Ministerio de Igualdad

Montero insiste a las empresas para que persigan las «miradas impúdicas» y el «flirteo ofensivo»

Irene Montero
Irene Montero con Ione Belarra.
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

El Ministerio de Igualdad, que dirige Irene Montero, insiste a las empresas para que persigan determinados comportamientos, como las «miradas impúdicas» o los «flirteos ofensivos». Lo hace promocionando un documento que fue elaborado hace unos meses y que el departamento de Montero vuelve a impulsar para instar a las empresas a combatir «conductas constitutivas de acoso sexual». El Instituto de las Mujeres avisa que «toda empresa, independientemente de su número de personas trabajadoras, tiene la obligación de adoptar» un protocolo en este sentido.

El documento, elaborado por el Instituto de las Mujeres, recoge en sus 68 páginas distintos ejemplos de actitudes que consideran acoso, así como el procedimiento para que la propia empresa detecte estos hechos y sancione a sus responsables.

Entre las «conductas verbales» que Igualdad cataloga de sancionables se incluyen algunas que, en su momento, fueron especialmente comentadas, como los «flirteos ofensivos». También se castigarán los «comentarios insinuantes, indirectas o comentarios obscenos», así como las «bromas o comentarios sobre la apariencia sexual».

Entre las «conductas no verbales» figuran las «miradas impúdicas» así como los «gestos». También se perseguirá la «exhibición de fotos sexualmente sugestivas o pornográficas» o las «cartas o mensajes de correo electrónico o en redes sociales de carácter ofensivo y con claro contenido sexual», entre otros.

El protocolo también califica de acoso el «contacto físico deliberado y no solicitado», los «abrazos o besos no deseados» y el «acercamiento físico excesivo e innecesario». Igualdad también habla del «acoso sexual ambiental» en la empresa.

Estas conductas, se determina, deberán ser denunciadas y resueltas mediante una «vía interna, confidencial y rápida», a través de una «comisión instructora» que estará formada por tres personas que «cumplirán de manera exhaustiva la imparcialidad». Este comité será el encargado de realizar las actuaciones, escuchar las declaraciones de los implicados y recabar las pruebas pertinentes.

Las sanciones irán desde «separar físicamente a la presunta persona agresora de la víctima, mediante cambio de puesto y/o turno u horario» al «traslado, desplazamiento, cambio de puesto, jornada o ubicación, la suspensión de empleo y sueldo, la limitación temporal para ascender o el despido disciplinario».

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