El Supremo aclara a Sánchez que baja penas porque la Ley Montero es «más favorable» para los violadores
El Tribunal Supremo ha fijado que la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual, la llamada ley del sólo sí es sí, es «obligatoria» por ser «más favorable» al reo, en la sentencia dictada al resolver los recursos de casación del caso Arandina, cuyo fallo se adelantó el pasado 29 de noviembre pero se ha conocido íntegramente este miércoles.
La decisión del Supremo de condenar a dos ex jugadores de la Arandina a 9 años de prisión supone elevar las penas de ambos condenados de 4 y 3 años que había fijado el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL), tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima. La Fiscalía pedía 10 años de cárcel para los dos, pero el tribunal lo ha dejado en un año menos por la aplicación de la ley del sólo sí es sí.
El Supremo ha explicado que «la acomodación de la pena al nuevo texto penal tras la LO 10/2022 es obligatoria por aplicarse la retroactividad de la ley penal más favorable al reo en virtud de ley posterior más beneficiosa, como en este caso ha ocurrido».
En este sentido, los magistrados han apuntado también que el proceso de revisión de penas alcanza «no solo a las que se encuentren en fase de ejecución, sino, también, a las que se encuentren en fase de dictado de sentencia, bien en plena terminación de juicio oral, bien en virtud de resolución de recurso de apelación o de recurso de casación, valorando si la pena a imponer puede ser más beneficiosa».
La decisión de la Sala de lo Penal ha contado con el voto particular del magistrado Ángel Luis Hurtado, quien ha entendido que se debió mantener la atenuante analógica que ya aplicó el TSJ castellano-leonés, con una leve reducción de penas al considerar también más beneficiosa la nueva ley.
Sánchez
Hace unas semanas, cuando los tribunales comenzaron a aplicar la Ley Montero, se produjeron las primeras rebajas de penas y excarcelación de condenados, Pedro Sánchez mostró su tranquilidad. Hizo un llamamiento a la calma y apeló a la «sensibilidad» de los tribunales y de la Fiscalía para «unificar el criterio y la doctrina» antes de iniciar cualquier tipo de retoque en la ley recién estrenada. Ahora ya conocemos qué dice el Tribunal Supremo y es claro: se aplicará la ley ya que es obligatorio por ser «más favorable» al reo.
Desde que entró en vigor, hace sólo dos meses, la norma estrella de Irene Montero ha provocado la revisión de penas a más de medio centenar de delincuentes sexuales, y hasta una decena de excarcelaciones. Lo cierto es que el propio Sánchez, que ahora se dispone a hacer una reforma a contra reloj, dio su aprobación a la ley, que salió del Consejo de Ministros en julio del año pasado. Tampoco puso objeciones a la merma de las penas, pese a las advertencias de los jueces sobre sus previsibles consecuencias.
Hasta ahora, Moncloa había callado sobre la posibilidad de reformar la ley. Una decisión que a buen seguro provocará una nueva crisis con Podemos. Los retoques serán puntuales, según fuentes gubernamentales, y se harán después de que el Tribunal Supremo se vuelva a pronunciar y establezca ya jurisprudencia. El Alto Tribunal emitió una primera comunicación después de fallar sobre el caso Arandina, avaló rebajar las penas a los condenados en virtud de la nueva ley aunque insistió en que se debe analizar caso a caso.
Eso sí, el PSOE firmó una enmienda conjunta con Podemos para promover los programas orientados a la «reinserción» de los delincuentes sexuales, poniendo así el foco en la polémica rehabilitación de los agresores y no en proteger a las víctimas. La enmienda, que fue aprobada e incorporada al texto final, promovía así la integración social de los agresores sexuales. Según el Ministerio del Interior, la reincidencia de estos condenados se sitúa entre el 4,23% y el 7,1% en España. Otros estudios, sin embargo, la elevan hasta el 20%.