La amnistía que exige Junts obliga a devolver todas las multas «con intereses» a las «víctimas» del 1-O
La amnistía para los «4.000 represaliados» del procés es la condición indispensable para que Junts facilite la investidura de Pedro Sánchez. Una exigencia que no tiene encaje constitucional y de la que depende la permanencia del líder socialista en La Moncloa. A falta de conocer los detalles de esa propuesta, ya existe un precedente que lleva la firma de Junts: la proposición de ley de amnistía que el partido de Puigdemont -con ERC, CUP y PDeCAT- registró en 2021 en el Congreso para resolver lo que llaman «la venganza del Estado». La iniciativa ni siquiera superó la admisión a trámite por inconstitucional
El texto acerca a lo que será la reivindicación que el ex presidente prófugo trasladará en la negociación con Sánchez. Las bases de la amnistía son claras.
La proposición consta de seis artículos y una disposición final. Su primer apartado dice así: «Quedan amnistiados todos los actos de intencionalidad política, cualquiera que fuera su resultado, tipificados como delitos o como conductas determinantes de responsabilidad administrativa llevadas a cabo desde el 1 de enero de 2013 y hasta el momento de la entrada en vigor de esta ley, cualquiera que sea su denominación y contenido. Se entenderá como intencionalidad política cualquier hecho vinculado a la lucha democrática por la autodeterminación de Cataluña».
Con ello se refieren a la «preparación, organización, convocatoria, financiación, favor, promoción, ejecución y celebración tanto del proceso participativo sobre el futuro político de Cataluña del 9 de noviembre de 2014 como del referéndum de autodeterminación del 1 de octubre de 2017, así como los actos de protesta en la vía pública con el fin de defender el citado referéndum o criticar las actuaciones de las autoridades gubernamentales o jurisdiccionales».
Además de los procesos penales, «quedan incluidos en la amnistía, todos los delitos y faltas administrativas» a los considerados «represaliados» del procés.
La amnistía no sólo se aplicará a la extinción de la condena y, en su caso, la excarcelación correspondiente. También «determinará la reintegración en la plenitud de sus derechos activos y pasivos a los funcionarios sancionados, así como su reingreso en los cuerpos a los que pertenezcan, si hubieran sido separados», con el reconocimiento de la antigüedad correspondiente. Asimismo, «se devolverán las fianzas y abonos, las sanciones o multas de carácter económico serán devueltas junto con el interés legal del dinero, así como todo tipo de embargos». La amnistía también anularía despidos y suspensiones de empleo, «restituyendo a los afectados todos los derechos».
El texto registrado entonces en el Congreso también ponía plazo de ejecución: «Las decisiones de excarcelación serán acordadas y ejecutadas inmediatamente». El resto, «en un plazo máximo de dos meses».
Cuando se presentó esta iniciativa parlamentaria, Puigdemont llevaba ya cuatro años huido en Bruselas. La Mesa del Congreso rechazó tramitarla por inconstitucional, con los votos en contra del PSOE, PP y Vox. Podemos sí apoyó la tramitación parlamentaria.
El rechazo se sustentó en un informe de los letrados del Congreso, en el que advertían de que la amnistía no tiene anclaje en la Constitución y choca con la prohibición de conceder indultos generales.