La inoperancia de Sánchez pone en jaque a centenares de miles de autónomos en España
Los autónomos españoles se están movilizando de forma activa frente a lo que consideran un atropello del Gobierno en plena de la crisis del coronavirus. Acusan al Gobierno de mentir al decir, en palabras del ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, que «todos los autónomos obligados a cerrar por el estado de alarma o con una caída de ingresos del 75% ya tienen derecho a una prestación» y que «estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social». Lo cierto es que, salvo que cambie la legislación, el pago de finales de mes tendrán que abonarlo. La duda es: ¿Con qué ingresos?
La realidad en la siguiente: centenares de miles autónomos no tienen liquidez, tienen las cuentas negativo y las pólizas de crédito excedidas. Con las normas actuales, muchos no podrán pagar las cuotas y los impuestos o, para hacerlo, tendrán que ir al banco a endeudarse. En el caso de que no se pueda pagar la cuota de marzo -que es la que asociaciones como ATA están pidiendo suprimir, junto a la de abril-, se podrían acumularían deudas, recargos… Esto les impediría pedir prestaciones futuras por no estar al corriente con las obligaciones con el Fisco. La pescadilla que se muerde la cola, avisa el colectivo.
A esto se suma que, según el plan del Gobierno, en los impuestos tampoco se va a aplazar su presentación, lo que llevará irremediablemente a un peregrinaje de autónomos a las asesorías en pleno estado de alarma y con el consiguiente riesgo sanitario. Mientras tanto, en países como Francia o Italia sí han suspendido cotizaciones e impuestos a autónomos y pymes. Lo mismo ha ocurrido en Estados Unidos, que ha paralizado todos los impuestos federales a las pymes y a los autónomos. España está a la cola de Europa en las ayudas a este colectivo.
Lagunas en la legislación
ATA ha analizado el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo de medidas extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del coronavirus, que prevé en su artículo 17 la prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores por cuenta propia o autónomos afectados por la declaración de estado de alarma y exonera de pagar las cuotas de Seguridad Social, así como, tras el análisis del Criterio 5/2020 de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social para la aplicación del mencionado artículo.
En primer lugar, los autónomos explican que el plazo para la solicitud para la prestación extraordinaria es desde el 15 de marzo hasta el próximo 14 de abril, y al haberse prorrogado el estado de alarma hasta el 12 de abril, el plazo de solicitud se ampliaría hasta el 29 de abril.
Sin embargo, el criterio de aplicación de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social (DGOSS), donde se concreta el procedimiento para su solicitud y la documentación acreditativa a acompañar con la misma, a 23 de marzo aún no se ha difundido. «Ello supone que, por un lado, puede haber errores formales en las solicitudes presentadas hasta ahora y que, por tanto, éstas sean denegadas. Y, por otro lado, que habrá una avalancha de solicitudes en función del criterio de la DGOSS una vez se difunda el criterio de aplicación», explica ATA.
Es decir, que los trabajadores autónomos y sus gestores tendrán menos de 9 días naturales y 7 hábiles, para recopilar la documentación acreditativa, presentar la solicitud ante sus mutuas, y que éstas resuelvan antes del 31 de marzo, día en el que se pagan las cuotas correspondientes al mes de marzo.
De la misma forma, y dada la prórroga del estado de alarma, el plazo de solicitud de la prestación se amplía hasta el 29 de abril, sólo un día antes de que se carguen las cuotas de autónomos de abril.
Todo ello, cuando los autónomos y colaboradores sociales están en una situación de aislamiento, con negocios cerrados donde tienen la documentación, con movilidad limitada y muchos en situación de teletrabajo. Además, a esto hay que sumar la situación de operatividad limitada de las mutuas en estos momentos.
Según ATA, todo ello supone que el próximo 31 de marzo y el 30 de abril todos los autónomos, menos aquellos que hayan visto resueltas sus solicitudes, pagarán sus cuotas a la Seguridad Social, si no se suspende su cobro.
Para más inri, la Seguridad Social no descarta que en el caso de que se pague la cotización sea el autónomo el que tenga que solicitar la devolución posteriormente. «Es decir, se pagarán las cuotas de autónomos y luego habrá que solicitar su devolución en un nuevo trámite», explica la organización que preside Lorenzo Amor. La solicitud de devolución deberá acompañar la solicitud de la prestación, así como la documentación acreditativa del pago, excluyendo a todos aquellos que la hayan presentado antes del 31 de marzo y el 30 de abril, día en que se descuentan las cuotas.
Según los autónomos, la devolución de oficio tampoco es la solución porque las cuentas de los autónomos no tienen liquidez y, de cargarse las cuotas, muchos recibos serán devueltos y generarán el consecuente recargo. «Aún estamos a tiempo de suspender la remesa de las cuotas de marzo y abril», avisa ATA. El planteamiento de Amor es que a aquellos autónomos que no tengan derecho a recibir la prestación o no la hayan solicitado, se regularice la situación en julio o en agosto, cuando ya la crisis del coronavirus disminuya.
De esta forma, según ATA, se respondería a la situación real de los autónomos y no se generará frustración y malestar en el colectivo al ver que se giran las cuotas de las que supuestamente estarían exonerados. Sin embargo, el Gobierno sigue haciendo caso omiso, por el momento, a estas reclamaciones de los trabajadores por cuenta propia, que son cerca de tres millones en España.