La huelga de controladores franceses revienta las vacaciones de Semana Santa a miles de españoles

Barajas
Un grupos de viajeros espera en un mostrador del aeropuerto Adolfo Suárez Madrid Barajas. (Foto: AFP/Archivo)

Las aerolíneas ya han cancelado hasta 192 vuelos hasta las 13.00 horas de este lunes en plena operación salida de vacaciones de Semana Santa en los aeropuertos españoles de la red de Aena, como consecuencia de la segunda jornada de huelga de los controladores aéreos franceses. La mayoría son vuelos con Europa, de los que 38 son conexiones directas con Francia.

Así, son miles los ciudadanos con billete de vuelo para este lunes los que no han podido salir hacia su destino en una fecha especialmente sensible, el inicio de las mini vacaciones de Semana Santa.

Anea ha contabilizado, hasta las 13.00 horas, 16 vuelos cancelados en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, aunque el mayor volumen de cancelaciones se registra en Barcelona, con 49 operaciones frustradas.

Otros aeropuertos afectados por la huelga en Francia y en vuelos que atraviesan su espacio aéreo son el de Palma, con 28 cancelaciones, Málaga (25) o Alicante (30).

Reacciones y condenas

Ryanair ha condenado el paro de los controladores aéreos en Francia, que califica de «egoísta». Esta huelga es la número 42 desde el año 2009, ha apuntado la aerolínea de bajo coste irlandesa en un comunicado, en el que insta al Gobierno francés y a la Comisión Europea a que tomen medidas para que esta protesta laboral deje de afectar a los consumidores.

«Nos hemos visto obligados a cancelar una serie de vuelos, generando retrasos. Nos hemos puesto en contacto con los clientes que se han visto afectados para informales de sus opciones», ha afirmado el jefe de Comunicación de Ryanair, Robin Kiely.

Los derechos de los afectados

FACUA-Consumidores en Acción recuerda a los usuarios afectados por la huelga de controladores franceses que tienen derecho a asistencia por parte de las aerolíneas y al reembolso del billete en caso de cancelación del vuelo, aunque en dicha situación el usuario también puede elegir un transporte alternativo.

La asociación advierte de que las compañías aéreas deben ofrecer información y asistencia a los consumidores afectados y que son las empresas quienes deben asumir el riesgo de huelga cuando se contrata un servicio. «De lo contrario, se produciría una situación de enorme indefensión de los consumidores, que tendrían que asumir los gastos extra ocasionados por las cancelaciones de los vuelos», advierte la organización.

Facua señala que, en el caso de un gran retraso (más de cinco horas), el usuario tiene derecho a pedir el reintegro del importe del billete o de la parte del trayecto retrasado, siempre y cuando el pasajero no tome el vuelo posterior. También podrá elegir volar en un trayecto de vuelta al punto de partida lo antes posible, si fuese necesario.

Los afectados podrán elegir el reembolso en siete días del coste íntegro del billete en el precio al que se compró, correspondiente a la parte del viaje no efectuada y a la parte del viaje efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser.

Además pueden escoger la conducción hasta el destino final en condiciones de transporte comparables, lo más rápidamente posible o en una fecha posterior que convenga al usuario.

Exigir indemnizaciones

La organización aconseja también a los usuarios que exijan indemnizaciones por los perjuicios causados, que pueden ir desde el daño que conlleva la anulación de unas vacaciones, pérdida de excursiones, noches de hotel, etc.; hasta las cantidades extra que tengan que asumir como consecuencia de la espera de un nuevo vuelo, o la compra de otro billete por la pérdida de una conexión.

Facua recuerda que la aerolínea está obligada a ofrecer a los pasajeros afectados el derecho de atención o asistencia. Así, deberá proporcionarles comida y refrescos suficientes para el tiempo que sea necesario esperar, la posibilidad de hacer dos llamadas telefónicas o mensajes y el alojamiento gratuito en un hotel cuando sea necesario pernoctar una o varias noches.

La asociación advierte que la compañía deberá resarcir íntegramente de éstos daños de conformidad al usuario que acredite este perjuicio conforme a las normas que regulan la responsabilidad civil contractual o, en su caso, la responsabilidad civil extracontractual, según la normativa nacional de cada Estado.

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