Un informe reciente del Banco de España avala la legalidad de la salida a Bolsa de Bankia
Difícil panorama el que se le presenta al banco emisor a costa de Bankia. La última prueba presentada en un tribunal, hace dos semanas escasas, confirma que las cuentas anuales de Bankia en el momento de su salida a Bolsa eran correctas.
Por tanto, son sólo los dos peritos del Banco de España que colaboran con la Audiencia Nacional en comisión de trabajo los que creen que estos datos fueron falseados. Dos preguntas surgen inmediatamente: si esto es así, ¿por qué se devuelve el dinero a los que acudieron a la salida a Bolsa? Y la cuestión más importante, ¿se puede pedir cárcel para el equipo de Rato si queda probado que las cuentas no se manipularon?
Un informe firmado por el director general de Supervisión del Banco de España, Mariano Herrera
El juzgado de Primera Instancia número 1 de Navalcarnero en Madrid, con fecha 13 de febrero del año 2016, vuelve a complicar el caso Bankia. Un informe firmado por el director general de Supervisión, Mariano Herrera, entregado como prueba, ratifica que los informes de la inspección del Banco de España realizados antes, durante y después de la salida a Bolsa de Bankia eran correctos.
Los peritos que informaron al Juez de la Audiencia Nacional y que actuaban a título particular, pues estaban asignados al Juzgado en comisión de servicio y por tanto no representaban a la Institución, opinan justo lo contrario. ¿Qué puede hacer en esta tesitura el BdE?
Las fuentes consultadas por este periódico indican que, conforme a la normativa del Banco de España, el análisis correcto del deterioro contable de los activos de una entidad financiera -en este caso, Bankia- exige necesariamente contemplar si aquellos deterioros se encuentran cubiertos por las provisiones genéricas y específicas para insolvencias no asignadas contabilizadas a tales fines.
El BdE da la razón a Cañibano y Manso, los dos peritos independientes aportados por Bankia, que afirman que estas minusvalías sí estaban cubiertas y reconocidas en la salida a Bolsa frente a lo que sostienen los inspectores de la Audiencia Nacional.
También esta sentencia habla de que no se puede juzgar el pasado en función de los acontecimientos posteriores porque éstos no eran conocidos por nadie en el momento de la formulación de las cuentas de salida a Bolsa, como afirman Cañibano y Manso en contra de lo que sostienen los peritos del BdE.
De hecho, el escrito del juzgado de Navalcarnero explica que la corrección de cuentas que hizo Goirigolzarri en mayo de 2012 no es fruto de un error en las formuladas en marzo de 2012 por Rato, sino que se debía a la aparición de nueva información de la que el anterior presidente de Bankia, Rodrigo Rato, no disponía. Es decir, el equipo de Rato no falseó las cuentas, como acusan algunos, sino que hizo lo que pudo en función de la información de la que disponía en aquél momento.
Los inspectores solicitados al Banco de España por el juez Andreu afirman, con discrepancias significativas entre ellos, que las cuentas a 31-12-2011 (que son las de la salida a Bolsa de Bankia) inicialmente formuladas (en marzo de 2012) no eran correctas como sí lo eran las cuentas a 31-12-2011 reformuladas en mayo de 2012 por el equipo de Goirigolzarri.
Bankia, BFA y sus peritos, Cañibano y Manso, afirman que las dos formulaciones de cuentas a 31-12-2011 son correctas y lo único que pasó entre marzo y mayo es que apareció nueva información y legislación que obligó a contabilizar ajustes que redujeron el primer beneficio de 300 millones de euros, en marzo de 2012, a una pérdida de 3.300 millones de euros en mayo del mismo año.
Esto que es así, según las fuentes consultadas por este diario, los peritos del juez Andreu lo consideran inexactitudes contables en vez de una reformulación y por esto se juzga a Rato en la Audiencia Nacional. El fiscal no ve delito pero su señoría sí.
Por este motivo, Bankia intentó que mientras no se pronunciara la Audiencia Nacional al respecto se paralizaran las causas en los tribunales civiles algo que no se ha conseguido.
Todas estas cuestiones están al margen de otros asuntos que ya están en sede judicial como las tarjetas black, que son piezas separadas.
La gravedad del falseamiento contable, que está por dilucidar, viene de la posibilidad de que derive en penas de cárcel tal y como ha ocurrido recientemente en el caso de la Caja Castilla-La Mancha.
Hay otros frentes en tribunales civiles y mercantiles que se han agravado a raíz de que los peritos del BdE afirmaran que las cuentas de la salida a Bolsa eran incorrectas. Tras dos sentencias del Tribunal Supremo, que afirmaban que el folleto de emisión (no las cuentas de las que antes hemos hablado) contenía errores significativos, Bankia decidió tirar la toalla en las demandas de clientes minoristas y aceptar todas sus reclamaciones. No así con los institucionales, aquél que haya invertido más de 60.000 euros: no tienen que ser grandes corporaciones.
La sanción a Deloitte
El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC) expedientó a la auditora Deloitte por sus trabajos referentes a la revisión de las cuentas de salida a Bolsa con 12 millones de euros. En ningún caso la sancionó por certificar que las cuentas eran correctas cuando no lo eran sino por otras cuestiones, lo que evidencia que las cuentas estaban bien formuladas.
Así, el BdE en el informe que este periódico les ofrece, firmado por el director general de Supervisión de la entidad, confirma que las cuentas de salida a Bolsa de Bankia eran correctas y que los criterios aplicados por esta entidad estaban bien hechos tal y como sostenían los peritos independientes y no los que aportó el Juzgado.
Si el BdE ampara a los peritos judiciales que no actuaban en su representación estará diciendo que sus inspectores, que revisaron la contabilidad de Bankia durante todo 2011, erraron. Nadie, ni siquiera el Banco de España preveía una crisis tan brutal como la que después de 2011 aconteció.
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