Las enfermeras dan el salto a la estética: un fallo judicial les permite utilizar ácido hialurónico
Pérez Raya: "Llevamos años defendiendo que la enfermería formada en dermoestética está capacitada para realizar estos tratamientos"


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El Juzgado de lo Penal nº 30 de Madrid ha absuelto a dos enfermeras acusadas de intrusismo profesional por realizar infiltraciones de ácido hialurónico con fines estéticos, al considerar que este procedimiento se encuentra dentro de sus competencias. La sentencia determina que el ácido hialurónico debe considerarse un producto sanitario y no un medicamento, lo que habilita a las enfermeras para indicarlo y administrarlo sin incurrir en delito.
Según recoge el fallo, tanto la acusación como la defensa coincidieron en que el producto empleado por las profesionales tenía la categoría de producto sanitario. Los peritos de la defensa describieron además la técnica como de «ejecución sencilla y con pocos efectos secundarios», argumentos que refuerzan la capacidad de los enfermeros para realizarla con plena seguridad.
Un respaldo judicial a la autonomía enfermera
El juez Jacobo Vigil Levi aclara en su resolución que el debate jurídico no giraba en torno a si las acusadas tenían los conocimientos necesarios, sino a si su condición de enfermeras las habilitaba legalmente para realizar el tratamiento de forma autónoma.
En ese sentido, la sentencia respalda los argumentos que la Organización Colegial de Enfermería lleva años defendiendo: que la práctica dermoestética es parte del ámbito competencial enfermero, siempre que no esté expresamente atribuida a otra profesión sanitaria.
El magistrado señala que las conclusiones de la acusación eran «escuetas y parcas», y que su planteamiento resultaba «incongruente», ya que los enfermeros están legalmente autorizados a administrar medicamentos prescritos por un médico. Por tanto, subraya, el debate no está en la administración de los productos, sino en la prescripción o indicación autónoma, que en el caso del ácido hialurónico sí entra dentro de las competencias de la enfermería.
Argumentos técnicos y marco legal
La resolución recuerda que el ácido hialurónico, según el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio, que regula los medicamentos y productos sanitarios, no es un medicamento, sino un producto sanitario. Por ello, aplicar la normativa vigente implica reconocer que las enfermeras pueden indicar, usar y administrar este tipo de productos en el marco de su ejercicio profesional.
«Si consideramos que el enfermero puede indicar y usar este producto, y además administrarlo, la norma no excluye de su ámbito profesional el procedimiento realizado por las acusadas», señala el juez en la sentencia.
Añade también que el ámbito propio de la profesión enfermera está delimitado «por exclusión», es decir, por aquellos actos que estén reconocidos en exclusiva a otra profesión sanitaria, como la medicina o la odontología. Dado que no existe ninguna norma que atribuya en exclusiva a médicos u odontólogos la aplicación de ácido hialurónico, el juez concluye que la actuación de las enfermeras no constituye intrusismo profesional.
Sin limitaciones para la dermoestética enfermera
El fallo aclara además que las resoluciones judiciales previas que dejaron sin efecto la Resolución nº 19/2017 del Consejo General de Enfermería (CGE) sobre cuidados dermoestéticos no prohíben ni restringen la actuación de los profesionales de enfermería en este ámbito.
Esta sentencia, fruto de la colaboración entre el Colegio de Enfermería de Madrid, cuyos letrados dirigieron la defensa, y el Consejo General de Enfermería, que aportó la prueba pericial, representa un respaldo decisivo al ejercicio profesional de la enfermería dermoestética.
«Llevamos años defendiendo que los enfermeros y enfermeras expertas en dermoestética están formados y capacitados para realizar estos tratamientos», afirma Florentino Pérez Raya, presidente del CGE. «Esta sentencia supone una luz al final de un túnel que dura ya demasiado tiempo. No queremos invadir competencias ajenas, sino ejercer con rigor los cuidados y tratamientos para los que estamos plenamente preparados».
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