Varapalo al PSOE: la Audiencia niega que haya intención política de la UCO en el ‘caso hidrocarburos’
La Sala de lo Penal rechaza acusaciones de manipulación por "meras afirmaciones"

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado definitivamente que no existe intención política ni manipulación por parte de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil en el denominado caso Gaslow de hidrocarburos, desmontando así las acusaciones vertidas desde sectores del PSOE, como su entonces militante Leire Díez y su abogado afín Jacobo Teijelo, sobre un supuesto manejo caprichoso de las diligencias judiciales en el fraude de IVA en empresas de fuel.
El tribunal ha respaldado íntegramente el criterio del magistrado Santiago Pedraz, quien rechazó tajantemente las alegaciones de irregularidades presentadas por varios investigados. La resolución judicial, dictada este lunes, constituye un varapalo definitivo a las teorías conspirativas que intentaban politizar el procedimiento. Una idea que también impulsa Podemos.
La Audiencia Nacional ha sido contundente al reprochar a tres investigados que pidieran la nulidad «sin dar datos concretos» y basándose únicamente en «meras afirmaciones». El alto tribunal ha confirmado dos autos previos del juez Pedraz que ya habían desechado la posibilidad de anular la investigación.
En su última resolución de junio, el instructor fue meridiano al aclarar que el procedimiento «se ha desarrollado sin viso alguno de ilegalidad o manipulación» por parte de la UCO. Esta afirmación cobra especial relevancia tras los intentos de vincular el caso con supuestas maniobras de espionaje político.
Los recursos fueron interpuestos por Juan Sánchez Yepes, agente de la Guardia Civil que formó parte del grupo de Blanqueo de Capitales de la UCO, y Javier García Pérez. A ellos se adhirió posteriormente la representación de Antonio Rodríguez Estepa. De hecho, tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado se opusieron frontalmente a estos escritos posicionándose del lado de la UCO y en contra de la conspiración.
García Pérez había denunciado que el juez Pedraz cometió un error al sostener que el procedimiento Gaslow no tenía relación con otro seguido en el Juzgado Central de Instrucción Número 6. Su defensa alegaba que los informes de la UCO que dieron origen a la incoación de las diligencias eran «prácticamente correlativos» y fueron «elaborados por el mismo capitán de la Guardia Civil».
La defensa sostenía que estos informes tenían «el mismo objeto: la investigación de una pretendida organización criminal de fraude hidrocarburos que podría haber llevado a cabo fraude fiscal y blanqueo de capitales». Sin embargo, la Audiencia Nacional ha rechazado categóricamente estos argumentos.
El abogado de García Pérez había calificado como «irregular» el desglose de la causa seguida en el Central de Instrucción 6. Además, afirmaba que «el recurso de apelación que la querella criminal» se basaba «también en un informe de la Agencia Tributaria que carece de un expediente administrativo previo».
Por su parte, la defensa de Yepes había pedido la nulidad al considerar que tanto la UCO como el Ministerio Fiscal habrían hecho un «caprichoso manejo» del caso Gaslow. Yepes aseguraba en su escrito que la UCO «clasifica» de modo arbitrario la información que administra a cada procedimiento.
El magistrado Pedraz había explicado previamente que, si la defensa consideraba que ambos procedimientos debían haberse seguido conjuntamente, «lo que tendría que hacer no es plantear la nulidad, sino seguir los cauces procesales adecuados que son los de plantear la inhibitoria o declinatoria».
La Sala de lo Penal ha respaldado completamente esta postura del magistrado. El tribunal ha indicado que «si se entiende que existe una doble investigación a los recurrentes en ambos procedimientos por hechos idénticos» se debería poner de «manifiesto con datos concretos, no con meras afirmaciones».
La resolución ha sido especialmente crítica con las insinuaciones sobre supuesto espionaje político. La defensa había mencionado «noticias de prensa» y conversaciones telefónicas donde se citaba el nombre «Koldo», pero el magistrado fue meridiano: «La prensa no está en la causa y el nombre de Koldo (o Bonilla) no significa nada, por mucho que sean conocido a nivel mediático».
Esta respuesta judicial supone un batacazo a cualquier intento de politizar el procedimiento. El juez también había abordado la cuestión procedimental, subrayando que no existe «vulneración de derecho fundamental alguno ni infracción de norma esencial de procedimiento».
El caso Gaslow tiene sus raíces en la enésima investigación por presunto fraude en el IVA de los hidrocarburos. La operación se enmarca en el contexto más amplio del denominado caso Koldo, que se originó por la operación Delorme sobre presuntas comisiones millonarias en contratos de mascarillas durante la pandemia.
La estrategia, que en parte impulsó Leire Díez –entonces militante del PSOE y periodista de investigación– buscaba desacreditar la investigación presentándola como una conspiración orquestada desde la Comunidad de Madrid, pero la cronología de los hechos ha desmentido cualquier teoría conspiratoria.
La Audiencia Nacional ha concluido de manera lapidaria: «Lo que no se puede pretender es que en este momento procesal, sin más, se pida una nulidad de actuaciones respecto a hechos o irregularidades que se podían haber puesto en conocimiento del Juzgado Central de Instrucción, y que se pueden poner en otras fases del procedimiento, con el fin nada menos que anular todo un procedimiento, respecto del cual existen numerosos investigados, numerosas investigaciones policiales y judiciales respecto a los mismos, y que lógicamente no estarían afectadas por dicha nulidad».
Esta resolución judicial representa un respaldo inequívoco a la profesionalidad de la UCO y cierra definitivamente la puerta a cualquier intento de socavar la investigación por motivos políticos, dejando a los detractores del procedimiento en una situación más que quimérica para futuras alegaciones infundadas.