Prohibido fumar en terrazas y guerra al vaper: estas son las nuevas zonas sin humos
Los espacios exteriores de centros de salud, educativos, universitarios y sociales cuentan ahora con una regulación específica


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El Gobierno ha aprobado el anteproyecto de la ley antitabaco que equipara los cigarrillos electrónicos a los convencionales y prohíbe fumar y vapear en nuevos espacios como las terrazas de hostelería, piscinas o marquesinas. El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes a la nueva normativa antitabaco, que define nuevos espacios sin humo, aunque finalmente no introduce el empaquetado genérico.
Los espacios exteriores de centros de salud, educativos, universitarios y sociales cuentan ahora con una regulación clara: se debe mantener una separación mínima de 15 metros para poder fumar. Esta medida se aplica de manera estricta para proteger a quienes circulan por estas áreas y garantizar que el humo no afecte a estudiantes, pacientes o usuarios.
En los parques infantiles y en las zonas culturales o deportivas también se exige respetar la distancia mínima de 15 metros. No está permitido fumar junto a las vallas que delimitan los recintos, ni siquiera en las gradas o espacios aledaños a los campos de juego. La idea es preservar un entorno seguro y libre de humo para los más jóvenes y para quienes realizan actividad física o cultural.
Terrazas de bares
En el caso de las terrazas de bares, estaciones de transporte y espectáculos al aire libre, la normativa amplía el ámbito de protección. En hostelería, fumar queda totalmente prohibido, sin excepciones. Además, se debe mantener una separación de 15 metros en paradas de autobús, tren, metro o Cercanías. Los festivales y conciertos al aire libre también quedan libres de tabaco y de todos los productos relacionados, lo que garantiza que el humo no afecte a los asistentes ni a los trabajadores de estos eventos.
Los vehículos de transporte con conductor, especialmente aquellos utilizados de manera profesional, también se incluyen en la norma. Esto significa que los conductores de vehículos comerciales, aunque viajen solos, no deberían fumar mientras desempeñan su labor, con el objetivo de preservar la seguridad y la salud de todos los pasajeros y del propio conductor.
La ley no sólo regula los lugares donde está prohibido fumar, sino que también amplía el catálogo de productos equiparados a los cigarrillos tradicionales. En los últimos años, el consumo de artículos como cigarrillos electrónicos, bolsitas de nicotina y otros productos similares ha aumentado, especialmente entre los jóvenes. Muchos de ellos no contienen tabaco ni nicotina, pero su uso está asociado al acto de fumar o inhalar, lo que puede incentivar el consumo de tabaco convencional y sus riesgos.
Ahora, estos productos quedan incluidos en la normativa: se consideran cigarrillos electrónicos, tanto con nicotina como sin ella, junto con todos sus componentes (cartucho, depósito y dispositivo). También se regulan las bolsitas de nicotina de uso oral, ya sea en sobres, polvo o comprimidos, elaboradas con nicotina natural o sintética. Asimismo, se incluyen productos de hierbas diseñados para fumar, vaporizar o inhalar, como shishas o mezclas vegetales sin tabaco, y los dispositivos para consumir productos calentados, tanto de tabaco como de otros preparados.
Extiende las restricciones de publicidad
El Anteproyecto de Ley modifica el régimen aplicable a la publicidad, promoción y patrocinio de productos del tabaco y productos relacionados, mediante la incorporación de un nuevo capítulo que extiende las restricciones ya existentes al conjunto de productos relacionados con el tabaco definidos en la nueva norma.
Se establece la prohibición de toda forma de publicidad, directa o indirecta, incluyendo cualquier tipo de comunicación comercial o promoción de productos del tabaco y productos relacionados, ya sea a través de medios impresos, audiovisuales, digitales, redes sociales, o mediante distribución de muestras o descuentos.
Asimismo, se prohíbe expresamente la publicidad en equipamientos, instalaciones y mobiliario situados en espacios de uso público o colectivo, lo que abarca elementos presentes en bares, discotecas, terrazas u otros establecimientos de ocio. Esto incluye rótulos, carteles, mobiliario urbano o de hostelería que incorpore logotipos, imágenes o referencias a marcas de productos del tabaco o productos relacionados.
También queda prohibido el patrocinio de actividades, eventos o contenidos por parte de empresas del sector, así como la aparición de marcas vinculadas a estos productos en publicaciones, festivales, actividades culturales o deportivas, tanto presenciales como en entornos digitales.
Además, el anteproyecto de ley refuerza la obligación de los responsables de espacios donde esté prohibido el consumo de productos del tabaco o productos relacionados de colocar señalización visible que informe de dicha prohibición, conforme a las condiciones que se establezcan reglamentariamente.
Mónica García no incluye el empaquetado neutro
El Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo (CNPT) se muestra «extremadamente alarmado» ante la posible eliminación del empaquetado neutro en la futura ley del tabaco. La organización critica al departamento que dirige Mónica García de ceder a las presiones de la industria porque supone privar a la sociedad española de una medida eficaz para reducir el consumo, sobre todo entre los jóvenes, y recuerda que este tipo de regulación ya ha funcionado con éxito en más de 40 países.
En su opinión, esta es una de las medidas «más eficaces» para reducir el consumo de tabaco, especialmente entre los más jóvenes. «Contribuye a evitar el inicio del tabaquismo en la adolescencia, un problema de salud pública que causa anualmente 60.000 muertes prematuras en España», advierte.
El empaquetado neutro, ya implantado en más de 40 países, elimina los elementos de diseño y marca en las cajetillas, reduciendo así su atractivo y el poder de captación del tabaco.