Cuentas bancarias

El Banco de España manda un aviso a las personas con cuentas conjuntas: no podrás sacar dinero si uno fallece

Banco de España cuentas conjuntas
Blanca Espada

En muchas familias es habitual que se tengan cuentas conjuntas para gestionar pagos o juntar ahorros, pero casi nunca se piensa en qué pasa si uno de los titulares fallece. Damos por hecho que el otro podrá seguir usando el dinero como siempre y que nada cambia. Sin embargo puede que sea ahí  donde empiezan los problemas, porque en cuanto el banco recibe la noticia del fallecimiento, la operativa deja de ser tan automática como muchos imaginan. Y lo cierto es que el Banco de España avisa de ello con respecto a la operativa de las cuentas conjuntas cuando uno de los titulares muere.

El Banco de España nos recuerda que el dinero de las cuentas conjuntas no queda libre para el titular que sigue vivo. De este modo, aunque haya usado esa cuenta durante años, no podrá mover ni un euro sin el permiso de todos los herederos del fallecido. Y ese trámite, según reconocen los propios bancos, puede alargarse más de lo que a cualquiera le gustaría ya que tras informarse del fallecimiento, lo normal es que el acceso quede bloqueado, no se puedan hacer transferencias y retirar efectivo deje de ser una opción. Y si no hay acuerdo con los herederos, el dinero se queda quieto y el otro titular se ve obligado a esperar. Por eso el Banco de España insiste en entender bien qué tipo de cuenta se tiene y cómo funciona antes de encontrarse con un bloqueo inesperado.

El Banco de España manda un aviso a las personas con cuentas conjunta

El Banco de España lo explica de forma tajante: si una cuenta es conjunta, los titulares sólo pueden operar con la aprobación de todos, y esa norma se mantiene incluso tras un fallecimiento. En sus palabras, «los demás no podrán disponer del dinero que hay en ella, salvo que tengan el consentimiento expreso de todos los herederos del titular fallecido».

Eso significa que el titular superviviente no puede mover fondos por sí mismo, independientemente del tiempo que haya sido usuario de esa cuenta o de la cantidad de dinero que haya aportado. Técnicamente, la cuenta queda parcialmente paralizada hasta que los herederos autorizan cualquier movimiento. Durante ese tiempo únicamente pueden seguir cargándose los recibos domiciliados con anterioridad, y siempre que no exista oposición formal. Todo lo demás queda bloqueado.

¿Y si la cuenta es indistinta? El matiz que lo cambia todo

El aviso del Banco de España aclara también que no todas las cuentas compartidas funcionan igual. Las cuentas indistintas, aunque también tienen varios titulares, permiten operar de manera individual. Es decir, cualquiera de los titulares puede retirar o ingresar dinero sin necesidad de la aprobación del otro.

En este caso, la situación tras el fallecimiento cambia por completo. El organismo señala que en las cuentas indistintas «se podrá seguir disponiendo del dinero después del fallecimiento de uno de los titulares», aunque más adelante habrá que ajustar la parte correspondiente a la herencia. Por ello, esta posibilidad de operar con libertad también supone un mayor riesgo dado que un titular puede disponer de todo el saldo sin consentimiento del otro pero es posible que luego tenga que rendir cuentas, como decimos, frente a la herencia. Por eso estas cuentas se suelen utilizar siempre en contextos de plena confianza.

Qué pasa si no hay acuerdo con los herederos

En el caso de que no se llegue a un acuerdo con los herederos, es cuando surge el primero y principal problema. Si la cuenta es conjunta y los herederos no dan su autorización, el superviviente no podrá acceder a su propio dinero. No podrá sacar efectivo, hacer transferencias ni realizar pagos. La cuenta queda bloqueada a la espera de que se aclare la titularidad del saldo y el reparto correspondiente a la herencia.

Esta situación puede comprometer la economía del titular superviviente, que de repente se encuentra sin acceso a fondos que quizá utiliza para gastos básicos. Por eso es muy importante conocer de antemano cómo funcionan estas cuentas y valorar si realmente se ajustan a las necesidades de cada familia o en determinadas circunstancias pueden ser algo bueno o en realidad, todo lo contrario.

La recomendación del Banco de España para evitar problemas

El organismo insiste en que lo primero que debe hacerse cuando fallece uno de los titulares es comunicarlo al banco. Ocultar esa información no sólo no evita el bloqueo, sino que puede generar conflictos legales posteriores, especialmente si parte del dinero pertenece al fallecido. Por este motivo, la recomendación es clara al respecto de saber bien qué tipo de cuenta tenemos, entender también cuáles son las implicaciones legales y por último, tomar decisiones antes de que surja un problema. En muchos casos, revisar la modalidad de la cuenta o pedir asesoramiento es también una buena solución para que podamos evitar situaciones complicadas en un momento que puede ser especialmente delicado.

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