Ley de Competencia Desleal

Galletas Gullón pierde la batalla legal contra Cuétara: la Justicia le impide vender sus Choco Flakes

OKDIARIO desvela el fallo que da la razón a Cuétara frente a Gullón en relación a las galletas rellenas de cereales

El juez considera que el producto "incurre en un ilícito de la Ley de Competencia Desleal en la configuración del envase"

Gullón Cuétara
Las dos marcas enfrentadas.

El Juzgado de lo Mercantil Número 1 de Alicante, juzgado de Marca de la Unión Europea, ha estimado parcialmente la demanda de la empresa galletera Cuétara en su guerra legal con Gullón. Según la denuncia de Cuétara, la compañía rival ignora «tres títulos de propiedad industrial y la existencia de ilícitos de competencia desleal». El magistrado ha decidido «ordenar el cese en el ofrecimiento para la venta y la comercialización del producto Choco Cereales, como es mostrado en el envase actual». El juez Gustavo Andrés Martín acepta parte de la demanda y «declara que la venta el producto consistente en galletas rellenas de cereales incurre en un ilícito de la Ley de Competencia Desleal en la configuración del envase».

En el fallo de 50 páginas, que desvela OKDIARIO, el juez también «retirar del tráfico económico [el producto con ese envase], incluso si ello exige la recompra a sus poseedores, y destrucción todos los envases existentes de Choco Cereales; embargar y destruir el stock de envases existentes del producto que no se hubieran comercializado aún y de cualesquiera materiales relativos al mismo tal y como es mostrado el envase actual».

Fuentes de Galletas Gullón consultadas por este periódico subrayan que ya cambiaron el envase de la polémica hace 24 meses y muy pronto lo volverán a modificar para distinguirse aún más del original. Además, el tamaño de la caja es distinto, ya no es de 550 gramos y sí de 275 gramos. Subrayan que es legal vender el producto en cuestión, si bien la Justicia obliga a que sea con otro diseño de paquete para evitar confusiones. Destacan que Cuétara que no tiene derecho de exclusiva sobre la marca, la galleta o la imagen de la galleta y por lo que no puede impedir que se venda el producto. Cuétara, concluyen, no tiene monopolio del producto en cuestión.

Cuétara defendía que el uso de esa imagen comercial «infringe dos marcas gemelas: una española y otra de la Unión Europea, consistentes en un signo complejo compuesto por una imagen humanizada (monstruito) en un bol de leche con galletas rellenas de cereales».

El juez concluye que Gullón «no discute que los Choco Flakes fueron introducidos por Cuétara en el mercado español en el 2002. Tampoco que el mismo sea revolucionario en cuanto a la combinación de dos productos en uno, de forma que se introdujeron cereales en el propio cuerpo de las galletas de formas que las galletas rellenas». Cuétara subrayaba que el producto tiene unas características técnicas determinadas y «entre las infinitas formas posibles para galleta rellena, se optó por la misma forma».

Como plantea Cúetara, la imagen comercial «no es fruto de la casualidad, sino que se busca dotar al producto de una imagen única y distintiva. En este sentido, se advierte que el signo de la galleta ha tenido siempre un peso mayúsculo en los diferentes envases del producto, como es el caso del personaje humanizado, imagen que se ha mantenido inalterada desde su lanzamiento hasta la actualidad, lo que supone actualmente más de 20 años de comercialización». Expusieron ante el juez un análisis de mercado que demostraba, tras entrevistar a muchos clientes. «plena identidad en cuanto a los productos».

El juez detalla que «durante casi dos décadas, Cuétara ha disfrutado de un monopolio legal sobre la galleta rellena y el procedimiento de fabricación de la misma. De hecho, no existía un producto similar en el mercado hasta la introducción del producto Galletas Choco Cereales por Gullón».

A continuación, la sentencia recuerda el caso similar de las galletas Oreo y cita una sentencia de 2020: «Cuando un operador económico decide seguir a un competidor en el mercado y ofrecer el mismo producto, a los efectos de una competencia sana y leal, debe esforzarse por diferenciarse, no por asemejarse».

La sentencia subraya que Gullón ha usado en el color azul en la mascota que aparece en la caja –un pulpo–, justo el mismo tono que Cuétara incluye en el logotipo de Choco Flakes. Por tanto, el juez decide estimar en parte la demanda sin que corresponda imponer costas a ninguna de las partes o indemnizaciones.

Lo último en Economía

Últimas noticias