Cómo me puedo deducir el alquiler si vivo en un piso compartido en la declaración de la Renta 2025-2026
Hacienda permite a los contribuyentes deducirse el gasto del alquiler en la renta
Desde el 8 de abril, los contribuyentes que cumplan con los requisitos de ingresos están obligados a presentar los ingresos del 2025 en la declaración de la renta. Estos ciudadanos tendrán hasta el próximo 30 de junio para rendir cuentas con Hacienda, que también permite a los españoles ahorrar impuestos en la declaración con los gastos que durante el año hayan hecho en el alquiler. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la deducción del alquiler en la renta 2026.
El 8 de abril la Agencia Tributaria inauguró la campaña de la renta 2026 en la que los contribuyentes estarán obligados a hacer el ejercicio del IRPF. Hasta el próximo 30 de junio, los trabajadores que superaron los 22.000 euros de ingresos en 2025 tendrán la obligación de presentar la declaración de la renta. Este límite bajará a 15.876 euros para los que tengan varios pagadores y el segundo de ellos supere los 1.500 euros. Este límite no influirá en los trabajadores autónomos, que tendrán que presentar la renta sí o sí.
Como informa la Agencia Tributaria, estas serán las fechas para la campaña de la declaración de la renta:
- Del 8 de abril al 30 de junio de 2026: presentación por internet de Renta y Patrimonio 2025.
- Del 6 de mayo al 30 de junio de 2026: asistencia telefónica con cita previa, que podrá pedirse del 29 de abril al 29 de junio.
- Del 1 de junio al 30 de junio de 2026: atención presencial en oficinas, también con cita previa, que se abrirá del 29 de mayo al 29 de junio.
El alquiler en la renta 2026
Los contribuyentes podrán ahorrar impuestos con varias deducciones que ofrece Hacienda a los contribuyentes. Una de las más importantes tiene que ver con el precio del alquiler, ya sea en una vivienda habitual o un piso compartido que un trabajador pueda compartir en una gran ciudad. A nivel estatal, el 1 de enero de 2015 se suprimió la deducción por alquiler de la vivienda habitual y se estableció un régimen transitorio con una deducción del 10,05% siempre que su base imponible fuera inferior a 24.107,20 euros.
A día de hoy, la norma general es que los contribuyentes se puedan acoger a la deducción autonómica por alquiler, que es la que repercute en los bolsillos de los españoles. Una de las más importantes es la que ofrece la Comunidad de Madrid, que permite deducir el 30% del alquiler hasta un tope de 1.237,20 euros para los menores de 40 años. Esto tendrá que ser rubricado en la casilla 1043 de la declaración de la renta.
La Andalucía de Juanma Moreno es otra de las que ofrece grandes deducciones, permitiendo a los contribuyentes menores de 35 años y mayores de 65 desgravarse el 15% de las cantidades satisfechas con un importe máximo de 1.200 euros anuales o 1.500 euros anuales. En la Comunidad Valenciana, el top será de 800 euros en función de la renta ingresada durante el año y en Extremadura este subirá a 1.000 euros para contribuyentes menores de 36 años.
Para poder acceder a una deducción en la renta por alquiler, el inquilino tiene que demostrar con el contrato que es la vivienda habitual y también demostrar los pagos efectuados durante el año. Para ello, el casero también tendrá que depositar la fianza en el organismo correspondiente de cada comunidad autónoma. En el caso de los contribuyentes que vivan en pisos compartidos, la deducción corresponderá a los pagos efectuados en el reparto de la cuota mensual que se haga entre los convivientes que estén especificados en el contrato.
En el borrador de la renta habrá que reflejar el NIF del arrendador, la referencia catastral y todas las cantidades pagadas a lo largo del año.
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