A Hacienda no se le escapa una: esta es la ayuda que has recibido en 2023 que vas a tener que declarar
Aquellos que no lo hicieron el año pasado sufrieron un retraso en la devolución
La Agencia Tributaria no deja escapar ni una y obliga a declarar en la campaña de la renta una ayuda que muchos españoles recibieron en 2023. Para ello, Hacienda utiliza el modelo 100, por lo que es importante que el contribuyente esté atento para incluir en él esta subvención. Aquellos que no lo hicieron el año pasado sufrieron un retraso en la devolución del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Durante esta campaña serán muchas las personas que tendrán que incluir en su declaración la segunda ayuda de 200 euros concedida durante 2023, la cual generó numerosos problemas el año pasado.
La ayuda de 2023
La ayuda de 2023 de 200 euros va a tener que ser introducida en la declaración, así como cualquier otra paga relacionada con el alquiler que se haya podido percibir durante el año fiscal.
Si te encuentras en alguna de estas dos circunstancias, es importante tener en cuenta si estás en la obligación de presentar la declaración de la Renta 2023. Esto se puede verificar en el propio borrador, donde se indicará si es necesario declarar, incluso si resulta que tienes que pagar. Por tanto, resulta útil revisar siempre si tienes derecho a una devolución, ya que podrías solicitarla aunque no sea obligatorio presentar la declaración.
En concreto, aquellos que ingresen menos de 15.000 euros si tienen dos pagadores o menos de 22.000 euros si sólo tienen uno, no están obligados a presentar la declaración ante la Agencia Tributaria.
Una vez consideras este aspecto y revisas tu borrador, es importante saber dónde incluir las ayudas sociales recibidas en 2023. Estas ayudas deberían incorporarse automáticamente a tus datos fiscales para la Declaración de la Renta de este año, sin necesidad de realizar pasos adicionales. No obstante, es recomendable verificar esta información para garantizar su correcta inclusión.
Para comprobarlo, el interesado puede acceder al apartado F1, concretamente en la página 14. Ahí, el contribuyente podrá desplazarse por las páginas al pulsar en Más opciones, donde se abrirá un desplegable. En la página titulada Ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales, habrá que dirigirse al final.
Lo importante se encuentra en la casilla 0356. En ella, el afectado deberá introducir el monto de la ayuda, 200 euros, si ha recibido esta subvención durante el 2013. Este apartado es fundamental para realizar el cálculo final de una manera correcta.
Si has recibido una ayuda por el alquiler, debes introducirla en la Renta. La casilla correspondiente para esta ayuda es la 303, y debe reflejar la cantidad remitida por la comunidad autónoma para el pago del alquiler. Al hacerlo, agilizarás el proceso y evitarás posteriores comprobaciones.
La ayuda sigue disponible
La ayuda del Gobierno, con un valor que varía entre 130 y 220 euros mensuales, se entrega mediante una tarjeta monedero. Esta tarjeta tiene como objetivo principal permitir a las familias adquirir productos esenciales, que van más allá de los alimentos e incluyen artículos de higiene personal y alimentos frescos como carne y pescado.
Es importante destacar que esta iniciativa no está vinculada al Ingreso Mínimo Vital (IMV), aunque comparte el objetivo de reducir la pobreza infantil. Financiada con aproximadamente 600 millones de euros del Fondo Social Europeo Plus, se estima que beneficiará alrededor de 10.000 familias.
El funcionamiento de estas tarjetas es simple pero efectivo. Se recargan periódicamente, ya sea mensual, bimestral o trimestralmente, según las directrices establecidas por cada comunidad autónoma, y tienen una validez de un año. La cantidad asignada varía según el tamaño de la unidad familiar: 130 euros al mes para un adulto y un menor, 160 euros al mes para tres miembros y 220 euros al mes para cuatro miembros.
Uno de los requisitos fundamentales para acceder a esta ayuda es la presencia de menores de edad dentro de la unidad familiar. La gestión inicial del programa recae en el Ministerio de Derechos Sociales, que delega la concesión directa de las ayudas a Cruz Roja Española, encargada de implementar el programa del Fondo Social Europeo Plus hasta diciembre de 2024. A partir de enero de 2025, las comunidades autónomas asumirán la responsabilidad de la gestión del programa.
En cuanto a los criterios de ingresos, es necesario que estos se ubiquen por debajo del 40% de la renta promedio, lo que equivale a no superar los 6.725 euros anuales. Este parámetro tiene como objetivo orientar la asistencia hacia aquellas familias que se hallen en situaciones económicas más vulnerables.
Para solicitar la ayuda de 220 euros, es necesario seguir un proceso específico, que inicialmente está bajo la gestión del Ministerio de Derechos Sociales. Para iniciar el trámite, es fundamental estar al tanto de las convocatorias y requisitos que publique tanto el ministerio como Cruz Roja Española, quienes están a cargo de la implementación en esta fase inicial.
Para solicitar la ayuda, es importante estar al tanto de las actualizaciones y convocatorias a través de los canales oficiales del Ministerio de Derechos Sociales y de Cruz Roja Española. Luego, se debe preparar la documentación necesaria, que incluye las identificaciones de todos los miembros de la familia y los comprobantes de ingresos.