desde Barcelona hasta Palma.

En la demanda, la principal discrepancia entre ambas era el lugar donde debía entregarse el caballo en la fecha acordada, el 19 de octubre de 2021: la propietaria aseguraba que se lo debían llevar a una finca de su propiedad, una explotación ganadera en Palma, y el transportista sostenía que lo pactado era llevarlo a una finca de la empresa, en Costitx, y que allí la propietaria se encargaría de recogerlo.

En la fecha acordada, el caballo no fue entregado ni recogido. La propietaria mantenía que fue la compañía la que informó de que no podía encargarse de efectuar la entrega en la fecha prevista porque tenía que entregar otros caballos que habían viajado en el mismo transporte, y que lo entregaría más tarde; la empresa, por su parte, aseguraba que fue la propietaria quien dijo que no podía ir a recogerlo y que voluntariamente lo dejó, bajo su responsabilidad, en la finca de la compañía.

Por ello, la empresa eludía cualquier responsabilidad alegando que la agresión al caballo se había producido una vez finalizado el contrato de transporte.

La propietaria del segundo caballo era una amiga de la demandante, aunque su relación se torció a raíz de este incidente. Esta testigo declaró en el juicio que su animal sí fue entregado en su propia finca, el 20 de octubre, sin que ella tuviera que desplazarse para ir a recogerlo.

La testigo coincidió con la demandante en que la transportista tenía que entregar cada caballo en la finca del propietario. Apuntó también que estos animales deben viajar en todo momento atados y protegidos para evitar el contacto entre ellos, y que es peligroso dejar a dos caballos sueltos en el mismo corral.

Dejó a los animales sueltos

Por su parte, el conductor del camión en el que viajaban los animales –esposo de la dueña de la empresa– se mantuvo en la versión de que lo pactado era entregar el caballo en la finca de la empresa.

El trabajador reconoció que ese día tenía que entregar otros ejemplares en las fincas de sus respectivos propietarios y que dejó a los dos animales sueltos en el mismo corral. Lo justificó en que los dos caballos habían pasado mucho tiempo atados durante el transporte desde Barcelona, de modo que creía que se conocían y no corrían ningún peligro.

El Juzgado ha dado la razón a la propietaria del animal sacrificado, considerando que no hay motivos para exonerar de responsabilidad al transportista. La juez razona que, incluso si se considerase probado que el lugar de entrega debía ser la finca de la empresa, el animal seguía estando bajo su custodia y responsabilidad.

Además, la juez entiende que como el caballo no se había entregado, no se puede afirmar que el contrato de transporte había terminado. En cualquier caso, expone la sentencia, aun asumiendo la tesis de la empresa, si la propietaria se retrasase en ir a recogerlo sólo podría haber dado lugar a gastos adicionales por la estabulación adicional, «pero en ningún caso justifica que la demandada dejara sueltos a dos animales en un mismo corral».

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