La amnistía también borrará delitos que se cometan en el futuro si se planearon antes del 13-N
La Ley de Amnistía ampara delitos futuros si empezaron a fraguarse antes de aprobarse la norma
Los independentistas amenazan con "lo volveremos a hacer" en sus últimas manifestaciones
La Ley de Amnistía se convertirá previsiblemente en un coladero por el que líderes independentistas verán olvidados sus delitos incluso si se han consumado con posterioridad a la aprobación en el Congreso del proyecto legislativo de PSOE y sus socios. La medida de gracia impulsada por Pedro Sánchez y Carles Puigdemont también borrará delitos cometidos con posterioridad al 13 de noviembre de este año si se puede justificar que su génesis es anterior. Es decir, que se planearon antes de este lunes.
Este hecho sin precedentes en el ordenamiento jurídico español, «se carga todo orden constitucional posible y todos los principios del artículo 9 de la Constitución», según aseguran a OKDIARIO fuentes expertas en derecho constitucional.
De esta forma, la nueva ley, si llega a aplicarse, dará por amnistiados delitos que aún no se hayan materializado, sino sólo planificado, tal como reza su articulado: «Los actos cuya realización se hubiera iniciado antes del día 13 de noviembre de 2023 también se entenderán comprendidos en el ámbito de aplicación de la ley aunque su ejecución finalizase con posterioridad a esa fecha».
En particular, el artículo 1 sobre «Ámbito objetivo y exclusiones» de La Ley de Amnistía deja la puerta abierta a que si los independentistas tratan de realizar un referéndum ilegal de forma unilateral puedan ser amnistiados. Si los líderes por la secesión de Cataluña alegan que empezaron a «realizar» su plan delictivo antes de este 13 de noviembre.
Así, por ejemplo, Puigdemont declaró la república catalana en el Parlament el 27 de octubre de 2017, pero se dejó en suspenso. Por tanto, si en el futuro se reactiva esa declaración unilateral de independencia, ahora paralizada previsiblemente, el independentismo podrá argüir la Ley de Amnistía publicada este lunes.
Una década de procés
En líneas generales se habla de amnistiar al independentismo catalán desde el 1 enero de 2012 al lunes 13 de noviembre. Se abarca la consulta del 9 de noviembre de 2014, el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y los disturbios tras la sentencia del procés en 2019.
La Ley de Amnistía permitirá el olvido de los delitos de desórdenes públicos, usurpación de funciones públicas, malversación, desobediencia, y prevaricación. La normativa, que consta de 16 artículos, divididos en tres títulos, dos disposiciones adicionales y una disposición final, conlleva exonerar «los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos».
El acuerdo de PSOE, Junts y ERC, entre otros, acaba con la «responsabilidad penal, administrativa o contable», de las consultas celebradas en Cataluña «de su preparación o de sus consecuencias». Además, contempla otros «posibles ilícitos que guardan una profunda conexión con los mismos», en referencia a los actos preparatorios, las diferentes acciones de protesta para permitir su celebración o mostrar oposición al procesamiento o condena de sus responsables.
Atentados contra la autoridad
Incluirá a su vez los «actos de desobediencia, cualquiera que sea su naturaleza, desórdenes públicos, atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos o resistencia que hubieran sido ejecutados con el propósito de permitir la celebración de las consultas populares» o con el propósito de mostrar apoyo a los objetivos y fines del procés. También algunos agentes se pueden ver beneficiados. Se amnistiarán «las acciones realizadas en el curso de actuaciones policiales dirigidas a dificultar o impedir la realización» de las votaciones de secesión.
La proposición, en todo caso, «identifica los actos delictivos a los que, en todo caso, no resultará de aplicación esta amnistía, en el entendido de que no todo hecho ni delito puede ni merece ser amnistiado». Se excluyen actos dolosos contra las personas, delitos de torturas o de tratos inhumanos, delitos de terrorismo –»siempre y cuando haya recaído sentencia firme» y, por tanto, ninguno–, delitos de traición y contra la paz o la independencia del Estado y relativos a la Defensa Nacional, los delitos que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea y delitos con motivaciones racistas, antisemitas, antigitanas u otra clase de discriminación.
Dos meses de plazo
Los jueces tendrán que aplicar la Ley de Amnistía y borrar los delitos en «un plazo máximo de dos meses con carácter preferente y urgente». Los recursos que se presenten «no tendrán efectos suspensivos». Los tribunales ordenarán «la inmediata puesta en libertad de las personas beneficiadas por la amnistía que se hallaran en prisión».
En referencia directa a los políticos indultados, Sánchez ha pactado con Puigdemont que serán amnistiados igualmente. Los indultos «no impedirá la revisión de la sentencia firme», aunque señala que «no se revisarán las resoluciones judiciales firmes que hubieran apreciado la extinción de la responsabilidad criminal a causa de la prescripción del delito». Las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión «quedarán sin efecto». Además, se promueve la eliminación de antecedentes penales derivados de la condena por el acto delictivo amnistiado.
Los empleados públicos afectados recuperarán su puesto de trabajo si fueron apartados, pero «no tendrán derecho a recibir ningún haber por el tiempo en que no hubieran prestado un servicio efectivo». No obstante, «será reconocida su antigüedad» como si no hubiera habido interrupción en la prestación de los servicios.
La amnistía «no dará derecho a percibir indemnización de ninguna clase ni generará derechos económicos de ningún tipo en favor de persona alguna». Tampoco dará derecho a la restitución de las cantidades abonadas en concepto de multa. Se menciona explícitamente que el Tribunal de Cuentas deberá aplicar «en cualquier fase del proceso» la Ley de Amnistía por los delitos contables en enjuiciamiento.
Por último, la ley recalca que «las acciones para el reconocimiento de los derechos establecidos en esta ley estarán sujetas a un plazo de prescripción de cinco años».
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