Tras el fallo europeo

El Supremo se pronunciará el próximo miércoles sobre eI IRPH de las hipotecas

Tribunal Supremo falla sobre las cláusulas suelo
Tribunal Supremo.

El Tribunal Supremo ha fijado el próximo miércoles, 30 de septiembre, como fecha para pronunciarse respecto a los recursos previamente admitidos a trámite sobre las hipotecas referenciadas al IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios). La decisión del Supremo llega meses después de que Europa dejara en manos de los jueces españoles dictaminar, caso a caso, su legalidad o falta de transparencia.

Está previsto que el pleno de la sala de lo Civil se reúna a partir de las 10:30 horas del miércoles para su votación y fallo, un encuentro que aguardarán con atención tanto los consumidores con IRPH como la gran banca, con una cartera de más de 16.000 millones en estas hipotecas.

El pasado marzo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acordó que fueran los tribunales nacionales los que decidieran acerca de la falta de transparencia de las hipotecas suscritas con IRPH o índice de referencia de préstamos hipotecarios, planteado como alternativa al euríbor.

Sin embargo, eludió declararlo nulo, en línea con lo establecido en noviembre de 2017 por el Supremo, que consideró que la mera referencia de una hipoteca a un índice oficial no implicaba falta de transparencia ni abuso alguno.

Esta libertad de criterio, que se ha plasmado en una «división» en los juzgados con sentencias a favor de la banca y de los consumidores, se debe, según la plataforma Reclama Por Mí, a la falta de elementos objetivos para valorar.

A tenor del último «Mapa judicial post-TJUE» elaborado por la asociación Asufin, desde el veredicto de Europa hasta mediados de julio, los tribunales habían dictado 28 sentencias favorables al consumidor, y 20, en contra.

«Es fundamental un criterio claro al que los jueces puedan atenerse para decidir si el IRPH es abusivo por falta de transparencia y las consecuencias de su uso», sostiene el consejero delegado de Reclama por Mí, Javier Moyano.

Desde la plataforma, creen que el Supremo puede bien aclarar qué se entiende por falta de transparencia y sus consecuencias o elevar una nueva cuestión prejudicial al TJUE.

En relación con el primer punto, explican, el alto tribunal deberá decidir si la falta de transparencia debe conllevar la nulidad del IRPH o si es lo que permite llevar a cabo el juicio de abusividad de la cláusula.

En ambos casos, «es posible que clarifique qué elementos objetivos deben considerarse necesarios para que sea válido, como la evolución del IRPH a lo largo de los años, la comparación con euríbor…».

Pero también podría devolver esta «patata caliente» a Luxemburgo para que aclaren cómo debería entenderse.

«Esperamos que no, ya que paralizará de nuevo todos los casos y las familias afectadas seguirían pagando 200 o 300 euros más al mes que si tuvieran su hipoteca referenciada al euríbor», señala Moyano.

Índice «abusivo» para los consumidores 

Creado en 1994, el IRPH es un índice oficial que elabora mensualmente el Banco de España. Aunque desde 2002 las hipotecas a tipo variable se calculan con la referencia del euríbor a un año, el IRPH es la segunda referencia más utilizada.

Las reclamaciones por su uso como índice principal se desencadenan entre 2013 y 2016, cuando se estabilizó en valores próximos al 2 %, mientras que el euríbor empezó a aproximarse a cero, hasta entrar en terreno negativo.

Esto hizo que en el caso del IRPH, las cuotas hipotecarias se mantuvieran estables e incluso se elevaran, mientras que con el euríbor se fueron reduciendo de forma considerable.

Los consumidores sostienen que las entidades se cubrieron del posible abaratamiento de las hipotecas al fomentar el IRPH, como sugieren desde Adicae, e insisten en que la banca «ha actuado de manera engañosa al comercializar un producto de difícil entendimiento con el gancho de que era favorable».

El sector, en cambio, argumenta que se trata de un índice fijado conforme a disposiciones legales que no había sido cuestionado hasta ahora, y rechazan compararlo con las cláusulas suelo al no formar parte de las condiciones contractuales.

Asufin cifra en 25.000 euros el perjuicio medio por pago de intereses a los clientes con IRPH. De acuerdo con los datos que maneja el mercado, la gran banca española suma una cartera hipotecaria referenciada al IRPH de unos 16.300 millones: CaixaBank alcanzaría los 6.446 millones; Santander, 4.300 millones; BBVA, 3.100 millones; Bankia, 1.600 millones, y Sabadell, 831 millones.

Lo último en Economía

Últimas noticias