Ley de Amnistía

La amnistía de Sánchez borra aún más delitos que la propuesta por ERC y Junts en 2021 que el PSOE tumbó

La ley registrada por el PSOE es muy similar a la que, en 2021, presentaron los separatistas

Ley de Amnistía Sánchez
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

La Ley de Amnistía registrada por el PSOE para permitir la investidura de Pedro Sánchez no sólo se inspira en la proposición que, en 2021, presentaron ERC, Junts, el PDeCAT y la CUP y que el Congreso -incluido el PSOE- rechazó por inconstitucional. La iniciativa actual recoge el mismo espíritu de aquella, que la Mesa de la Cámara Baja no admitió a trámite tras advertir los letrados que supondría un indulto generalizado y «entraría en una contradicción palmaria y evidente» con la Constitución, que impide los indultos generales. Lo cierto es que la ley de Pedro Sánchez supera incluso la que presentaron los propios separatistas. Además de aplicarse desde el 1 de enero de 2012, en lugar de 2013, detalla expresamente varios hechos amnistiables que la norma anterior no contemplaba con tanta precisión.

Así, la ley de 2021 señalaba expresamente que quedarían comprendidos en la amnistía «los delitos de rebelión, sedición, desórdenes públicos, desobediencia, prevaricación, falsedad, malversación de caudales públicos, o revelación de secretos, así como los delitos cometidos con ocasión o motivo de ellos», además de «los actos de expresión de opinión, realizados a través de prensa, imprenta o cualquier otro medio de comunicación» y «los actos de diversa índole que hayan sido medidos para la realización de los actos amnistiados, sea la que fuere su denominación y ubicación legal».

La iniciativa del separatismo pretendía el borrado de «todos los actos de intencionalidad política», es decir, de «cualquier hecho vinculado a la preparación, organización, convocatoria, financiación, favorecimiento, promoción, ejecución y celebración» de los referéndums de 2014 y 2017, además de «los actos de protesta en la vía pública» para «defender dicho referéndum o criticar la actuación de las autoridades gubernativas o jurisdiccionales».

La Ley de Amnistía de Pedro Sánchez precisa aún más su alcance, lo que no deja lugar a la discrecionalidad. Se amnistiarán todos «los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos». Y cita: «Los delitos de usurpación de funciones públicas o malversación, así como cualquier otro acto tipificado como delito que tuviere idéntica finalidad»; la «divulgación» del proyecto independentista, así como «recabar información y adquirir conocimiento sobre experiencias similares o lograr que otras entidades públicas o privadas prestaran su apoyo a la consecución de la independencia de Cataluña», o la «asistencia, colaboración, asesoramiento de cualquier tipo, representación, protección o seguridad a los responsables» de los líderes separatistas.

También añade otros hechos que serán objeto de la amnistía, como el de «atentado contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos o resistencia, así como cualesquiera otros actos tipificados como delitos realizados con idéntica intención», o los actos «contra el orden y la paz pública que hubieran sido ejecutados con el propósito de mostrar apoyo» al separatismo.

La ley promovida ahora por el PSOE también cita expresamente que quedarán impunes «la aprobación o ejecución de leyes, normas o resoluciones por autoridades o funcionarios públicos que hayan sido realizados con el propósito de permitir, favorecer o coadyuvar a la celebración de las consultas populares», así como «los actos de desconsideración o crítica vertidos contra las autoridades y funcionarios públicos, los entes e instituciones públicas, así como sus símbolos o emblemas, en el curso de manifestaciones, asambleas, obras o actividades artísticas u otras de similar naturaleza».

También quedarán amnistiados los actos de desconsideración o crítica vertidos contra las autoridades y funcionarios públicos, los entes e instituciones públicas, así como sus símbolos o emblemas, en el curso de manifestaciones, asambleas, obras o actividades artísticas u otras de similar naturaleza que tuvieran por objeto reivindicar la independencia de Cataluña o la celebración de las consultas a las que se refiere la letra b) o prestar público apoyo a quienes hubieran ejecutado los actos amnistiados con arreglo a esta ley.

Terrorismo

La iniciativa de 2021 no hacía una alusión expresa a los delitos de terrorismo, más que para precisar que sí quedaría incluida la investigación seguida en la Audiencia Nacional sobre varios miembros de los autodenominados Comités de Defensa de la República (CDR).

Sin embargo, la Ley de Amnistía de Sánchez sí detalla que la medida de gracia beneficiará a los acusados de este delito, siempre y cuando no exista una sentencia firme, lo que no sucede en ningún caso en el marco del procés.

Regreso de Puigdemont

En ambos casos, la ley facilita el regreso inmediato de Carles Puigdemont, prófugo de la Justicia española desde 2017. Así, la ley del PSOE dice que «quedarán sin efecto las órdenes de busca y captura e ingreso en prisión de las personas a las que resulte de aplicación esta amnistía, así como las órdenes nacionales, europeas e internacionales de detención», mientras que la diseñada en su día por el separatismo instaba a los jueces a «dejar sin efecto las órdenes nacionales, europeas e internacionales de búsqueda y captura de quienes fueron declarados en rebelión».

En 2021, el criterio de los letrados en contra de la tramitación de la ley fue admitida por la Mesa del Congreso, con los votos del PSOE, PP y Vox. La portavoz socialista Adriana Lastra confirmó el voto en contra: no tiene cabida» en la Constitución, alegó. El entonces ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, hoy miembro del Tribunal Constitucional, también descartó la medida de gracia y apostó por «un diálogo constructivo, dentro de la Constitución».

Ahora, será otro letrado, Fernando Galindo Elola-Olaso, alto cargo del Ministerio de Política Territorial y en su día cargo socialista en el Ayuntamiento de Madrid -cuando Sánchez era concejal- quien tendrá que decidir sobre la ley. No se esperan sorpresas.

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