Por qué hay que botar a Sánchez, quedan 45 días: la fatídica gestión del Covid
El confinamiento acabó siendo declarado inconstitucional

El Gobierno de Pedro Sánchez minimizó durante las primeras semanas de 2020 la amenaza del coronavirus, pese a las advertencias de los organismos sanitarios internacionales. El Ejecutivo mantuvo un discurso de tranquilidad, permitió las manifestaciones del 8-M y, apenas seis días después, decretó el estado de alarma y confinó a millones de españoles. Un confinamiento cuyas principales restricciones acabarían siendo declaradas inconstitucionales.
Las señales de alarma habían llegado mucho antes. El 30 de enero de 2020, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró la emergencia sanitaria internacional. Sin embargo, Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, aseguró al día siguiente que España no tendría, «más allá de algún caso diagnosticado».
El 2 de marzo, el Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades (ECDC) advertía de que el riesgo de transmisión generalizada en Europa durante las siguientes semanas era de moderado a alto.
Pese a estas advertencias, el Gobierno mantuvo la celebración de las manifestaciones feministas del 8 de marzo, a las que acudieron varias integrantes del Ejecutivo. En vísperas de las marchas, Fernando Simón fue preguntado por la conveniencia de asistir y respondió: «Si mi hijo me pregunta si puede ir, le diré que haga lo que quiera».
El cambio de rumbo llegó inmediatamente después. El 11 de marzo la OMS declaró la pandemia y el 14 de marzo Sánchez decretó el estado de alarma, imponiendo un confinamiento domiciliario sin precedentes.
El TC tumbó las principales restricciones del estado de alarma
La polémica no terminó con el confinamiento. El 14 de julio de 2021, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales y anuló las principales restricciones a la libertad de circulación impuestas durante el primer estado de alarma.
El tribunal consideró que aquellas medidas suponían una suspensión de derechos fundamentales que excedía los límites legales del estado de alarma. Para imponer restricciones de esa naturaleza, el Ejecutivo debería haber recurrido al estado de excepción, que exige mayores garantías y autorización parlamentaria previa.
La sentencia supuso un revés judicial para el Gobierno, aunque no anuló íntegramente la declaración del estado de alarma.
El comité de expertos que nunca existió
A las controversias sobre la gestión sanitaria se sumó otro episodio relacionado con la transparencia del Ejecutivo. Durante la desescalada, Sánchez y Salvador Illa se ampararon en el criterio de expertos para justificar las decisiones sobre qué territorios podían avanzar de fase.
Sin embargo, en julio de 2020, una respuesta del Ministerio de Sanidad conocida a través del Defensor del Pueblo reveló que no existía ningún comité de expertos específicamente encargado de decidir los cambios de fase.
El propio Illa tuvo que aclarar que no se había creado un comité independiente del Ministerio. Las evaluaciones técnicas procedían del equipo de Fernando Simón, mientras que la decisión final correspondía al ministro de Sanidad.
El reconocimiento abrió una nueva polémica sobre la falta de transparencia del Gobierno, que durante semanas había evitado identificar a los expertos a los que atribuía sus decisiones.
La gestión de aquellos meses quedó así marcada por las previsiones iniciales fallidas, las restricciones posteriormente anuladas por el Constitucional y las contradicciones sobre el supuesto comité de expertos de la desescalada.