La CNMV obliga rectificar a Repsol sobre el informe del contrato de Suárez de Lezo
La compañía estableció en 2014 un límite de dos anualidades en las indemnizaciones, pero el contrato de Suárez de Lezo databa de 2005.
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) pidió a la petrolera Repsol rectificar su declaración que cumple con la recomendación de buen gobierno corporativo en relación con las indemnizaciones previstas para sus consejeros ejecutivos, viéndose obligada a admitir que solo lo cumplía parcialmente hasta la terminación del contrato con Luis Suárez de Lezo.
El contrato de Suárez de Lezo se resolvió con el abono de más de 11 millones de euros tras dejar a finales del año pasado sus funciones ejecutivas como secretario general de la compañía.
Concretamente, la recomendación de la CNMV establece que «los pagos por resolución del contrato no superen un importe establecido equivalente a dos años de la retribución total anual y que no se abonen hasta que la sociedad haya podido comprobar que el consejero ha cumplido con los criterios de rendimiento previamente establecidos».
Repsol venía en los últimos años señalando que cumplía con esta recomendación, que fue añadida por la CNMV al Código de Buen Gobierno de las sociedades cotizadas en 2015.
Incumple con Lezo
Sin embargo, en el caso concreto de la indemnización de Suárez de Lezo no se cumplía, ya que percibió 8,741 millones de euros como compensación económica diferida equivalente a tres anualidades de su retribución anual total.
El exsecretario general y exsecretario del consejo de administración de Repsol hasta finales del año pasado, cuyas funciones ejecutivas se dieron por finalizadas a finales del año pasado de mutuo acuerdo y «a iniciativa y en interés de la compañía», percibió un importe de 2,56 millones de euros como compensación económica por el pacto de no competencia postcontractual.
Así, percibió en 2019 una retribución total de 19,26 millones de euros, incluyendo esta indemnización. De ella, 983.000 euros correspondieron al sueldo, otros 2,996 millones de euros a retribución variable a largo plazo y 840.000 euros a retribución variable a corto plazo.
Límite de dos anualidades desde 2014
En su explicación a la CNMV, Repsol señala que consideraba que desde 2015 cumplía con esta recomendación, ya que en febrero de 2014 su consejo de administración aprobó el establecimiento de un límite de dos anualidades de retribución para las indemnizaciones por cese de los nuevos consejeros ejecutivos que se nombraran desde entonces y, singularmente, con el consejero delegado de la compañía y ya único ejecutivo, Josu Jon Imaz, cuando en abril de 2014 se recoge un límite a las indemnizaciones por cese de dos anualidades de la retribución fija y variable anual.
Sin embargo, el contrato de Suárez de Lezo fue suscrito en 2005 y sus condiciones -que estaban detalladas en cada informe anual sobre remuneraciones de los consejeros y que incluían una compensación superior a dos anualidades- «responden por tanto a las circunstancias vigentes entonces», indica el grupo.
Así, la compañía subraya que, en relación con esta recomendación, «no tenía por consiguiente libertad de actuación respecto de dicho contrato, que es la esencia misma de cualquier ‘recomendación’ y del principio de ‘cumplir o explicar’».
De esta manera, tras las conversaciones mantenidas con la CNMV, Repsol ha procedido a indicar que el grado de seguimiento de esta recomendación ha sido parcial hasta el final de 2019, modificando así el criterio recogido también en los informes anuales de Gobierno Corporativo desde 2015 y hasta el año pasado.
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