Las sentencias que no encuentra Ana Redondo (13)

Un maltratador en Zaragoza se libra de la condena por «problemas de volcado de datos tras cambio de empresa»

Los jueces señalan que problemas de volcado de datos impiden verificar incumplimiento

Un maltratador en Zaragoza se libra de la condena por «problemas de volcado de datos tras cambio de empresa»
Un maltratador en Zaragoza se libra de la condena por "problemas de volcado de datos tras cambio de empresa"

La Audiencia Provincial de Zaragoza confirmó el archivo de una denuncia contra un hombre investigado por incumplimiento de una orden de protección después de que el cambio de empresa prestadora del servicio de control telemático provocara la pérdida de información crucial, justo lo que decía la ministra Ana Redondo que no había pasado. OKDIARIO da otro ejemplo claro de fiasco que se ha generado.

El tribunal aragonés consideró que las alertas registradas en el dispositivo —pérdidas de señal, batería baja y apagados puntuales— no constituyen indicios suficientes para continuar el proceso penal, especialmente tras la imposibilidad técnica de acceder a los datos históricos del sistema de vigilancia. «Es un caso de libro sobre el problema de las pulseras», informan a OKDIARIO fuentes letradas.

El caso se originó cuando la mujer presentó denuncia en la comisaría de Policía Nacional de Zaragoza-Actur Rey Fernando. La denunciante, que tenía una orden de protección concedida el 24 de febrero de 2023 que prohibía a Millán aproximarse y comunicarse con ella, alertó de «incidencias constantes» en el dispositivo de control telemático durante los meses de julio y agosto de 2023.

Las anomalías reportadas incluían pérdida y recuperación de señal, batería baja, dispositivo apagado, etc. La afectada aportó fotografías de estas alertas como prueba de un posible incumplimiento deliberado de las condiciones impuestas por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer.

Pulsera inoperante

El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 2 de Zaragoza acordó en enero de 2025 el sobreseimiento provisional y archivo de las diligencias previas. La resolución determinó que no resultaba «debidamente justificada la perpetración del delito» investigado.

La representación legal de la víctima, ejercida por el abogado Javier Luis Valero Bermejo, interpuso recurso de apelación solicitando la nulidad del auto. Argumentaron que existían «indicios suficientes de que el investigado no está cumpliendo la obligación impuesta por el Juzgado de mantener el dispositivo permanentemente cargado y en condiciones óptimas de emitir señal».

El recurso planteaba una posible vulneración del artículo del Código Penal, que castiga a quienes «inutilicen o perturben el funcionamiento normal de los dispositivos técnicos» dispuestos para controlar medidas cautelares, no los lleven consigo u omitan las medidas necesarias para su correcto funcionamiento.

Sin embargo, la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso en tiempo récord, en marzo de 2025. El tribunal, presidido por Alfonso Ballestín Miguel e integrado por los magistrados Soledad Alejandre Doménech y Eduardo López Causapé, ha confirmado la decisión del juzgado instructor.

Cambio de empresa

El elemento determinante para el archivo ha sido la ausencia de comunicaciones del Centro Cometa, encargado del control de estos dispositivos, alertando de un funcionamiento anormal atribuible al investigado. La Sala destaca que el juzgado instructor intentó recabar información sobre las incidencias denunciadas, pero «no se ha podido facilitar la citada información por problemas de volcado de datos tras el cambio de prestatario del servicio».

Esta circunstancia ha resultado dirimente para la resolución judicial. El magistrado ponente, Eduardo López Causapé, señala en los fundamentos jurídicos que «no existe constancia de que el centro Cometa hubiese librado comunicación alguna al Juzgado de Violencia sobre la Mujer sobre un funcionamiento anormal del dispositivo».

Además, el tribunal ha realizado una interpretación restrictiva de las conductas tipificadas en el Código Penal. La resolución establece que «no puede considerarse que la pérdida de señal o pérdida de cobertura en un momento puntual en el dispositivo integre ninguna de las conductas activas u omisivas descritas en el precepto». Asimismo, considera que «la señal de batería baja no supone la ausencia de energía del dispositivo que impida su funcionamiento».

El auto subraya el carácter doloso del delito investigado, requiriendo intencionalidad tanto en las acciones de inutilizar y perturbar como en las omisiones de portarlo o mantenerlo operativo. Esta exigencia de dolo ha resultado crucial para determinar la insuficiencia probatoria.

Una vez más, el cambio de empresa prestadora del servicio por parte del Ministerio de Igualdad provocó un vacío informativo fatal que imposibilitó la persecución penal de posibles incumplimientos.

El Ministerio Fiscal ha respaldado la decisión de archivo, coincidiendo con la defensa del investigado, representada por el letrado José Ramón Miguel Torres. La resolución judicial, que es firme y contra la que no cabe recurso, ha declarado de oficio las costas de la apelación.

En contra de lo que dijo en un principio Ana Redondo se evidencia de nuevo que sí hay casos de maltratadores que se fueron de rositas generando indefensión y, como en este caso recoge la documentación, graves cuadros de salud mental en las víctimas.

Recopilación de casos

  1. Un juez de Alcalá de Henares exculpó a un maltratador al fallar la pulsera por «incidencias técnicas»
  2. Un maltratador cubano fue absuelto en Madrid por la «pérdida de información de su pulsera»: fallaba hasta 6 veces al día
  3. La Audiencia de Granada absolvió a un acusado por fallos de su pulsera que Cometa no aclaró
  4. La Audiencia de Córdoba absolvió a un acusado porque la pulsera no generó pruebas suficientes
  5. La Audiencia de Oviedo absolvió a un condenado porque «su pulsera sujeta con cinta aislante falló»
  6. Un maltratador se libra en Valladolid por «incidencias» en la pulsera y «falta de cobertura»
  7. La Audiencia de Tenerife quita un año de prisión a un condenado porque la pulsera generaba falsas alarmas
  8. La Audiencia de León retira una pulsera porque genera «estrés a la víctima»
  9. La Audiencia de Almería revocó una condena de 9 meses de cárcel a un maltratador porque la pulsera no funcionó
  10. Absuelto un maltratador en Soria porque el técnico de Cometa no pudo probar las 9 alertas de la pulsera
  11. La Audiencia de Gerona absolvió a un hombre porque la pulsera no acreditó la distancia del acercamiento
  12. Absuelto un hombre en Barcelona aunque la pulsera detectó 7 días de acercamientos y «fallos de cobertura»
  13. Un maltratador en Zaragoza se libra de condena por «problemas de volcado de datos tras cambio de empresa»

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