El relato ‘indepe’ se desmorona

Al final, lo que importa es la sentencia. Lo digo por la opinión del abogado de la UE sobre la amnistía. Que, según se mire, puede verse como un vaso medio vacío. Pero pillemos, por ejemplo, el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del pasado jueves. Confirma que el proceso siempre fue un castillo de naipes.
Uno de los mantras que circuló profusamente entonces fue que la justicia europea daría la razón a los indepes. Los jueces españoles eran unos fachas que practicaban el lawfare. La misma acusación ha sido asumida luego por el PSOE en cuanto la justicia española se ha puesto a investigar a la mujer del presidente o a su hermano.
Lamentablemente, el fallo sólo está en francés. Son 79 páginas. No obstante, como yo soy de la EGB y del Frère Jacques (aquella canción que nos hacían aprender en clase), me he tomado la molestia de leerlo entero para hacerles un resumen.
Que conste que la decisión ha sido tomada por unanimidad de los siete jueces. Sólo una es española. La sala estaba presidida por una magistrada checa. El resto eran de San Marino, Suiza, Moldavia, Ucrania y Armenia. Hay que decir también que la derrota no es sólo de los tres demandantes: Jordi Sánchez, Jordi Turull y Oriol Junqueras. Lo es igualmente de sus abogados: Jordi Pina para los dos primeros. Y Andreu Van den Eynde para Junqueras. Lástima que no estuviera Gonzalo Boye, que antaño iba diciendo que Europa les daría la razón. Los tres consideraban que su prisión preventiva vulneraba el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
En otras palabras, que España era como Turquía, comparación que hacían con frecuencia en los momentos álgidos del proceso. Hasta hubo un consejero, Miquel Buch, ahora caído en desgracia, que llegó a hacer la comparación con Corea del Norte. Pero el cronista no sabe si el ex consejero en cuestión ha estado nunca en el país de Kim Jong-un. Ni que sea como turista.
Es bien sabido, en todo caso, que Buch no es que no terminara la universidad, sino que ni siquiera terminó la FP. La falta de formación académica no le impidió, sin embargo, llegar a titular de Interior. Con mando en plaza nada menos que sobre 17.000 agentes de los Mossos d’Esquadra. En tan importante cometido debía influir, sin duda, que empezó como portero en una conocida discoteca del Maresme.
Aunque, volviendo al contenido, es tan extensa porque analiza uno a uno los argumentos de los demandantes. También, por supuesto, del Gobierno español, que en este caso ni se dejó vencer por el relato ni miró hacia otro lado. Quiero aprovechar, pues, para felicitar a los abogados que representaban al Estado: M. A. Brezmes Martínez de Villarreal, M. L. Vacas Chalfoun y H. E. Nicolás Martínez. Una victoria aplastante.
El rapapolvo es, por otra parte, para el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria. Un comité técnico de la ONU, que en el 2019 vio improcedentes las detenciones, reclamó a España la libertad de los presos e incluso pidió indemnizaciones para ellos. El texto es, en el fondo, una historia pormenorizada del proceso. Empieza recordando que todo comenzó el 19 de diciembre del 2012. Cuando el entonces presidente de la Generalitat, Artur Mas, firmó con Esquerra un «acuerdo para la transición nacional».
Los entrenadores de futbol, antes de un partido importante, suelen hacer el entrenamiento a puerta cerrada. Pero estos iban tan de sobrados que iban difundiendo la estrategia a seguir. Así, el 23 de enero del 2013, aprobaron en el Parlament la llamada «declaración de soberanía» para hacer efectivo «el derecho a decidir». Lo del derecho a decidir era un eufemismo de «derecho de autodeterminación». Para no asustar al personal, le cambiaron el nombre.
En febrero de ese mismo año fue creado incluso un órgano consultivo: el Consejo Asesor para la Transición Nacional. Y se puso al frente a un antiguo vicepresidente del TC, Carles Viver i Pi-Sunyer, que tiene incluso la Gran Cruz de la Orden de Isabel la Católica. El organismo en cuestión elaboró un total de 18 informes.
El 9 de noviembre del 2014 se celebró la consulta de Artur Mas, precedente de la que tenía que ser la definitiva, Y en septiembre del 2017, de madrugada, aprobaron la Ley de Referéndum y la de Transitoriedad. Finalmente, el 1 de octubre se celebró el referéndum.
El propio tribunal remarca, no obstante, que votó sólo el 40% del censo electoral. Remarca que «la democracia representa el elemento fundamental del ‘orden público europeo’» y que nada pueda amenazarla. Ni siquiera una declaración unilateral de independencia. Especifica que los demandantes fueron encarcelados “por delitos graves” y que ello justifica que no fueran puestos en libertad para participar en las elecciones.
«La gravedad del delito en cuestión y el contexto social y político en el momento de los hechos son factores que sin duda deben tenerse en cuenta al evaluar la proporcionalidad de las restricciones», afirma. El Tribunal llega a la conclusión de que las autoridades españolas «ponderaron los diversos intereses en juego de una manera que no puede calificarse de arbitraria y sin infringir la libre expresión de la opinión pública». «La denegación de sus solicitudes de libertad y la suspensión de sus funciones parlamentarias no fueron incompatibles con la esencia misma del derecho a ser elegido y a ejercer el mandato parlamentario», reitera por último.
Incluso, en el caso de Jordi Turull, explica que los actos atribuidos a él «menoscaban los principios esenciales del Estado de Derecho y del ordenamiento constitucional español. Junto con otros coacusados (continúa), el individuo en cuestión pretendía la secesión de la región de Cataluña del resto del territorio nacional, mediante mecanismos no previstos en la Constitución».
Por todo ello, considera que la justicia española aportó razones «pertinentes» y «suficientes» para justificar la prisión preventiva y que existían motivos más que razonables para «preservar el orden constitucional». En resumen, España es un estado democrático que tenía derecho a defenderse. No hay más preguntas, señoría.