¿Qué hago si tengo problemas con mi viaje contratado para Navidad?
He contratado un viaje con mi familia para pasar unos días en Navidad juntos. La última vez que nos fuimos de escapada tuve un problema con el hotel porque no se ajustaba a los servicios que había contratado, pero me dijeron que no podían hacer nada porque no tenían disponibilidad en otro hotel para alojarnos. Me gustaría saber qué debo hacer si me vuelve a pasar esta situación. ¿Cuáles son mis derechos como cliente? María L. C. (Salamanca).
Muchos son los que deciden irse de viaje a descubrir otros lugares durante la Navidad. Días de descanso, amigos, familia, diversión, y muchas más cosas, se reúnen en esas escapadas. Sin embargo, la experiencia se puede torcer cuando surgen problemas ajenos que acaban arruinando el viaje. Por ello, los ciudadanos deben tener claro siempre sus derechos como consumidores.
En algunas ocasiones, cuando llegas al hotel donde te vas a alojar resulta que no se ajusta a lo que habías contratado, por ejemplo, las fotografías que habías visto no corresponden con la realidad o las habitaciones carecen de ciertos servicios contratados. Si se dan esos casos, los consumidores deben saber que tienen derecho a exigir al sitio todo lo que se había contratado (ya sea en el mismo hotel u otro que puedan proporcionar) sin que ello suponga un aumento del precio o finalizar el contrato siendo devueltas todas las cantidades abonadas en la reserva.
No obstante, no hay que olvidar rellenar siempre la hoja de reclamaciones para dejar por escrito las irregularidades que se han hecho. En algunos casos, incluso, se podrá reclamar una compensación por daños y perjuicios ocasionados por el incumplimiento de lo contratado si se puede acreditar.
Además, el hotel es responsable de todos los daños y perjuicios causados a sus clientes durante la estancia, excluyendo casos de robo a mano armada u otro suceso de fuerza mayor, siempre y cuando por la pérdida o robo de objetos personales se haya informado al personal del establecimiento de su existencia y que los viajeros por su parte hayan tomado las precauciones indicadas por el establecimiento.
En el supuesto de que el viaje contratado fuese combinado, el cliente podría reclamar a la agencia o al organizador los servicios contratados y facilitar el regreso al lugar de partida sin que suponga un aumento en el precio pudiendo reclamar la indemnización por los daños y perjuicios sufridos.
En el caso de que el problema en el viaje viniese por una cancelación en el vuelo, el cliente deberá ser recompensado con una indemnización, además de ser reembolsado el coste del billete o haber obtenido un transporte . alternativo que incluya los gastos de “atención” (llamadas, manutención, estancia …) así como la devolución del dinero en 7 días máximo.
La cuantía de la indemnización varía según la distancia del vuelo, es decir, para los vuelos de hasta 1500 km serán 250 euros, para los vuelos intracomunitarios de más de 1500 km y para los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 km son 400 euros, y para el resto de los vuelos son 600 euros. Pero no hay que olvidar que en estos casos se debe estudiar de manera individual ya que, si la compañía ha preavisado con tiempo y forma ofreciendo alternativas, podrían eximir su obligación de indemnizar.
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