El Constitucional avala el 155 en Cataluña porque la Generalitat quiso «quebrar el Estado»
Los magistrados del Constitucional avalan la aplican del 155 porque "se discutió la preservación misma del Estado y se intentó cuestionar su unidad e integridad constitucional"
El Constitucional avala la aplicación del artículo 155 en Cataluña
El Tribunal Constitucional (TC) señala que la aplicación del artículo 155 de la Constitución española en Cataluña fue necesaria porque la Generalitat tuvo como «propósito último» el objetivo de «quebrar el Estado» tras la declaración de la «república catalana», a pesar de que esta fuera «ficticia en derecho». Así lo afirma en dos sentencias difundidas este viernes.
El TC avala la aplicación del 155 por unanimidad que aplicó el Gobierno de Mariano Rajoy de forma inédita en España y que conllevó la destitución del Ejecutivo catalán liderado por Carles Puigdemont en octubre de 2017, así como la suspensión de la autonomía de Cataluña temporalmente.
Los magistrados exponen que el 155 es un mecanismo de coerción, un «remedio excepcional, subsidiario y temporal», que no puede ser indefinido ni «preventivo» para evitar «futuros incumplimientos». Es decir, una «vía de último recurso» que solo puede aplicarse cuando una comunidad incumpla la Constitución, el Estatuto o atente gravemente contra el interés general de España.
«Crisis institucional»
El Constitucional destaca que Cataluña incumplió la Constitución en octubre de 2017, cuando el Govern de Puigdemont provocó «una grave crisis institucional» al declarar una «una ‘república catalana’» que fue «ficticia en Derecho, pero afirmada y propugnada de facto». «Se pretendía quebrar la unidad de la nación española», añade el auto.
«Se discutió la preservación misma del Estado y se intentó cuestionar su unidad e integridad territorial y constitucional», afirman los magistrados al tiempo que recalcan que era «imposible» que el mismo Ejecutivo de Puigdemont «fuera el encargado de volver a la legalidad».
Los magistrados señalan que el 155 estaba justificado al haber «un desplazamiento extraordinario, excepcional y temporal de sus funciones a órganos estatales». «Por lo que o es posible decir que fueran medidas exorbitantes o desmedidas», añade el auto.
«Garante de integridad»
En sus sentencias, en las que desestima casi íntegramente los recursos de Podemos y del Parlament, el TC explica que, al amparo del 155, el Ejecutivo actúa como «garante» de la «integridad» de la Constitución para «reconducir la actuación de una comunidad» que infringe «gravemente» las obligaciones constitucionales o atenta contra el interés general.
Por este motivo, el Gobierno central puede aplicar «las medidas necesaria» en base a un Parlamento, siempre y cuando esto no implique la suspensión indefinida de la actividad parlamentaria.
Para el TC, el cese del Govern de Puigdemont estaba justificado dado que su voluntad era «situarse al margen de la Constitución» y constituir, «con menosprecio de toda lealtad constitucional, un Estado independiente en forma de república».