Adiós a la declaración de la Renta en 2026: el giro que afecta a las personas de esta lista
Los desempleados finalmente no tendrán que presentar la declaración de la renta en 2026
Los desempleados no tendrán que presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2025 en el próximo abril de 2026. El Gobierno confirmó hace unos días que aproximadamente 2,5 millones de españoles estarán exentos de presentar sus ingresos correspondientes a este año conforme figuraba en el Real Decreto-ley 2/2024, que obligaba a todos los perceptores de un subsidio del SEPE a presentar la declaración bajo riesgo de perder la ayuda. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre las obligaciones en la campaña de la renta 2026.
Llega el final de año y los contribuyentes españoles ya están cuadrando cuenta y estudiando las deducciones que aplicar de cara a la declaración de la renta del próximo 2026. La campaña correspondiente a los ingresos de 2025 comienza el próximo 8 de abril y hasta el 30 de junio los ciudadanos que cumplan con los requisitos tendrán que presentar por internet las declaraciones de Renta y Patrimonio 2025. A partir del 6 de mayo se abrirá el plazo para hacer la declaración vía telefónica y en el último mes de junio se podrá hacer de forma presencial.
Finalmente, los alrededor de 2,5 millones de españoles que son beneficiarios de un subsidio del Servicio de Empleo Público Estatal no tendrán la obligación de presentar la declaración de la renta. En otro giro de guion de los que acostumbra el Gobierno a la deriva de Sánchez, finalmente se ha quitado esta obligación establecida en el Real Decreto-ley 2/2024, que obligaba a los desempleados a presentar la declaración bajo riesgo de perder la ayuda. En la pasada campaña de la declaración finalmente quitó esta imposición y ahora ha sido retirada definitivamente.
Los desempleados y la renta en 2026
El Consejo de Ministros llegó hace unos días a esta decisión tras aprobar y publicar posteriormente en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre, por el que se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, y se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social.
Una de las principales medidas de este Real Decreto-ley del Gobierno fue eliminar la obligación a los desempleados de presentar la declaración de la renta. El Gobierno reculó y lo argumentó afirmando en la norma que esta obligación a los desempleados de presentar la renta en 2026 «excede la intención de la norma, que inicialmente fue la de dotar de una fuente adicional de información a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo».
Por ello, la nueva norma informa que «resulta así necesaria la supresión de esta obligación de presentar declaración por IRPF a los beneficiarios de la prestación por desempleo». Esto beneficiará a los más de 2,5 millones de contribuyentes obligados a declarar el IRPF, de los cuales el 75% tienen rentas por desempleo que no llegan a los 5.400 euros anuales.
Sí que tendrán que presentar la declaración de la renta en 2026 los desempleados que tengan otros ingresos que les hagan superar ciertos límites, los que quieran acogerse a ciertas deducciones y otros casos que estén previstos en la Ley 35/2006 del IRPF. El resto de los desempleados que no cumplan estos requisitos no tendrán la obligación de presentar la declaración de ingresos de 2025 en la próxima campaña de la renta en 2026. Los perceptores del subsidio para mayores de 52 años sí que tendrán que presentar la declaración anual de ingresos como está establecido por ley.
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