Hacienda te vigila y en 2026 estas obligado a dar el nombre de los titulares de la tarjeta si gastas este dinero
Hacienda aumentará el control sobre los bancos y los ciudadanos a partir de 2026

Hacienda aumentará el control sobre los movimientos de los ciudadanos en 2026. A partir del 1 de enero se introducen varias novedades que tienen que ver con la obligación de los bancos y entidades de crédito de poner en conocimiento de la Agencia Tributaria todas las transacciones que se realicen con todo tipo de tarjetas, ya sea en soporte físico o virtual. Consulta todo lo que prepara Hacienda de cara a 2026 con el objetivo de evitar el fraude fiscal y el blanqueo de capitales.
María Jesús Montero y su ministerio de Hacienda siguen en su firme lucha contra el fraude fiscal y por ello ya se ha legislado para que a partir de 2026 la Agencia Tributaria tenga controlados todos los movimientos de dinero de los ciudadanos. Estos cambios tienen que ver mayoritariamente con las transacciones que a día de hoy se realizan con tarjetas de crédito, especialmente en soporte virtual. Por ello, ya se ha cambiado la ley para que tanto bancos como otras entidades de crédito informen periódicamente al fisco sobre las cuentas de los españoles.
«Modificaciones en materia de obligaciones de información», se puede leer en la página oficial de la Agencia Tributaria, en un escrito publicado el pasado 2 de abril de 2025. «En el BOE de 2 de abril se publica el Real Decreto 253/2025, de 1 de abril, por el que se modifican, en materia de obligaciones de información, el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, y el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio», informa.
La Agencia Tributaria también anuncia la modificación del artículo 69.9 del Reglamento del IRPF y también la modificación de los artículos 37, 38, 38 bis, 38 ter del Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio. Todos ellos tienen que ver con la obligación de los bancos y entidades de crédito de informar sobre las cuentas en las entidades financieras, los préstamos, créditos o movimientos en efectivo, los cobros efectuados mediante pagos asociados al teléfono móvil y las operaciones realizadas con todo tipo de tarjetas. Estos son los cambios más importantes que prepara Hacienda de cara a 2026.
Los cambios de Hacienda en 2026
Una de las principales novedades que introducirá Hacienda en 2026 tiene que ver con la modificación del artículo 37, que habla de la «obligación de informar acerca de cuentas en entidades financieras». A partir del 1 de enero, los bancos tendrán que informar a la Agencia Tributaria de:
- La identificación completa de las cuentas.
- Los datos identificativos de las personas o entidades que sean sus titulares.
- Los saldos de las cuentas a 31 de diciembre y el saldo medio correspondiente al último trimestre del año.
- Los importes totales de los cargos y abonos del ejercicio.
«La información a suministrar se referirá a todo tipo de cuentas, bancarias y no bancarias, cuentas corrientes, de ahorro, imposiciones a plazo, cuentas de crédito, cuentas de pago y cualesquiera otras cuentas con independencia de la modalidad o denominación que adopten, aunque no exista retribución, retención o ingreso a cuenta», se puede leer en el Boletín Oficial del Estado.

Por lo que respecta al artículo 38, que rige la «obligación de informar acerca de préstamos y créditos, y de movimientos de efectivo», especifica que se tendrá que informar de la declaración de saldos por importes superiores a 6.000 euros y «las imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento, que se realicen en moneda metálica o billetes de banco cuando su importe sea superior a 3.000 euros».
A partir de 2026, Hacienda también obligará a los bancos a «informar acerca de los cobros efectuados mediante cualquier tipo de tarjetas y mediante pagos asociados a números de teléfono móvil». Por ello, las entidades financieras se verán «obligadas a presentar una declaración informativa mensual de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales».
Hacienda pondrá el foco en 2026 en las operaciones realizadas «con todo tipo de tarjetas, con soporte físico o virtual, que ofrezcan funciones de efectivo, débito, débito diferido, crédito y dinero electrónico, en cualquier moneda». Los bancos tendrán que informar sobre estas operaciones siempre que los abonos registrados superen los 25.000 euros. «Quedan excluidas de la presente obligación informativa las tarjetas cuyo importe total de cargos y cuyo importe total de abonos registrados en el ejercicio hayan sido inferiores a 25.000 euros», dice la nueva modificación en la ley introducida por la Agencia Tributaria de cara a 2026.