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Buenas noticias de Hacienda: se confirma la devolución de los impuestos a estos pensionistas

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Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

Durante los últimos años, Hacienda ha ido introduciendo distintos mecanismos para subsanar errores en la tributación de ciertos colectivos, como los mutualistas. Ahora, una nueva medida anunciada recientemente trae consigo un importante alivio para los familiares de pensionistas mutualistas fallecidos entre 2019 y 2024. Gracias a un procedimiento simplificado y unificado, los herederos podrán reclamar de forma conjunta y en un solo trámite los importes que fueron retenidos indebidamente en concepto de IRPF. Este cambio no sólo representa una mejora en la eficiencia administrativa, sino también una oportunidad real para que muchas familias recuperen cantidades significativas que, hasta ahora, estaban en el limbo fiscal.

El Ministerio de Hacienda ha decidido unificar en una sola solicitud la posibilidad de reclamar los años fiscales no prescritos en los que el mutualista fallecido tributó de forma incorrecta. Esto significa que ya no es necesario presentar una solicitud por cada ejercicio, como ocurría anteriormente. Desde ahora, bastará con una única petición para los ejercicios de 2019, 2020, 2021 y 2022, así como los anteriores que no hayan prescrito. Esta medida se convierte en una vía mucho más cómoda y menos burocrática para los familiares, quienes ya no tendrán que lidiar con múltiples formularios ni citas. Además, el procedimiento se acompaña de un interés de demora del 4,0625 % para el año 2025, lo que supone una compensación adicional por el tiempo transcurrido desde el cobro indebido.

Devolución del IRPF a los mutualistas

Ésta nueva vía de devolución representa una excelente oportunidad para los familiares de pensionistas mutualistas fallecidos entre 2019 y 2024. El proceso es más simple, rápido y eficiente que nunca, ya que permite gestionar varias anualidades en un solo trámite, garantiza intereses de demora favorables y se puede solicitar a través de Internet en pocos minutos.

Aunque no se ha establecido un plazo máximo de presentación, se recomienda no demorar la solicitud, ya que cada ejercicio tiene un plazo de prescripción de cuatro años desde la fecha en que se presentó la declaración correspondiente. Por tanto, si por ejemplo tu familiar falleció en 2020 y tributó como mutualista, podrás reclamar de una sola vez todas las cantidades correspondientes a ese ejercicio y los siguientes, siempre que estén dentro del plazo legal.

Solicitud

Uno de los aspectos clave para iniciar el trámite es contar con el número de referencia del causante, es decir, del mutualista fallecido. Este código se obtiene de forma rápida utilizando el NIF y la fecha de caducidad del DNI de la persona fallecida, siempre que haya fallecido entre 2023 y 2024. Para fallecimientos anteriores, el número se deberá solicitar de forma presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria, con cita previa.

La plataforma de Renta Web permite llevar a cabo el procedimiento de forma telemática, y apenas se tarda unos diez minutos. El sistema está diseñado para guiar paso a paso al solicitante. Tras identificarse con Cl@ve, certificado digital o el código de referencia, se debe seleccionar la opción «Devolución mutualistas». Luego se introducen los datos tanto del causante como del heredero.

El sistema detecta automáticamente los ejercicios reclamables y propone su inclusión en el formulario. El siguiente paso es adjuntar la documentación requerida, que incluye el certificado de defunción, un documento que acredite la condición de heredero (testamento, libro de familia o declaración de herederos), y un justificante de la cuenta bancaria donde se realizará el ingreso.

Para quienes prefieran hacer el trámite de manera presencial, también existe la posibilidad de presentar el formulario en papel, siempre con cita previa en cualquier oficina de la Agencia Tributaria. En estos casos, el procedimiento es exactamente el mismo, sólo que se realiza con la ayuda de un funcionario y se entrega la documentación en formato físico.

Una duda frecuente es si todos los herederos deben realizar la solicitud o basta con uno. La respuesta es que una sola persona puede encargarse de la gestión, siempre que cuente con un escrito de conformidad firmado por el resto de beneficiarios. Esto simplifica el proceso en casos con varios herederos y evita multiplicar trámites innecesarios. En cualquier caso, si alguno de los herederos está inscrito en el Régimen de Sucesores, puede actuar como representante legal y realizar todos los pasos en nombre del resto.

En cuanto al cobro de las cantidades, Hacienda no sólo devolverá el importe correspondiente al IRPF mal retenido, sino también los intereses de demora. Para el ejercicio 2025, el interés establecido es del 4,0625 %. Este porcentaje se aplica desde la fecha en que se presentó la declaración original hasta el momento en que se efectúa la devolución.

El plazo estimado para recibir el dinero dependerá del año fiscal reclamado. Según la Agencia Tributaria, los pagos por ejercicios de 2019 a 2021 podrían demorarse entre 9 y 12 meses; los de 2022 y 2023, entre 6 y 9 meses; y los correspondientes a 2024, entre 4 y 6 meses. No obstante, si la documentación está correcta y no hay incidencias, los ingresos podrían realizarse en un plazo inferior.

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