Nueva fiscal general

Peramato desdeñó el efecto de la Ley Montero: «En 1995 se cambió el Código Penal, hubo rebajas y normalidad»

La nueva fiscal general defiende la aplicación retroactiva sin alarma, como ya pasó otras veces

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Teresa Peramato, nueva fiscal general y especialista en violencia sobre la mujer, defendió la aplicación de la Ley Montero o Ley del Sólo sí es sí. En una conferencia en la Universidad de Granada, la fiscal minimizó la polémica surgida por las rebajas de penas, comparándola con reformas anteriores del Código Penal que transcurrieron sin controversia.

«En 1995 se dictó un nuevo Código Penal y ese Código Penal derogó el código penal de 1989 íntegramente y tenía un derecho transitorio que tuvimos que aplicar, se produjeron rebajas de penas, se produjeron efectos retroactivos de lo que la ley penal era más favorable», recordó Peramato. La experta ha subrayado que «todos supimos que eso era la normalidad jurídica, no había ningún problema».

La fiscal ha señalado que España ha experimentado múltiples reformas penales con efectos retroactivos. «La Ley de Violencia de Género se modificó en el 2010, se modificó el código penal en 2015… hemos asistido a rebajas de penas importantes para traficantes de drogas en situaciones de blanqueo de dinero», rememoró para esgrimir que no hubo controversia pública.

Peramato insistió en que la aplicación de la ley penal más favorable constituye un principio consolidado en el ordenamiento jurídico español. «Hay una ley penal más favorable, se tiene que aplicar porque es la ley que beneficia al reo o al que está pendiente de enjuiciamiento y lo hemos asumido», afirmó.

La fiscal mostró su perplejidad ante la crispación generada por la reforma. «La ley del Sólo sí es sí ha producido un enfrentamiento dialéctico que a mí me parece que nos coloca en una posición de crisis que no debería haber existido nunca», lamentó.

Peramato defendió que el debate debe desarrollarse «desde el sosiego, desde la tranquilidad, desde el criterio jurídico, desde el fundamento, pero siempre desde el respeto a la discrepancia». La experta rechazó tajantemente el tono que ha adquirido el enfrentamiento: «No tenemos que acalorarnos, no tenemos que insultarnos».

La polémica sobre la Ley Montero se desató cuando comenzaron a conocerse rebajas de penas a condenados por delitos sexuales tras la entrada en vigor de la normativa en octubre de 2022. Desde entonces, miles de sentencias han sido revisadas aplicando el principio de retroactividad favorable al reo.

El origen de la reforma se remonta a la exigencia del movimiento feminista que surgió tras la sentencia de La Manada en 2019. «Es verdad que el movimiento feminista reaccionó y reaccionó con mucha fuerza», ha reconocido Peramato, aunque ha precisado que «no era la primera vez que el movimiento feminista reaccionaba».

La fiscal ha recordado que ya en 2018 se elaboró el primer anteproyecto de reforma sobre violencia sexual, cuando «todavía no teníamos más que el procedimiento de La Manada en trámite». Ese anteproyecto hacía referencia a estándares internacionales, especialmente a una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra Bulgaria.

La nueva ley ha eliminado la distinción entre abuso y agresión sexual, centrando el tipo penal en la ausencia del consentimiento. «Se acabó, para que una relación sexual sea lícita se tiene que contar con el consentimiento libre y expreso de la otra persona», expuso Peramato.

Esta modificación ha generado cambios en las horquillas penales. La agresión sexual sin penetración ahora tiene, en sus casos más leves, menos pena que antes. Las sentencias que condenaban por la pena «mínima» ahora son menos años de cárcel.

Peramato defendió que el legislador amplió las horquillas «para que el juez, ponderando todas las circunstancias concurrentes, pueda castigar con menor pena aquellos que no ejecutan el hecho con violencia o intimidación que aquellos que sí la ejecutan».

La fiscal invocó el principio de proporcionalidad, que exige que las penas sean «efectivas, disuasorias, pero además proporcionales a las circunstancias de los hechos».

La norma introduce también nuevas agravantes, como la sumisión química, y penas accesorias como la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad o profesiones con contacto con menores. Además, la ley ha creado la figura de la libertad vigilada obligatoria tras el cumplimiento de la pena de prisión.

Instrucciones de Fiscalía

El fiscal general del Estado emitió un decreto estableciendo criterios para la aplicación del derecho transitorio. Según Peramato, la instrucción establece que «se tiene que valorar conjuntamente todas las normas, las normas del código penal derogado y las actuales, para determinar cuándo procede aplicar la ley penal más favorable».

La fiscal lamenta que todo el foco se haya puesto en la respuesta penal, cuando la ley contempla medidas integrales de protección. «Parece que todo el foco, toda la polémica, se ha producido como consecuencia del derecho transitorio, la ley penal más favorable», ha criticado.

Peramato aplaude que la norma dedica capítulos enteros a sensibilización, concienciación, educación y formación de profesionales. «Tenemos un catálogo de medidas impresionante, importante, que desde el primer momento les ayude a la denuncia», resalta.

Finalmente, Peramato hizo un llamamiento a la calma: «Yo lo que pediría, primero, por supuesto, a los políticos, y de verdad, primero a los políticos: ponderación, moderación, no lleguemos ni al insulto ni a la crispación». Y ha añadido: «Dejar que los tribunales actúen, si es principio de legalidad, si nosotros estamos sometidos al principio de legalidad, y que la ley camine y veremos si hay más fallos o no».

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