El alcalde de Parla (PSOE) obliga a los funcionarios a fichar con biometría, ilegal en contexto laboral
Algunos trabajadores se han negado a dar sus datos y temen represalias por parte del Ayuntamiento
CC.OO quiere llevar el caso a los servicios jurídicos del sindicato para que determinen la legalidad de este sistema


El Ayuntamiento socialista de Parla quiere aplicar un nuevo sistema de control laboral para todos sus trabajadores y que este sea por sistema biométrico. Estos sistemas se basan en utilizar una variedad de datos, incluyendo huellas dactilares, reconocimiento facial, patrones de iris, y más. En una circular enviada por el alcalde de Parla a sus empleados, el Consistorio especifica que, en este caso, se recogerán distintos puntos de la palma de la mano de los trabajadores municipales para después crear una secuencia alfanumérica y encriptarla mediante un algoritmo en una tarjeta.
Los trabajadores y los sindicatos ya han mostrado su rechazo a esta medida impuesta por el alcalde socialista de Parla, Ramón Jurado, y temen posibles represalias, ya que el regidor ha anunciado que es de carácter obligatorio para todos los empleados municipales. La recogida de datos ha comenzado este pasado 3 de marzo, pero los funcionarios insisten en que «darán la batalla» hasta que el Consistorio busque otra solución para el control de los horarios en el ámbito de trabajo.
Además, recuerdan que el reglamento de control y presencia firmado por las distintas secciones sindicales en 2023, contemplan otros sistemas de fichajes menos invasivos. Por ello, CCOO ha enviado toda la documentación necesaria a los servicios jurídicos del sindicato para que estudien lo ocurrido y determinen la legalidad de este sistema.
Desde el Ayuntamiento socialista se justifican diciendo que ellos no tendrán acceso a esos datos, sino que la tarjeta inteligente será entregada al empleado municipal, quien deberá custodiarla y velar por su conservación, en tanto se mantenga su relación laboral con el Ayuntamiento de Parla y debiendo ser devuelta cuando finalice la misma. En ese momento, «los datos de la tarjeta serán borrados», aseguran.
Protección de datos
En noviembre de 2023, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) publicó la Guía sobre la utilización de datos biométricos para el control de presencia y acceso, en la que establece directrices claras para el uso de estos datos en el entorno laboral. En este documento, la AEPD subraya que los empleadores deben optar por sistemas de fichaje que no impliquen la recolección ni el tratamiento de datos biométricos de las personas empleadas.
Según CCOO, como resultado de estas recomendaciones, el uso de huellas dactilares, así como otros sistemas de fichaje biométricos, queda fuera del marco legal en el contexto laboral.
Los datos biométricos han pasado de ser considerados datos de bajo riesgo a ser catalogados como datos de salud, lo que conlleva que, por ley, deben ser tratados con un nivel de protección alto. De acuerdo con la normativa vigente, cualquier tratamiento de datos biométricos se considera un «tratamiento de alto riesgo», ya que involucra categorías especiales de datos sensibles, ha explicado el sindicato Comisiones Obreras.
Esta actualización en la clasificación de los datos biométricos obliga a los responsables del tratamiento a adoptar medidas mucho más estrictas para garantizar la privacidad y la seguridad de los mismos. Además, la AEPD deja claro que el simple consentimiento de la persona empleada no es suficiente para justificar el uso de sistemas biométricos para el registro de la jornada laboral.
Aunque la obtención de consentimiento es un requisito fundamental en la protección de datos, en el caso de los datos biométricos, este consentimiento debe ser explícito, informado y otorgado de manera libre, lo cual no siempre es el caso en los entornos laborales. Por lo tanto, el uso de estos sistemas no garantiza automáticamente el respeto de la privacidad ni el cumplimiento de la legislación vigente.
La AEPD también establece que, para que el tratamiento de datos biométricos con el fin de registrar la jornada laboral sea legal, los responsables del tratamiento deben contar con un marco normativo que autorice explícitamente este tipo de práctica. Es decir, debería existir una ley que permita el uso de información biométrica en el ámbito laboral, algo que actualmente no se contempla en la legislación española. Esta falta de un marco legal específico para el uso de datos biométricos en el control de la jornada laboral refuerza la posición de la AEPD en cuanto a la prohibición de su utilización.
Por todo ello, CCOO extraen la siguiente conclusión: «el uso de huellas dactilares y otros sistemas biométricos para el fichaje y control de la jornada laboral no es legal en España, salvo que se adopten modificaciones legislativas específicas que autoricen dicha práctica. En consecuencia, los empleadores deben buscar alternativas a estos sistemas que respeten la normativa de protección de datos y garanticen la privacidad de sus empleados», ha advertido el sindicato.
Y añaden que las empresas deben tener en cuenta que el uso de tecnologías biométricas para el control laboral no solo plantea riesgos desde el punto de vista de la privacidad, sino que también podría acarrear importantes sanciones en caso de incumplimiento de la normativa de protección de datos.
El portavoz de Vox en el Ayuntamiento de Parla, Juan Marcos Manrique, ha denunciado que este método, que exige el registro de huellas dactilares o de la palma de la mano, «supone una vulneración de los derechos de los trabajadores al tratarse de datos especialmente sensibles, cuya protección no está garantizada dentro del marco legal actual».
«Exigimos la inmediata retirada de este sistema y la adopción de métodos de control horario que respeten la normativa vigente y los derechos fundamentales de los trabajadores. Instamos al Ayuntamiento a priorizar el diálogo con los representantes de los empleados para buscar alternativas que garanticen la legalidad, la privacidad y la dignidad de la plantilla municipal», ha añadido el portavoz de Vox.