AVISO A PROPIETARIOS

El Código Civil lo confirma: tu vecino puede ir a por ti y no hay vuelta atrás

A partir de marzo, las distancias de árboles y setos con la finca de al lado serán sagradas: si no cumples, tendrás que podar por ley

El endurecimiento en la vigilancia de las propiedades privadas abre la puerta a reclamaciones y sanciones económicas por invasión

El artículo 7.1 de la Ley de Propiedad Horizontal lo hace oficial: prohibido tender en el patio interior de tu comunidad

Código Civil
Vecinos discutiendo.

Se acabó la paciencia con las ramas que invaden el jardín de al lado o las raíces que levantan muros ajenos. El marco legal en España es tajante y el Código Civil deja claro que la convivencia no es una cuestión de buena voluntad, sino de medidas exactas. Con la llegada de marzo, los propietarios de viviendas con jardines, setos o arboledas deberán revisar con metro en mano sus perímetros.

Si tus árboles o arbustos no respetan las distancias mínimas legales con la propiedad del vecino, este tiene el derecho de «ir a por ti» legalmente, obligándote a realizar la poda de inmediato y, en caso de negativa, exponiéndote a sanciones y gastos judiciales que no tienen vuelta atrás.

Las medidas que debes cumplir: 50 cm y 2 metros

No es una sugerencia, es una obligación legal que afecta a miles de propietarios en España. La normativa establece unas distancias mínimas que, si se incumplen, dan pleno derecho al vecino afectado a reclamar judicialmente:

  • Árboles altos: deben plantarse a una distancia mínima de 2 metros de la línea divisoria de las propiedades.
  • Arbustos y setos: si se trata de arbustos o árboles bajos, la distancia mínima se reduce a 50 centímetros de la pared o linde del vecino.

El objetivo de esta norma es evitar que las copas quiten luz, que la caída de hojas ensucie la finca ajena o, lo que es más grave, que las raíces dañen las tuberías o cimientos del vecino. Si el árbol está más cerca de lo permitido, la ley permite exigir su arranque o poda sin excusas.

Código Civil
Árbol sobresaliendo la propiedad.

¿Qué puede hacer tu vecino si tus ramas invaden su casa?

El Código Civil español protege al vecino que sufre la invasión de vegetación ajena. Si tienes una propiedad y te encuentras en esta situación, debes saber que tienes la sartén por el mango:

  1. Ramas invasoras: si las ramas de un árbol ajeno se extienden sobre tu jardín o patio, puedes exigir al dueño que las corte. Tú no puedes cortarlas por tu cuenta sin permiso (podrías ser multado), pero sí puedes obligar legalmente a que él lo haga.
  2. Raíces rebeldes: aquí la ley es más drástica. Si las raíces de un árbol vecino se meten en tu propiedad, el Código Civil te permite cortarlas tú mismo dentro de los límites de tu suelo sin necesidad de pedir permiso previo, aunque siempre es recomendable avisar para evitar conflictos mayores.

Multas y sanciones: ¿cuánto te puede costar?

Ignorar la petición de un vecino para podar un seto o árbol que incumple las medidas puede salir muy caro. A partir de marzo (cuando se intensifica esta problemática), se espera un aumento en las inspecciones y reclamaciones. Si el caso llega a los tribunales:

  • Tendrás que pagar el coste de la poda de forma obligatoria.
  • Podrías ser condenado a pagar los daños y perjuicios causados (muros agrietados, humedades, etc.).
  • Te enfrentarás al pago de las costas judiciales del proceso.

La recomendación económica es clara: sale mucho más barato contratar un servicio de jardinería profesional antes de que llegue la notificación judicial.

Lo último en Economía

Últimas noticias