SENTENCIA HISTÓRICA DEL SUPREMO

El Tribunal Supremo lo hace oficial: si un festivo cae en sábado, la empresa está obligada a compensarlo

La Justicia determina que el descanso semanal y los días festivos son derechos distintos que no pueden "pisarse" entre sí

Las compañías ya no podrán dar por perdido un festivo cuando coincida con el día de libranza del trabajador

El Tribunal Supremo lo confirma: si te despiden estando de baja se te restará el paro hasta que te recuperes

festivo
El Tribunal Supremo falla en favor del trabajador: a partir de ahora, cada festivo cuenta, caiga cuando caiga.

Se acabó la resignación de los trabajadores al revisar el calendario laboral. Una reciente y trascendental sentencia del Tribunal Supremo ha puesto fin a una de las prácticas más comunes en las empresas españolas: la pérdida de los días festivos que coinciden con el fin de semana. A partir de ahora, si un festivo cae en sábado (o en el día de descanso habitual del empleado), la empresa está obligada por ley a compensarlo.

La Justicia blinda así un derecho que hasta ahora se consideraba «perdido» por puro azar del calendario, obligando a las compañías a devolver ese tiempo de descanso.

Un festivo no es un día libre: la clave de la sentencia

El núcleo de la decisión de Justicia reside en una distinción lógica pero que muchas empresas ignoraban: un día de descanso semanal no es lo mismo que un festivo. Mientras que el descanso ordinario sirve para la recuperación física del trabajador, el festivo tiene una naturaleza social y legal vinculada al calendario.

El Supremo argumenta que permitir que un festivo sea «absorbido» por un día libre supone una pérdida de derechos injustificada. Si el calendario marca un festivo y este coincide con la jornada en la que el empleado ya libraba, la empresa debe ofrecer un día alternativo para disfrutar de esa fiesta. De lo contrario, se produciría un agravio comparativo entre trabajadores dependiendo de qué días de la semana tengan asignados para su descanso.

@maximino.laboralEl Tribunal Supremo ha dejado claro que si un festivo cae en un día que para ti ya es no laborable (por ejemplo, sábado o domingo si no trabajas esos días), la empresa debe compensarlo. Los festivos no pueden perderse por coincidir con un día de descanso habitual. Si no lo disfrutas en ese momento, deben darte un día alternativo o la compensación correspondiente. TribunalSupremo#Festivos
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¿Cómo deben actuar las empresas a partir de ahora?

Esta resolución supone un cambio radical en la logística de los departamentos de Recursos Humanos. El fallo se apoya en la normativa vigente (como el Real Decreto 2001/1983) para recordar que los festivos son retribuidos y no sustituibles.

Los puntos clave que establece la Justicia son:

  • Compensación obligatoria: si el festivo y el descanso coinciden, la empresa debe conceder un día de libranza diferente.
  • Prohibición de la absorción: las compañías ya no pueden decir que el festivo «ya está incluido» en el descanso semanal.
  • Opción económica: en casos excepcionales donde no sea posible dar el día libre por razones organizativas, la empresa deberá abonar esas horas con un incremento mínimo del 75%, tal y como marca la ley.

Un aviso para el calendario de 2026

Esta doctrina llega en un momento crucial de 2026, un año donde varios festivos nacionales y locales caen en sábado. Con esta sentencia en la mano, los trabajadores obtienen un precedente clave para reclamar sus días.

El Supremo deja claro que el derecho al descanso es sagrado y que la «suerte» del calendario no puede ser una excusa para que los empleados trabajen más días de los que legalmente les corresponden. A partir de ahora, cada festivo cuenta, caiga cuando caiga.

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