El Ayuntamiento de Madrid quiso cerrar una ‘sauna’ del padre de Begoña Gómez por problemas de seguridad
No había planos de evacuación y las luces de emergencia era defectuosas
La Sala Adán tuvo 30 días para subsanar sus deficiencias y así lo hicieron
Comparecencia de Pedro Sánchez, en directo
El Ayuntamiento de Madrid, en tiempos de Alberto Ruiz-Gallardón, quiso cerrar una de las saunas prostíbulo del padre de Begoña Gómez por problemas de seguridad. Tal como desvela OKDIARIO, en el año 2009 se abrió un expediente de «cese y clausura de actividades» por una serie de irregularidades. No había sistema de alumbrado de emergencia y no estaban expuestos los planos de evacuación obligatorios. Igualmente, se requirió a la Sauna Adán, bajo amenaza de cierre, que incrementase «el nivel general de alumbrado normal para que se puedan realizar operaciones de limpieza y mantenimiento con adecuadas condiciones».
En julio de 2009, el jefe de Sección de Disciplina Urbanística del Consistorio de la capital se puso serio con Sabiniano Gómez y sus hermanos. Se les remitió un «requerimiento» para «subsanar las deficiencias en el plazo de 30 días». «Deberá situar en cada uno de los vestíbulos de distribución de cada una de las plantas del establecimiento el plano de evacuación correspondiente. Deberá reparar el alumbrado de balizamiento de las escaleras», se les indicó.
Los responsables de la Sauna Adán podían recurrir la resolución ante el gerente del distrito Centro en el plazo de un mes. También de forma adicional se les permitió plantear directamente un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales de Justicia en el plazo de dos meses. Sin embargo, el titular del negocio optó por cumplir.
El Ayuntamiento recibió un escrito de la Sauna Adán menos de un mes después en el que se informaba que «en tiempo y forma se ha procedido a subsanar las deficiencias observadas». Se situaron los planos de evacuación y se incrementó el nivel de alumbrado general, incluyendo la sustitución de las bombillas fundidas. Adjuntaron a efectos acreditativos la factura relativa a los trabajos realizados. Gastaron cerca de 500 euros y lograron evitar el cierre. Posteriormente, técnicos municipales rellenaron un acta de inspección y dieron por buenas las reparaciones en el supuesto «Gimnasio Sauna con Bar» obviando que ahí se realizaban servicios de prostitución masculina.
Por tanto, se dio por finalizado el «expediente de restitución de la legalidad urbanística por subsanación de deficiencias». Se dio orden de archivar el expediente y agregan: «Constatada la existencia de infracción urbanística, procedan a incoar el correspondiente expediente». No se aportan más datos de esas ilegalidades.
Máquinas tragaperras
En otro de los documentos del expediente se refleja que la sauna propiedad del padre de Begoña Gómez, también se enfrentaba a un posible cierre por otro asunto. En marzo de 2001 la jefa del Área de Gestión del Juego de la Comunidad de Madrid escribió al Ayuntamiento de la capital para interesarse sobre la Sauna Adán. En ese momento preguntaron al Consistorio si el local disponía de un certificado de «Otros establecimientos abiertos al público» que incluye bares de copas, tabernas, bodegas, cafeterías, chocolaterías, restaurantes, etc., pero no gimnasios con sauna.
El expediente refleja que el departamento de Negociado de Gestión de Industrias respondió a la Comunidad de Madrid, a la entonces Consejería de Presidencia y Hacienda en tiempos del consejero Juan Bravo, detallando que no era posible instalar esas máquinas tragaperras.
El Ayuntamiento detalla que en el expediente, previo a la concesión de licencia de apertura, en 1988, el titular del local afirmó que «la actividad de bar es complementaria a la principal, ya que solamente será utilizada por los clientes que utilicen nuestras instalaciones, no estando abierto al público en general». La actividad principal es de sauna. «Dado que la actividad de sauna no está contemplada en el Catálogo de Actividades, el técnico realizó propuesta de archivo del proceso de adaptación», agrega.
«Por todo lo anterior, y teniendo en cuenta que la actividad principal de bar autorizada se considera como asociada a principal, que no es de pública concurrencia, y que nunca se autorizó tal actividad asociada como un bar de copas, el técnico considera que no procede certificar que el establecimiento se ajuste al epígrafe que permite la instalación de máquinas recreativas con premio».