Ley de Amnistía

La Ley de Amnistía obliga a los jueces a cerrar todas las causas contra los golpistas en dos meses

El texto pactado por el PSOE y las fuerzas independentistas imponen el plazo

Los jueces tendrán que tramitar de forma "preferente y urgente" la Ley de Amnistía

Lea aquí el texto íntegro de la Ley de Amnistía

Supremo Puigdemont
Carles Puigemont

La proposición de Ley de Amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña impone un plazo máximo de dos meses a los jueces y los órganos administrativos o contables implicados en casos vinculados al procés para cerrar todas esas causas contra los golpistas catalanes. En el título III del texto, bajo el epígrafe «Tramitación preferente y urgente» se menciona ese plazo y se aclara que los posibles recursos contra las decisiones que se adopten «no tendrán efectos suspensivos».

El artículo 10 de la ley que abre la puerta a la investidura de Pedro Sánchez también explica que «la aplicación de la amnistía en cada caso corresponderá a los órganos judiciales, administrativos o contables determinados en la presente ley, quienes adoptarán, con carácter preferente y urgente, las decisiones pertinentes en cumplimiento de esta ley, cualquiera que fuera el estado de tramitación del procedimiento administrativo o del proceso judicial o contable de que se trate».

Los jueces tendrán que tener en cuenta que la Ley de Amnistía abarca a los hechos del independentismo catalán durante 11 años de procés: del 1 enero de 2012 hasta este mismo lunes 13 de noviembre. Se incluye, por tanto, la consulta del 9 de noviembre de 2014, el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 y los disturbios tras la sentencia del procés en 2019.

Aplicación a 11 años

Así se recoge en el documento que se registrará en las próximas horas en la Cámara baja, en el que se contempla amnistiar delitos de usurpación de funciones públicas, malversación, desobediencia, desórdenes públicos y prevaricación. En este marco, plantea exonerar «los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos».

Así, quedaría amnistiados los actos determinantes de «responsabilidad penal, administrativa o contable», ejecutados en el marco de las consultas celebradas en Cataluña –tanto el 9-N como el 1-O– «de su preparación o de sus consecuencias, siempre que hubieren sido realizados entre los días 1 de enero de 2012 y 13 de noviembre de 2023».

La proposición de Ley de Amnistía con la que el PSOE y sus socios ponen en entredicho las decisiones de los jueces recoge una exposición de motivos donde argumenta que es una normativa obligada para acabar con «la tensión, política, social e institucional» y asegurar la convivencia a «futuro», al tiempo que defiende que se trata de un «mecanismo constitucional», además de un paso «valiente y reconciliador».

De esta forma, indica que se olvidan «todos los actos que acreditan una tensión política, social e institucional, que esta norma aspira a resolver de acuerdo con las facultades que la Constitución confiere a las Cortes Generales».

La proposición de ley localiza el punto de arranque del «conflicto político» en la sentencia del Tribunal Constitucional (TC) relativa al Estatuto de Autonomía de Cataluña y lo alarga a todo lo ocurrido desde ese día, desde el 1 de enero de 2012 hasta hoy mismo, incluyendo la consulta del 9-N y el referéndum, de 1-O.

«Estos hechos comportaron una tensión institucional que dio lugar a la intervención de la Justicia y una tensión social y política que provocó la desafección de una parte sustancial de la sociedad catalana hacia las instituciones estatales, que todavía no ha desaparecido y que es reavivada de forma recurrente cuando se manifiestan las múltiples consecuencias legales que siguen teniendo, especialmente en el ámbito penal», razona.

Igualmente, la ley justifica que sea Congreso y Senado quienes tomen la iniciativa porque «en este tiempo las Cortes Generales han tenido un papel preponderante a la hora de configurar la respuesta de la soberanía popular a ese proceso independentista». «Un papel que esta ley orgánica reafirma al reconocer su competencia y legitimidad para hacer una evaluación de la situación política y promover una serie de soluciones que deben ofrecerse en cada contexto, de acuerdo con el interés general», agrega.

Reivindica asimismo que «con esta ley orgánica de amnistía las Cortes Generales acuden de nuevo a un mecanismo constitucional que refuerza el Estado de Derecho para dar una respuesta adecuada más de diez años después del comienzo del proceso independentista, cuando ya se han superado los momentos más acusados de la crisis y toca establecer las bases para garantizar la convivencia de cara al futuro».

«No invade otros espacios»

A continuación la Ley de Amnistía deja otro recado a los jueces. Sostiene que supuestamente «al asumir las Cortes Generales esta decisión de política legislativa, no solo no invaden otros espacios, sino que, muy al contrario y en uso de sus competencias, asumen la mejor vía de las posibles para abordar, desde la política, un conflicto político».

Los partidos impulsores de la norma agregan igualmente que «esta ley orgánica es un paso más en un camino difícil, pero a la vez valiente y reconciliador; una demostración de respeto a la ciudadanía y de que la aplicación de la legalidad es necesaria, pero, en ocasiones, no es suficiente para resolver un conflicto político sostenido en el tiempo».

«Por tanto, esta amnistía constituye una decisión política adoptada bajo el principio de justicia en el entendimiento de que los instrumentos con los que cuenta un Estado de Derecho no son, ni deben ser, inamovibles; toda vez que es el Derecho el que está al servicio de la sociedad y no al contrario, y que por tanto este debe tener la capacidad de actualizarse adaptándose al contexto de cada momento», finalizan.

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