El Gobierno negó el Covid como enfermedad profesional a los sanitarios hasta que Illa empezó la campaña

Junta Electoral
Pedro Sánchez y Salvador Illa en un acto electoral de PSC. (Foto: PSOE)
Carlos Cuesta

El candidato socialista en las elecciones catalanas y anterior ministro de Sanidad, Salvador Illa, estuvo tan preocupado por la protección de los sanitarios que su Gobierno negó el Covid como enfermedad profesional a los sanitarios hasta que el aspirante del PSOE a la Generalitat empezó la campaña. Fue un 2 de febrero cuando la Moncloa aprobó el “Covid como enfermedad profesional. Reconocimiento del Covid-19 como enfermedad profesional a aquellos trabajadores sanitarios y sociosanitarios que han contraído el virus en el ejercicio de su profesión”.

Fue ya, de hecho, con Salvador Illa en el traje de candidato socialista a las elecciones catalanas y no de ministro. Y con Carolina Darias en el puesto de responsable de Sanidad. Y todo ello, pese a que las profesiones sanitarias llevaban reclamando la protección frente al Covid como enfermedad profesional desde el inicio de la pandemia.

El 25 de abril, de hecho, un informe de la Organización Médica Colegial de España-Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, argumentó la necesidad de esta consideración del Covid como enfermedad profesional. Para ello, la entidad recordó que “los elementos a considerar en una eventual calificación de contingencia profesional son: a) enfermedad contraída, b) profesión ejercida y c) agente desencadenante” y que en el “ordenamiento jurídico se parte de un sistema de lista cerrada de enfermedades profesionales, pudiendo ser calificadas como tales las adquiridas como consecuencia del trabajo, pero siempre que se encuentran incluidas en los cuadros comprensivos de las mismas”. Con Illa no ha sido así hasta que dio comienzo la campaña electoral de las catalanas.

La organización señaló que “en categoría diferente, pero próxima a las enfermedades profesionales, encontramos aquellas “enfermedades derivadas del trabajo”. Y que “las enfermedades profesionales cuentan con presunción “iuris et de iure” de su condición laboral, mientras que las segundas necesitan de prueba de su origen directo y exclusivo en el trabajo”.

Situación ignorada

Los médicos añadían que “el contagio de coronavirus a los profesionales de la Medicina, en el ejercicio de su desempeño asistencial, no puede ubicarse en el primer grupo, pero sí en el segundo como enfermedad del trabajo”. Y que “es de invocación el criterio de algunos órganos de valoración de incapacidades de la Seguridad Social en el sentido de aplicar el criterio del carácter profesional de la enfermedad para aquellos profesionales que han estado en situación de riesgo y han contraído, finalmente, la enfermedad”.

Su argumentación añadía que “con estos precedentes mencionados, exigir al profesional que pruebe que el contagio del virus no vino de causa ajena a la asistencia a los contagiados, es situarle en obligación de prueba diabólica, desproporcionada, en las condiciones actuales de la asistencia”. Es más, que “en la contingencia actual, sin embargo, procede desplazar la presunción (“iuris tantum”) a la conexión de laboralidad del padecimiento, por las condiciones sanitarias del medio asistencial, la contagiosidad de la enfermedad y la incuestionable entrega”.

La situación demanda, por lo tanto, una consideración como “enfermedad del trabajo del contagio por Covid-19 en los médicos, como se ha reconocido mientras se mantiene la situación de pandemia”, concluía.

Hay que recordar que “la consideración procede no sólo a efectos prestacionales económicos, sino también para la asistencia sanitaria derivada de la enfermedad. La calificación de profesionalidad de la situación de contagio para los profesionales citados, en la actual coyuntura, no tiene como único propósito la correcta calificación jurídica, sino, además, derivar hacia aquellos las consecuencias prestacionales correspondientes en el terreno económico y en el asistencial. Procede solicitar el desarrollo de las medidas legales necesarias para que la infección de coronavirus (COVID19) y todas sus secuelas en los profesionales sanitarios tanto del Sistema Nacional de Salud como de la Sanidad Privada, que requieran baja laboral, sean reconocidas como enfermedad profesional a todos los efectos”. Pero nada de ello sirvió para convencer a Illa. Ni a su Gobierno. Nada, hasta que dio comienzo la campaña electoral.

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