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La CNMV reitera la prohibición de usar información privilegiada aunque no haya informes trimestrales

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Fachada de la CNMV en Madrid.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha subrayado este miércoles que, a pesar de que ya no exista la obligación de publicar los informes periódicos trimestrales, estos estados financieros «podrían contener información privilegiada», y, por tanto, toda persona que conozca esta información «debe abstenerse de operar sobre el valor en cuestión mientras la información no sea pública”.

El regulador bursátil español ha recordado que el pasado 3 de mayo de 2021 entró en vigor la Ley 5/2021, de 12 de abril, que modifica el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y otras normas financieras, en lo que respecta al fomento de la implicación a largo plazo de los accionistas en las sociedades cotizadas.

Con motivo de este cambio, la CNMV informó del cese de la obligación de elaborar y publicar la información financiera con carácter trimestral y que afectaba a los emisores cuyas acciones estaban admitidas en un mercado regulado español o en otro mercado regulado domiciliado en la Unión Europea, cuando España era su Estado miembro de origen. Asimismo, ha subrayado que existe la posibilidad de la posibilidad de que los emisores puedan continuar publicando dicha información de forma voluntaria.

En este contexto, el regulador ha considerado conveniente aclarar que la restricción a la operativa durante períodos limitados (closed periods) aplicable a todas las personas con responsabilidades de dirección en un emisor, resulta solamente de aplicación respecto de la publicación del informe financiero intermedio o anual que el emisor deba publicar de conformidad con las normas del centro de negociación. Por lo tanto, ha subrayado “la restricción no aplica a las publicaciones de información trimestral que los emisores lleven a cabo de forma voluntaria”.

Sin embargo, la CNMV ha recordado que, aunque no exista ya la obligación de publicar información periódica trimestral, “los estados financieros trimestrales podrían contener información privilegiada en determinados casos”, por lo que “todas las personas que conozcan dicha información, con independencia de que sean o no personas con responsabilidades de dirección, deben abstenerse de operar sobre el valor en cuestión mientras la información no sea pública.

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