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El juez eleva al Supremo la investigación de Puigdemont por terrorismo en la causa de ‘Tsunami’

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El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Supremo para que investigue por un delito de terrorismo en la causa de Tsunami Democratic al expresidente de la Generalitat y miembro del Parlamento Europeo Carles Puigdemont, a la dirigente de ERC Marta Rovira y a otras diez personas vinculadas con el independentistsmo. Esta decisión llega tras la petición realizada por la asociación Dignidad y Justicia al evidenciar que podría existir responsabilidad penal en las acciones de los líderes del procés.

En su exposición razonada, el magistrado de la Audiencia Nacional señala que para el esclarecimiento de los hechos es necesaria la práctica de diligencias de investigación que no puede practicar por estar aforados Puigdemont y el diputado del Parlament de Cataluña Rubén Wagensberg. El juez expone que es competencia del Supremo continuar la instrucción y, en su caso, enjuiciamiento de la causa, pues existe indiciaria responsabilidad penal en los mencionados Wagensberg y Puigdemont, que están en íntima conexión con otras personas no aforadas, como Oriol Soler Castanys, Javier Vendrell Segura, Marta Molina Álvarez, José Campmajó Caparrós, Jesús Rodríguez Sellés, Jaime Cabani Massip, Oleguer Serra Boixaderas, Marta Rovira Vergés, José Luis Alay Rodríguez y Nicola Flavio Giulio.

También, el magistrado García Castellón expone que existe un elemento geográfico que supera el ámbito territorial de Cataluña en los hechos imputados a Wagensberg de modo que debe corresponder a la Sala de lo Penal del Alto Tribunal continuar la causa. Además, la investigación llevada a cabo en la Audiencia Nacional relaciona a Puigdemont con el liderazgo de las acciones de Tsunami Democràtic, así el juez expone que sería conveniente que sea llamado a declarar a pesar de su condición de aforado. «Apreciada la imposibilidad de continuar la investigación judicial frente al mismo por este Juzgado, ya que la práctica de la diligencia de investigación consistente en recabar declaración al Sr. Puigdemont que este instructor entiende necesaria, solo podrá realizarla la Sala Segunda, precisamente por tratarse de un aforado», matiza Manuel García Castellón.

Hace unas semanas, el magistrado García-Castellón acordó imputar en la causa de Tsunami Democràtic al eurodiputado Puigdemont, la dirigente de ERC  Rovira, Josep Lluís Alay -jefe de gabinete de Puigdemont-, Oriol Soler Castanys, Xavier Vendrell Segura, Marta Molina Álvarez, Josep Campmajó Caparrós, Jesús Rodríguez Sellés, Jaume Cabani Massip, Oleguer Serra Boixaderas y Nicola Flavio Giulio. Los hechos podrían calificarse de forma indiciaria, indica el juez, de terrorismo. Además, acordó citar como testigo a Arnaldo Otegi, a fin de esclarecer lo acontecido en una reunión con Rovira en Ginebra y el conocimiento que pudiera tener sobre la aparición de la organización Tsunami.

El magistrado Garcia Castellón ha enviado al Supremo las conclusiones de su investigación en la Audiencia Nacional que ha durado años de instrucción. Tras evidenciar la presunta comisión de un delito de terrorismo cometido por los líderes independentistas, el magistrado ha decidido aceptar la petición de Dignidad y Justicia y enviar la causa al Supremo que es el tribunal competente para continuar la investigación de estos aforados.

Puigdemont imputado

El juez señaló que los actos de Tsunami «pueden ser constitutivos de diversas infracciones, entendiendo este magistrado que, desde la provisionalidad inicial de este momento, pueden tener la consideración de actos de terrorismo». También se apuntó, en el auto de la Audiencia Nacional, delitos como desórdenes públicos terroristas.

«El análisis de los hechos expuestos no permite excluir, en absoluto, que Tsunami Democràtic pudiera tener la consideración de grupo terrorista, debiendo esclarecer si se llegó a materializar su actuación con alguno de los delitos del art. 573 CP (contra la vida o la integridad física, la libertad, la integridad moral, la libertad e indemnidad sexuales, el patrimonio, los recursos naturales o el medio ambiente, la salud pública, de riesgo catastrófico, incendio, de falsedad documental, contra la Corona, de atentado y tenencia, tráfico y depósito de armas, municiones o explosivos, previstos en el presente Código, y el apoderamiento de aeronaves, buques u otros medios de transporte colectivo o de mercancías)», razona el magistrado.

La resolución señaló que resulta necesaria la citación de Carles Puigdemont i Casamajó para ser oído sobre los hechos objeto de investigación. «Su citación, en este momento no podría realizarse en otra condición que no sea la de investigado, asistido de letrado ofreciéndole la oportunidad de defenderse, dado que el interrogatorio versaría sobre cuestiones de carácter evidentemente incriminatorio».

Se trata, argumentó el juez, de una de las personas de las que está acreditado indiciariamente, «a la vista del análisis de la agenda del Sr. Alay, que acudió a las reuniones que se celebraron en Ginebra los días 29 a 31 de agosto de 2019, y donde pudo haberse planificado la actuación de Tsunami». Su nombre, añadió, aparece en un mensaje que figura en el dispositivo analizado de Josep Lluís Alay enviado por Jesús Rodríguez: «El lunes 26 de agosto se dará a conocer los perfiles de la campaña Tsunami Democràtic como respuesta a la sentencia del Tribunal Supremo. Supongo que desde Ómnium informarán directamente al presidente Puigdemont. Te lo avanzo para que tenga constancia». Igualmente, continuó, el auto, parece haber asistido a la reunión en Ginebra a la que aludía Marta Vilalta.

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