‘Caso Dina’: El juez quita a Iglesias la condición de perjudicado por destruir pruebas y exonera a OKDIARIO
El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García-Castellón, ha dictado un auto en el que acuerda «la revocación a Pablo Iglesias Turrión de la condición de perjudicado y ofendido mantenida hasta este momento», en el caso Villarejo y señala que «no se puede inferir en este momento la ilicitud de la actuación del medio de comunicación OKDIARIO o de sus responsables» en el asunto del presunto robo del móvil de su ex asesora, Dina Bousselham.
En el auto, al que ha tenido acceso este periódico, se añade que «tampoco resulta posible vincular las publicaciones aparecidas en el referido periódico digital, exclusivamente a la intervención del investigado José Manuel Villarejo». El juez no considera acreditada la existencia de delito alguno de revelación de secretos por parte de OKDIARIO.
Así mismo el juez rechaza ofrecer a Dina la posibilidad de que «especifique de manera expresa contra quién o quiénes quiere ejercer la acción penal», solicitada por Anticorrupción, porque es de «momento imprecisa e innecesaria».
El magistrado solicita además que se analicen los correos electrónicos aportados por la pareja sentimental de Bousselham para practicar las diligencias oportunas a fin de «esclarecer los envíos a terceras personas y alteraciones físicas de las que pudo ser objeto la tarjeta aportada por Dina Bousselham desde la fecha del robo hasta el momento de su aportación en sede judicial».
El chat machista de Iglesias
Las investigaciones llevadas a cabo por la Policía e incorporadas al sumario concluyen que fue la propia asistente de Pablo Iglesias en el Parlamento europeo, Dina Bousselham, quien reenvió el chat machista de Pablo Iglesias sobre la periodista Mariló Montero que más tarde publicó OKDIARIO. En su última declaración ante el juez, Dina reconoció finalmente que hizo pantallazos del chat que se encontraban en la carpeta de enviados, en contra de lo que sostuvo en su primera declaración ante el juez –en calidad de testigo, y por tanto bajo juramento–, cuando negó dicha circunstancia y acusó a OKDIARIO de acceder a su teléfono robado para publicar dicho material.
Por ello, el juez concluye que «las posibles fuentes del medio digital se amplían considerablemente, pues las imágenes pudo haberlas recabado de cualquiera que hubiera estado en posesión de la tarjeta (o de su copia) o de quien las hubiese recibido de la propia Dina. Ello incluiría no sólo a las personas a quien esta última hubiese enviado voluntariamente esas capturas de pantalla (no identificadas), sino también al propio Pablo Iglesias, quien mantuvo la tarjeta en su poder por un tiempo que no ha podido ser concretado», según recoge el auto dictado este lunes.
Después de más de un año de investigaciones, la Fiscalía no ha encontrado ninguna prueba de que el comisario José Manuel Villarejo (que se encuentra en prisión desde noviembre de 2017) tuviera cualquier intervención en el supuesto robo del móvil de la ex asesora de Iglesias.
Por el contrario, el ex número 2 del Gabinete de Comunicación de Pedro Sánchez en La Moncloa y ex director de Interviú Alberto Pozas ha reconocido ante el juez que la tarjeta del móvil de Dina llegó a la redacción de dicha revista y él se la entregó personalmente al comisario Villarejo. Por este motivo, están imputados en la causa tanto Pozas como el que era su número 2 en la revista del Grupo Zeta, Luis Rendueles.
Falsa acusación
El juez Manuel García-Castellón ha desmontado por completo las falsas acusaciones que Pablo Iglesias y Podemos dirigieron contra OKDIARIO en su denuncia. Al diluirse estas sospechas, el titular exonera a OKDIARIO de cualquier responsabilidad en el marco de esta pieza separada del caso Tándem.
El magistrado ha tomado esta decisión a raíz de un escrito presentado por la Fiscalía Anticorrupción, que fuentes judiciales han calificado de «durísimo», en el que los fiscales sugieren que el líder de Podemos ha podido incurrir en los delitos de descubrimiento y revelación de secretos del art. 197.1 y 2 del Código Penal y delito de daños (obstrucción a la Justicia por destrucción de pruebas) del art. 264 del mismo texto legal.
El primero de ellos, por acceder –sin el consentimiento de Dina– a sus fotos íntimas y comunicaciones privadas y conservarlas en su poder durante meses. El juez duda sobre la versión de Pablo Iglesias, porque se contradice con la ofrecida por Dina Bousselham, y sostiene que el vicepresidente «habría mantenido en su poder la tarjeta SD de Dina Bousselham durante un periodo que podría oscilar entre 5 meses, se situaría en el caso de que la devolución se hubiese efectuado en junio de 2016 (cuando se la proporciona Antonio Asensio) hasta los 39 meses para el supuesto que la entrega de la tarjeta se hubiera realizado en el mismo Juzgado, el 27 de marzo de 2019», cuando Iglesias y su ex asesora son citados a declarar ante el titular García-Castellón.
Y el presunto delito de daños, por haber planteado una denuncia falsa y por haber destruido la prueba clave del caso: la tarjeta de memoria del móvil de Dina Bousselham.
El juez ha trasladado a los investigadores los correos electrónicos aportados por Dina Bousselham en el Juzgado. Estos email acreditan que cuando Iglesias le entregó la tarjeta se encontraba destrozada, a pesar de que el actual vicepresidente del Gobierno la había recibido en perfecto estado de manos del presidente del Grupo Zeta y dueño de la extinta Interviú Antonio Asensio en enero de 2016. La ex asesora de Podemos contactó, sin éxito, con una empresa alemana para poder recuperar el contenido. Estos email están siendo ahora analizados por Asuntos Internos.